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Fuero Penal

Traslado de la Oficina de Medios Alternativos al primer piso del Edificio Central de Tribunales

Resol. Trib. Sup. Nº300/18.-

“OFICINA MEDIDAS ALTERNATIVAS – O.M.A. CALLE ITALIA 145 – PARANA – S ALQUILER (VENCIMIENTO 28-2-2016) S/ ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 28/2/2016)”. Nº 39150.-

//-RANA, 12 de diciembre de 2018.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Lo dispuesto por resolución del Tribunal de Superintendencia Nº169/18, del 27.08.18 (ff. 41/42) mediante la cual se autorizó a la Oficina de Compras y Asesoramientos del STJ a contratar por el procedimiento de Solicitud de Cotización, conforme lo dispuesto en el Reglamento de Contrataciones del Estado, Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto Nº4290/13 M.E.H.F. y complementarios, la locación de un inmueble para alojar a la Oficina de Medidas Alternativas (OMA) de esta ciudad, que reúna las características de localización e infraestructura señaladas por el área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial.-
Que a f. 153 la oficina de Compras y Asesoramientos del STJ remitió el informe de Adjudicación Nº 293/18 conteniendo cinco (5) propuestas de adjudicaciones; de las cuales surge que la única válida que se ajustaría a las características referenciales requeridas para el uso previsto corresponde a la ofrecida por el Sr. Francisco Pedro Salamone, ubicada en calle Calle Catamarca Nº 190 de esta ciudad. Que su precio se adecua a los valores corrientes de plaza (Art. 57º del Dec. 795/96 MEOSP) y por lo tanto descarta a las demás propiedades por no cumplir entre otras cuestiones con los requisitos de superficie de trescientos metros cuadrados (300 m2), mínimo de ambientes necesarios, disposición de oficinas de forma funcional para el uso previsto, no poseer ventilación natural en sus ambientes; según lo detallado en cada caso por el área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial en su informe de ff. 147/150.-
Que la Contaduría del Poder Judicial manifestó sobre la oferta que el valor locativo total por los tres (3) años asciende a la suma de pesos tres millones doscientos cincuenta y cinco mil ochocientos cuarenta ($3.255.840,00.-) y la Comisión de Locaciones dictaminó favorablemente sobre el inmueble sito en calle Catamarca Nº 190.-
Que sin perjuicio de todo lo actuado a la fecha, el área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial elevó una propuesta para trasladar a la OMA al edificio central de Tribunales expresando que podría efectivizarse a la brevedad. Manifiesta que se analizaron diferentes posibilidades de distribución de los organismos teniendo en cuenta las relaciones existentes y funcionales entre las dependencias de un mismo fuero. En tan sentido estima que resultaría conveniente que la OMA se instale en el primer piso, frente a calle Laprida y a las oficinas de Mediación Penal atento que con esta distribución se concentraría en ese sector el fuero penal, desde allí al lateral de calle Córdoba; quedando un sector del fuero civil hacia el lateral de calle Santa Fe.-
Que analizada la nueva alternativa de distribución resulta a todas luces favorable por cuanto reduciría el impacto presupuestario y agruparía a todos los organismos de un mismo fuero en un sector del edificio, ordenando ediliciamente la actual dispersión existente; por lo que debería dejarse sin efecto el procedimiento de Solicitud de Cotización dispuesto por resolución del Tribunal de Superintendencia Nº169/18, del 27.08.18.-
Que por ello, y de acuerdo lo establecido en el Decreto Nº 795/96 MEOSP, Reglamento de Contrataciones del Estado (Artículo 64º), conforme con el cual es facultad de la Administración aceptar la oferta que a su juicio resulte más conveniente a los intereses del Estado o rechazarlas a todas, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamo o indemnización alguna.;

SE RESUELVE:
1º) Dejar sin efecto el procedimiento de Solicitud de Cotización dispuesto por resolución del Tribunal de Superintendencia Nº 169/18, del 27.08.18.-
2º) Disponer el traslado de la Oficina de Medidas Alternativas (OMA) al primer piso del edificio central, frente a calle Laprida y a las oficinas/
“OFICINA MEDIDAS ALTERNATIVAS – O.M.A. CALLE ITALIA 145 – PARANA – S ALQUILER (VENCIMIENTO 28-2-2016) S/ ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 28/2/2016)”. Nº 39150.-

Resol. Trib. Sup. Nº300/18.-

//de Mediación Penal.-
3º) Hacer saber a la parte locadora del inmueble en donde se aloja actualmente el organismo de referencia, que este Superior Tribunal de Justicia no tiene intención de renovar el vínculo contractual.-
4º) Iniciar las actuaciones administrativas que correspondan para llevar a cabo el traslado dispuesto en el apartado 2º).-
5º) Notificar a las áreas que correspondan y registrar.-FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – MIGUEL A. GIORGIO – GERMAN R. F. CARLOMAGNO. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-

ES COPIA

DR. ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.