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PROTOCOLO TÉCNICO DE REMISIÓN DE DATOS AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN

 

Resolución Trib. Sup. Nº 448

“CONVENIO SISTEMA INTERJURISDICCIONAL DE DATOS ABIERTOS JUDICIALES. ENTRE S.T.J Y MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACION (AC. GRAL. Nº 27/16 PUNTO 1º)”.-41560

///-RANA,27 de diciembre de 2017.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones tuvieron tratamiento en el Acuerdo General Nº 11/17 del 04.05.17, Punto 1º) relacionadas con las observaciones vinculadas al Protocolo Técnico de remisión de datos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación en el marco del “Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica Interjurisdiccional de Datos Judiciales Abiertos”, habiendo definido el Alto Tribunal el envío de información a dicho Ministerio de conformidad a pautas en relación a Tabla 1: “datos estructurales”; Tabla 2 “datos jurisdiccionales” y respecto a la Tabla 3 “datos primarios”, no se remitió información atento a que el este Poder Judicial no contaba con las herramientas informáticas necesarias para llevar a cabo la tarea, ante lo cual se otorgó intervención a las áreas de incumbencia a fin de la evaluación de sistemas alternativo al Lex Doctor Concentrador que se encuentren disponibles y con su uso instalado.
Que en fecha 19 de octubre del año en curso se hizo conocer al Ministro de Justicia de la Nación lo dispuesto por el Alto Tribunal en el Acuerdo mencionado a fin de poder avanzar en el cumplimiento de los Protocolos Técnicos establecidos y se le hizo saber además lo resuelto por en relación al Plan de Modernización Estadística que se lleva adelante para cumplimentar los requerimientos fijados en el Convenio.
A tenor de todo ello y a los fines de continuar avanzando sobre el ítem indicado como “datos primarios”, el Lic Sebastián Castillo, a cargo del Area de Planificación, Gestión y Estadística presentó un informe que da cuenta que se avanzó en la transferencia de muestras de causas iniciadas bajo el Nuevo Sistema Estadístico del STJER, a fin de poder evidenciar la conformidad metodológica de la información disponible y al mismo tiempo dar cuenta de la necesidad de mejorar las condiciones tecnológicas de acceso a bases de datos conforme lo planteado en los Acuerdos Generales Nºs 11/17, Punto 1º) y 23/17, Punto 1º).-
Finalmente se pone en conocimiento que se recibió -vía correo electrónico- el “PROTOCOLO TECNICO DE DATOS Y DE PROCESOS Versión II” que actualiza la versión anterior conforme modificaciones propiciadas por el Grupo de Estadísticos de JUFEJUS en particular en el punto “Cambios Relevantes a la Versión I del 7 de abril de 2017”, esa versión se encuentra en borrador y sujeta a estudio -agregado en copia precedentemente-.
Atento a todo lo descripto corresponde al Alto Tribunal fijar una postura al respecto.
Por ello este Tribunal de Superintendencia;
RESUELVE:
1º) Comunicar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, reiterándole que el Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos no cuenta en la actualidad con las herramientas necesarias para dar respuesta a la Tabla 3 “datos primarios”, encontrándose en la actualidad con la necesidad de adecuación de su infraestructura tecnológica para acceder a las bases de datos de Lex Doctor.
2º) Aprobar la operación de registro y remisión de información estructural vigente (recursos humanos, presupuesto y organización judicial) con los ajustes previstos en la nota elevada oportunamente en fecha 22.08.17 por parte de las Areas de Dirección de Gestión Humana, Contaduría, Informática, Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial, Asuntos Administrativos, CEMAR y OMA, y Colegio de Abogados de Entre Ríos, con la asistencia del Area de Planificación, Gestión y Estadística.-
3º) Pasar para tratamiento en un próximo Acuerdo General lo relativo al “PROTOCOLO TECNICO DE DATOS Y DE PROCESOS Versión II”, remitido en fecha 28.11.17.-
Registrar y notificar.-FDO: DRES. CLAUDIA M. MIZAWAK – DANIEL OMAR CARUBIA – EMILIO AROLDO EDUARDO CASTRILLÓN – BERNARDO I. R. SALDUNA. ANTE MI: ELENA SALOMON.-