Mesa

Información
permanente

0800 4446372

Atención 24hs.

Guía

Judicial

Teléfonos

de consultas

Sentencias

y Expedientes

Juicio

por jurados

OGA

Fuero Penal

SECCION EFECTOS SECUESTRADOS S DESTRUCCION DE ARMAS.

RESOL.TRIB.SUP.nº 177 /20.-
“SECCION EFECTOS SECUESTRADOS S DESTRUCCION DE ARMAS S/ SOLICITA (OFICIO DEL 05.07.17)”.-nº 42725 (SSE-525/19)

///RANA, 4 de diciembre de 2020.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
Las presentaciones de fs. 572 y 573/582 por el Lic. Hector Peralta, Jefe de la Sección Efectos Secuestrados del S.T.J., de conformidad a lo dispuesto en Acuerdo General Nº 21/17 del 08.08.2017, y el Protocolo que fuera aprobado por la ANMAC y el Excmo. Superior Tribunal de Justicia en el año 2018, elevando una “propuesta alternativa” para llevar a cabo la destrucción del material controlado por parte del organismo nacional.-
Manifiesta que, debido a la situación de emergencia, en el marco de la pandemia en que nos encontramos, y que la ANMAC se halla con imposibilidades operativas de concurrir a este Poder Judicial, como lo ha hecho otros años, ha podido informarse que otros Poderes Judiciales han trasladado material controlado para su destrucción hacia la BANMAC ( Banco nacional de Material Controlado) en la Provincia de Buenos Aires, razón por la cual se ha contactado con el Coordinador del área especifica, Sr. José Surra, quien realizaría gestiones con sus superiores y así poder designar una fecha para su recepción y posterior destrucción, habiéndose asimismo acordado modalidad de entrega-recepción una vez que personal del Organismo hecha la carga del material controlado.-
A fs. 582, informa sobre los trabajos realizados con el Coordinador de BANMAC, Sr. José Surra, habiéndose enviado listado del material controlado, en programa excel, el que se encuentra listo para destrucción , correctamente etiquetado, identificado y guardado en bolsas de seguridad numeradas, a la fecha, doscientas diez (210) armas largas y trescientas sesenta y siete (367) armas cortas, resguardadas en veintiuna (21) Bolsas. Continua el informe describiendo los pasos a seguir conforme lo indicado por el Director de Fiscalización, Dr. Rodrigo Suarez.-
Por último destaca que el Coordinador de BANMAC, ha reconocido el trabajo realizado hasta el momento, y debido a las gestiones que se están llevando a cabo ante dicha Agencia nacional, el Poder Judicial de Entre Ríos va a ser el primer órgano judicial que remitirá para destrucción material controlado en pandemia.-
Respecto al operativo de seguridad y custodia, bajo directivas expresas de la Secretaría de Superintendencia Nº1, se ha comenzado la coordinación con la Policía de Entre Ríos y Gendarmería, a fin de que, con la intervención de esta dos fuerzas de seguridad se pueda realizar el traslado del material hacia la ciudad de Buenos Aires, disminuyéndose el riesgo y fortaleciéndose la custodia.-
Por último, respecto al traslado del material controlado, y en consulta con el señor Coordinador de Vehículos y Choferes del S.T.J., Sr. Marcelo Borrás, ha manifestado que queda a disposición para llevar a cabo el mismo, en base a la seguridad que ello implica, designando vehículo y chofer con las características que se requieren.-
Por lo expuesto precedentemente;
SE RESUELVE:
1) AUTORIZAR el traslado del material controlado, hasta la actualidad existentes en las Sección Efectos Secuestrados del S.T.J., que hasta la fecha son doscientas diez (210) armas largas y trescientas sesenta y siete (367) armas cortas, resguardadas en veintiuna (21) Bolsas, que se encuentran en la Sección de Efectos Secuestrados del Poder Judicial de Entre Ríos, hacia la BANMAC (Banco Nacional de Materiales Controlados, calle Gral. N Manuel Savio 1700, B1650 Villa Maipú, Provincia de Buenos Aires), para su destrucción.-

2) ENCOMEDAR al señor Jefe de la Sección Efectos Secuestrados, a que lleve adelante las gestiones tendientes a la concreción de lo dispuesto en el apartado 1), debiendo mantener informado a este Alto Tribunal de todo cuanto crea corresponda.-

3) LIBRAR OFICIO, al Director Ejecutivo de la ANMAC, Dr. RAMIRO URRISTI, solicitando un turno para la recepción del material controlado en la Sede de BANMAC (Banco nacional de Materiales Controlados), sito en calle Gral. N. Manuel Savio 1700, B1650 Villa Maipú, Provincia de Buenos Aires.-

4) LIBRA OFICIO al señor Jefe de la Policía de Entre Ríos, como así también a la Gendarmería Nacional, a fin de que, con la intervención de esta dos fuerzas de seguridad se pueda realizar el traslado del material hacia la ciudad de Buenos Aires, disminuyéndose el riesgo y fortaleciéndose la custodia.-

5) Dar intervención al señor Coordinador de Vehículos y Choferes del S.T.J., para que tome los recaudos pertinentes a fin de proceder al traslado del material controlado, que se encuentran en la Sección de Efectos Secuestrados del Poder Judicial de Entre Ríos, hacia la BANMAC (Banco Nacional de Materiales Controlados, calle Gral. N Manuel Savio 1700, B1650 Villa Maipú, Provincia de Buenos Aires).-

6) Registrar. Notificar.-
al.-
FDO: DRES. MARTIN F. CARBONELL – MIGUEL ANGEL GIORGIO – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – EMILIO A.E. CASTRILLON. ANTE MI: ELENA SALOMON.-