Mesa

Información
permanente

0800 4446372

Atención 24hs.

Guía

Judicial

Teléfonos

de consultas

Sentencias

y Expedientes

Juicio

por jurados

OGA

Fuero Penal

Subrogación del Juez de Garantías de Federal

Resol. Trib. Nº 180/18
ACTU-STJ:0000912/2018
“SALA Nº1 DE PROCEDIMIENTOS CONSTITUCIONALES Y PENAL DEL S.T.J. ELEVA INCIDENTE DE EXCUSACIONES EN LEGAJO “ALTAMIRANO, ABEL Y OTROS S/ROBO”

///-RANA, 28 de agosto de 2018
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones se inician por remisión de la Sala Nº1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del S.T.J., ante el planteo formulado por la Secretaria de la OGA de Federal, Dra. María Laura Gallegos, interesando se le indique cómo continuar con el trámite de las subrogaciones en el Legajo Fiscal Nº 6527/F caratulado “Altamirano, Abel y otros s/ Robo”, debido al agotamiento de las posibilidades de subrogación del Juez de Garantías de Federal previstas en las reglamentaciones vigentes.
Que la mencionada Sala Penal integrada por los señores Vocales Dres. Daniel O. Carubia, Claudia M. Mizawak y Miguel A. Giorgio, en fecha 6 de junio de 2018 resuelve elevar al S.T.J. para que en ejercicio de su potestad constitucional de Superintendencia General de la Administración de Justicia resuelva dicho planteo, sin perjuicio de haber tomado la decisión de sugerir -a fin de asegurar el servicio de Justicia la salvaguarda del derecho de defensa- la asignación de la subrogación en el caso al Juez de Garantías de la jurisdicción más cercana -San José de Feliciano- quien deberá resolver las excusaciones formuladas y de ser admitidas continuar ejerciendo el control de Garantías en la investigación fiscal en trámite en el Legajo Fiscal caratulado: “Altamirano, Abel y otro s/ Robo Nº 65627F”.
Que en las presentes se dio intervención al Ministerio Público Fiscal y el señor Procurador General Dr. Jorge Amilcar Luciano García, previo a dictaminar, interesa se requieran las actuaciones de referencia, lo que así se resuelve y se cumple con el agregado de las copias (fs.9/52), por lo que vuelven a dictamen del Ministerio Público Fiscal.-
Que de las copias agregadas surge que el señor Juez de Transición y Garantías -interino- Dr. Luis María Quiroz se excusa de seguir interviniendo en la causa conforme lo dispuesto en el art.38, segundo párrafo inciso a) y art. 481, segundo párrafo del C.P.P. y remite al señor Juez de Garantías subrogante; el señor Juez Civil, Comercial y Laboral, Dr. Omar Javier Ovando no acepta intervenir en el proceso y las devuelve al Juzgado de Garantías interino de la jurisdicción, Dr. Luis María Quiroz quien las remite a la señora Jueza del Juzgado de Familia y Penal de N.N. y A. de Federal, y ésta se excusa de intervenir en las actuaciones y también las devuelve al Juzgado de Garantías, que las eleva al Excmo. Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia.-
Que dicho Tribunal remite las actuaciones al Juzgado de Garantías de Federal a efectos que continúe el trámite según su estado.- El señor Juez de Garantías Dr. Luis María Quiroz resuelve designar de la Lista de Conjueces al Dr. Exequiel Marcos Sanchez, que al ser notificado de la designación solicita ser excluido de la lista de designaciones de oficio, alegando verse impedido de cumplir tal función. Son designados luego de la misma Lista los Dres. Daniel Mariano, Néstor Andrés Calleja, Manuel Norberto Duarte, Fernando Daniel Calleja y Eduardo Miguel Santiago Ganis quienes también se excusan.
Las actuaciones no pudieron ser remitidas a los señores Defensores Oficiales de la localidad de Federal por ser quienes asisten a dos de los tres imputados.
Que en las presentes dictamina el señor Procurador General (fs.55/56) en el sentido de la existencia de una “grave situación institucional derivada de notorios yerros procesales cometidos por los señores Magistrados de la ciudad de Federal…” y estima que debe ser dirimida como lo postula la Sala Penal del S.T.J. (fs.3).
Que habiéndose agotado las posibilidades de subrogación conforme la reglamentación vigente, teniendo en consideración la sugerencia unánime de los señores Vocales de la Sala Nº1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del S.T.J. y lo dictaminado en concordancia por el señor Procurador General de la Provincia,
SE RESUELVE:
1)-Disponer la subrogación (excepcional) del señor Juez de Garantías de Federal en los autos caratulados: “ALTAMIRANO, ABEL Y OTROS S/ROBO” con el señor Juez de Garantías de Feliciano, en los términos del art. 42 y sigtes. del C.P.P.
2)-Notificar a la Sala Nº1 de Procedimientos Constitucionales y Penal, al señor Procurador General de la Provincia y al señor Defensor General de la Provincia.
3)-Notificar a los señores Jueces a cargo de los Juzgados de Garantías de Federal y de Garantías y Transición de Feliciano, Defensores particulares y Defensora Oficial de las partes a través del señor Magistrado a cargo de la Superintendencia en la jurisdicción Federal.
4)-Registrar. FDO. DRES.CASTRILLON – PRESIDENTE – GIORGIO –PAÑEDA- MEDINA. Ante mí: SALOMON- SECRETARIA