Paraná, 30 de julio de 2019.-
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que las presentes son iniciadas a raíz del Oficio Nº 12/19 elevado por el Secretario de Jurisprudencia, Legislación, Biblioteca y Archivo del S.T.J., Dr. Eduardo A. Rodriguez Vagaría, por medio del cual solicita la autorización para gestionar y administrar una red social vinculada a la Dirección de Biblioteca, a cargo del Dr. José María Bongiovanni.-
Destaca la importancia adquirida por las redes sociales (tales como Facebook, Instagram, etc.) en materia de difusión masiva e instantánea de información, lo cual permite la promoción y difusión social en pos de maximizar la exposición y publicación del material bibliográfico disponible, haciendo conocer de una manera inmediata las actividades realizadas. En ese orden de ideas, señala que Bibliotecas de renombre como la Biblioteca Nacional de la República Argentina “Mariano Moreno”, Bibliotecas Populares de distintas localidades, Bibliotecas temáticas, etc. cuentan con usuarios en redes sociales.-
Cabe destacar que ya existe otra dependencia, como es el Centro Judicial de Género del S.T.J., que cuenta con acceso a las redes sociales por autorización de este Alto Cuerpo -Res. Trib. Sup. Nº 462/16- habiéndose remarcado en esa oportunidad la utilidad que esa vía representa en materia de comunicación.-
Que pasado en consulta a la Oficina de Informática del S.T.J., el Ing. Omar Pagliotto, informó que desde el punto de vista técnico es posible la configuración correspondiente para el acceso a estos sitios identificados como redes sociales. En igual sentido, enfatiza el deber de llevar adelante un uso racional de las mencionadas herramientas a los fines de no impactar negativamente en cuanto al consumo de ancho de banda general y minimizar los eventuales problemas relacionados con virus y demás programas maliciosos; asimismo indica que se debería asignar un acceso Web Completo a los agentes encargados de la tarea de administrar una cuenta de Facebook/Twitter/Instagram, finalmente propone pautas tendientes a reforzar la seguridad al momento de utilizar los instrumentos virtuales.-
Que el Dr. Eduardo Rodriguez Vagaria señaló -mediante Oficio Nº 19- a Instragram y Twitter como las redes sociales apuntadas para ser administradas y gestionadas y encomendó para tal labor al Dr. José María Bongiovanni.-
Que por los motivos expuestos;
SE RESUELVE:
1º) Autorizar a la Dirección de Biblioteca del S.T.J.E.R., a cargo del Dr. José María Bongiovanni, a crear una “Cuenta” propia en las redes sociales “Instagram” y “Twitter”, cuya administración estará a su cargo, asignándole acceso Web Completo para tales fines.-
2º) Establecer que la misma deberá ajustarse a las pautas generales de implementación -cfr. fs. 4-, siempre que las mismas no modifiquen el objeto de su uso.-
3º) Notificar y registrar.- FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – MARTIN F. CARBONELL – SUSANA MEDINA. ANTE MI: ELENA SALOMON.-