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Resol. Trib. Sup. Nº55/19.- “CAJA FORENSE DE ENTRE RIOS S/ ADECUACION CANON LOCATIVO A PARTIR 01-01-19.- DE INMUEBLE EDIFICIO SOLAR DE LA PLAZA. (5 COCHERAS) Nº 43677

///-RANA, 10 de abril de 2019.-
VISTOS Y CONSIDERANDO:
La solicitud efectuada por la Gerente General de la Caja Forense de Entre Ríos, Cra. Natalia Icasatti -ff. 1/2-, interesando la readecuación del canon locativo que se abona por el alquiler de cinco (5) cocheras ubicadas en calle La Paz Nº 5 de esta Capital, cuyo vencimiento operó el 31.12.18, manifestando además que interesa se le informe si se continuará con la locación de los mencionados inmuebles.-
Expresa también que no tiene inconvenientes en prorrogar el contrato por treinta y seis (36 ) meses, estableciendo como valor del alquiler para el primer año de locación, el importe mensual de Pesos Diez Mil ($ 10.000), actualizable conforme lo estipulado en la cláusula 4º) del Convenio Específico celebrado con la Entidad.-
Que, conforme la cláusula mencionada se establece que el canon locativo se adecuará anualmente conforme al porcentual que surja del promedio entre el setenta y cinco (75) porciento de la Tasa Activa del Banco Nación Argentina (Tasa Judicial) y la Tasa BADLAR (Tasa Encuesta publicada por el Banco Central) más un cuarenta por ciento 40%).-
Que, a los fines de ilustrar en las presentes se agregó informe del Coordinador de Vehículos y Choferes, Sr. Marcelo Borrás en el sentido que la totalidad de las cocheras son ocupadas con vehículos del S.T.J. atento a no contar con otro espacio físico para ubicar la flota de coches que se encontraban estacionados en calles Santa Fe Nº 244 – Edificio en demolición por disposición del Alto Tribunal-.
Que, atento a averiguaciones efectuadas desde el Area de Asuntos Administrativos el monto del alquiler de una cochera en zona céntrica asciende a la suma mensual de PESOS CUATRO MIL ($4000).-
Que, a f.10/11 obra informe de la Contaduría General del Poder Judicial, manifestando que se encuentra vencido el contrato original por el alquiler de las cinco (5) cocheras y que debería procederse a una nueva contratación por el procedimiento de Solicitud de Cotización, sin embargo de optarse por la renovación o continuidad del alquiler, la contratación debería ser encuadrada en el Art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº 795/96.-
Que, por disposición de Presidencia -f.14- se requirió a Caja Forense una revisión en la forma de actualización del canon locativo prevista en el Convenio Marco suscripto oportunamente, en el entendimiento que su aplicación en la actualidad, genera una desproporción evidente de las obligaciones contractuales, respondiendo la mencionada Institución que el monto propuesto guarda relación con los valores de ajustes que maneja en la actualidad el mercado inmobiliario en oportunidad de renovarse un contrato de alquiler. Ante lo cual, solicita nuevamente se le comunique si es interés del Alto Tribunal renovar o no el contrato, reiterándose el nuevo monto mensual de Pesos Diez Mil ($10.000), a partir del 01.01.2019.-
Que la Comisión de Locaciones a f.18 y vta. opinó que siendo la actualización del canon acorde a lo oportunamente convenido con la locadora, corresponde aceptarla, además de que la misma no resulta desproporcionada con los valores de mercado, ello sin perjuicio de las gestiones para su revisión al momento de la renovación del Convenio Marco.
Que evaluados todos los antecedentes colectados y los informes y dictamen de la Comisión de Locaciones
SE RESUELVE:
1º) Continuar con la locación de cinco (5) cocheras ubicadas en calle La Paz Nº 5 de esta Capital, de propiedad de la Caja Forense de Entre Ríos, por treinta y seis (36 ) meses a partir del 01.01.2019, abonándose la suma mensual de Pesos Diez Mil ($10.000) para el primer año, correspondiendo en los años posteriores procederse de conformidad a lo dispuesto por la Cláusula Cuarta del Convenio Marco oportunamente suscripto -cfr.f.12 y vta.-
2º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a que se abone mensualmente a la referida entidad, a partir del 1 de enero de 2019, la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.0000), actualizando los años posteriores conforme lo dispuesto en la Cláusula Cuarta del Convenio Marco.-
3º) Otorgar nueva intervención a la Contaduría General del Poder Judicial a fin de que, conforme a lo sugerido por la Comisión de Locaciones, evalúe y proponga en su caso una nueva fórmula de actualización para la celebración de contratos con la Caja Forense de Entre Ríos.-
4º) Tomar razón en las actuaciones principales Nº 24844, agregándose copia del presente Resolutivo.-
5º) Notificar, registrar y pasar las actuaciones a la Tesorería del Poder Judicial, a sus efectos.- FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – MARTIN F. CARBONELL – SUSANA MEDINA. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-