Gestión Administrativa

La Ley Orgánica en su art. 37 establece las atribuciones y deberes del Superior Tribunal de Justicia. De la enumeración del mismo surgen los distintos trámites que deben llevarse adelante, dividiéndose entonces por Área en virtud de la temática correspondiente.

Existen además de la Ley Orgánica Reglamentaciones específicas aplicables a las actividades del Area, parar ello se deben tener presente:


• Leyes Nacionales y Provinciales.

• Decretos Provinciales.

• Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia.

• Resoluciones del Tribunal de Superintendencia.

• Resoluciones de Presidencia.

• Resoluciones de Secretaría.

• Reglamentaciones dictadas por el Superior Tribunal de Justicia en materia de Superintendencia y de conformidad a lo normado en la LO.P.J. y leyes particulares.

Funciones

Administración de inicios y gestión de actuaciones del STJER, en su calidad de Superintendente.

 

• Tramitar las actuaciones vinculadas al contralor de la conducta de los miembros del Poder Judicial (denuncias contra magistrados y/o funcionarios).

 

• Tramitar las visitas de inspección a los organismos jurisdiccionales y oficinas bajo su dependencia. Incluidas las visitas de las Salas del STJER a los organismos jurisdiccionales de su competencia.

 

• Tramitar la disposición de inhábiles y asuetos judiciales, fijar el horario de oficina del Poder Judicial y suspender los plazos procesales cuando circunstancias especiales lo requieran. Tal es el caso de la declaración de los inhábiles por cambio de sistema Lex, por mudanza del organismo, o por adhesión a un Decreto dictado por el Poder Ejecutivo.

 

• Tramitar la designación por sorteo a los abogados que suplirán a los miembros de los Tribunales, Jueces y Ministerios Públicos.

 

• Tramitar la designación por sorteo anualmente a los miembros del Tribunal y abogados que formarán parte del jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y el Vocal del Superior Tribunal y el Juez de la Capital que integrarán el Tribunal Electoral.

 

• Tramitar el nombramiento y, previo sumario, la remoción de los funcionarios del Poder Judicial, cuya designación o separación no atribuya la Constitución a otro Poder u organismo del Estado.

 

• Tramitar las cuestiones de competencia que se susciten entre sus Salas, Cámaras y Jueces de distintos fueros, o que no tuvieren un superior común.

 

• Autorizar las propuestas de magistrados sobre los turnos judiciales y distribución de causas en Cámaras y Juzgados.

 

• Tramitar proyectos vinculados a reglamentación dictadas por el STJER, desde su inicio hasta su comunicación final.

 

• Efectuar la convocatoria de los profesionales auxiliares de justicia.

 

• Llevar a los fines de la adopción de medidas disciplinarias un registro de las declaraciones de inhabilidad, autos de procesamiento de prisión preventiva, condenas, suspensiones, apercibimientos y multas decretadas por los tribunales contra los profesionales auxiliares de la Administración de Justicia.

 

• Practicar la lista para la designación de oficio en la primera quincena de diciembre, de los profesionales auxiliares de la Administración de Justicia.

 

• Tramitar la actuaciones vinculadas a la modificación o ampliación de la competencia (material y territorial) con carácter general de Tribunales de Juicio y Apelaciones, Cámaras de Apelaciones y/o Jueces de Primera Instancia de Garantías, en lo Civil y Comercial, Laboral y de Familia.

 

• Tramitar el juramento de ley de los abogados que se inscriban en la matrícula.

Otras funciones

Se describirán las principales, las que involucran a los organismos de todos los fueros.

 

• Trámite de estudios de ADN.


• Juramento de Abogados.


• Designación de Conjueces., Art. 37º, inciso 8º de la Ley Orgánica del Poder Judicial –N° 6.902-, ratificada por ley 7.504.


• Sorteo de Escribanos. Ley Provincial N° 6200, Sección Primaria, Título II, art.9°).


• Peritos Contadores. Ley Provincial N° 7896/87, art. 66.


• Sanciones de abogados:
a) Provenientes de la Sala N° 3 del Trabajo del STJ.- art. 43, inc.5 LOPJ
b) Provenientes de organismos judiciales de la Provincia – art. 13 LOPJ.

 

• Tramite de Exhortos Internacionales. Ley N° 24578.


• Convenciones Internacionales. Protocolo de Cooperación y Asistencia Jurídica en materia Civil y Comercial, Laboral y Administrativa en el ámbito del Mercosur.


• Tramite de alquileres de inmuebles para alojar organismos judiciales de toda la Provincia. Ley de locaciones urbanas. Reglamentación de Contrataciones del Estado. Ley Celebración de Convenios del STJ con entidades Gubernamentales y no Gubernametales.


• Autorizaciones y designación de representantes del STJ para cursos, talleres, jornadas, seminarios, etc.


• Reactivación de Cuentas Judiciales. Acuerdo General N°16/12 del 29-05-12, Pto. 8°d), reglamentado por Resoluciones del S.T.J.


• Reintegros en concepto de Tasa de Justicia.–Código Fiscal de la Pcia. de Entre Ríos –Ley 1056 y Acuerdos del STJ que reglamentan y determinan los procedimientos a seguir.


• Gestiones ante el Poder Ejecutivo Provincial, referidos a presupuesto, refuerzo y/o reasignación de partidas presupuestarias.


• Viáticos de Magistrados, Funcionarios y Empleados de toda la Provincia.


• Comisiones de Servicios. Reglamentación dispuesta en Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia.


• Honorarios regulados a Magistrados Ad Hoc.


• Autorización destrucción de material. Acuerdo Especial del 19-09–90 y Acuerdo General N° 3/92 del 24-02-92, Punto

Autoridades

Dirección:
Dra. Daniela F. Vaccalluzzo

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