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Resol. Trib. Sup. Nº 20/19 “ORGANISMOS GUBERNAMENTALES S/ GENERACIÓN USUARIO CON DOMICILIO ELECTRÓNICO (S.N.E.)”.-Nº 43234 – SSE 637/18.-

//-RANA, 27 de febrero de 2019.-
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que la señora directora general del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Dra. Victoria I. Aizicovich solicita el otorgamiento de una clave institucional de acceso al nuevo sistema online de expedientes para el RECyCP y autoriza a que la misma sea suministrada a la Dra. Mariel Natalí Riera, Mat. 8717, Fº237, Tº1.-
Que por resoluciones del Tribunal de Superintendencia Nº 266/18 del 12.11.18 y Nº312/18 del 18.12.18, se autorizó el otorgamiento de una clave institucional de acceso al nuevo sistema online a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos, al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos, a la Caja de Jubilaciones de la Provincia de Entre Ríos y al IAPVER.-
Que en tal sentido se dispuso que todos los organismos judiciales al momento de generar los respectivos procesos deberán asociar a los mismos, además del profesional que promueva la demanda, a los Entes que correspondan conforme la clave institucional autorizada; se hizo saber a los Entes mencionados, que el otorgamiento de la clave institucional requiere, en forma previa, la declaración de una casilla de correo electrónico a los fines de las notificaciones correspondientes, debiendo comunicar asimismo los datos personales de la/las personas que serán responsables de uso de la clave y se recordó a los peticionantes que se encuentra vigente, con plenos efectos procesales, el Reglamento de Notificación Electrónica aprobado por Acuerdo General Nº 15/18 del 29.05.18, Punto 3º) y que el otorgamiento del “usuario institucional” interesado en nada afecta sus disposiciones y eficacia.-
Que el área de Informática del STJ manifestó que además de lo dispuesto precedentemente, como última etapa el responsable designado debe registrase en la Oficina de Registro de Notificaciones Electrónicas sita en el edificio de Tribunales de calle Laprida Nº251 de esta ciudad.-
Que en la misma línea de lo dispuesto oportunamente y teniendo en cuenta que las medidas interesadas redundarán en un mejoramiento en el servicio de justicia, de conformidad a los motivos expresados, debería hacerse lugar a lo requerido.-
Que por ello;
SE RESUELVE:
1º) Autorizar el otorgamiento de una clave institucional de acceso al nuevo sistema online al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.-
2º) Disponer que todos los organismos judiciales al momento de generar los respectivos procesos deberán asociar a los mismos, además del profesional que promueva la demanda, al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, conforme la clave institucional autorizada.-
3º) Hacer saber al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, que el otorgamiento de la clave institucional requiere, en forma previa, la declaración de una casilla de correo electrónico a los fines de las notificaciones correspondientes, debiendo comunicar asimismo los datos personales de la/las personas que serán responsables de uso de la clave y finalmente su registración en la Oficina de Registro de Notificaciones Electrónicas sita en el edificio de Tribunales de calle Laprida Nº251 de esta ciudad.-
4º) Recordar al peticionante que se encuentra vigente, con plenos efectos procesales, el Reglamento de Notificación Electrónica aprobado por Acuerdo General Nº 15/18 del 29.05.18, punto 3º) y que el otorgamiento del “usuario institucional” interesado en nada afecta sus disposiciones y eficacia.-
5º) Notificar, registrar y cumplimentar.- FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – MARTIN F. CARBONELL – SUSANA MEDINA. ANTE MI: ELENA SALOMON.-