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ORGANISMOS GUBERNAMENTALES S/ GENERACIÓN USUARIO CON DOMICILIO ELECTRÓNICO (S.N.E.).-

Resol. Trib. Sup. Nº 172/20

“ORGANISMOS GUBERNAMENTALES S/ GENERACIÓN USUARIO CON DOMICILIO ELECTRÓNICO (S.N.E.)”.-Nº 43234 – SSE 637/18.-

//-RANA, 30 de noviembre de 2020.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
La solicitud efectuada por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas del Gobierno de Entre Ríos, a cargo del Cr Hugo A. Ballay, en la que interesa el otorgamiento de una clave institucional de acceso a la Mesa Virtual, e informa la habilitación de una dirección de correo electrónico, en el marco de lo dispuesto por Acuerdo General Nº 15/18 SNE, a fin de recepcionar todo tipo de comunicaciones u órdenes judiciales dirigidas a dicho organismo y/o a cualquiera de sus dependencias.
Que similar solicitud es efectuada por el Comisario Mayor Juan Marcelo Claucich, Sub-Director de Asuntos Internos de la Policía de Entre Ríos, interesando el otorgamiento de una clave institucional de acceso a la Mesa Virtual a fin de llevar a cabo consultas y/o pedidos de informes relativos al estado procesal de los diferentes legajos judiciales.
Que mediante resoluciones del Tribunal de Superintendencia se autorizó el otorgamiento de una clave institucional de acceso al nuevo sistema online a diversos organismos judiciales y/o gubernamentales.
Que, en tal sentido, se dispuso que los organismos judiciales al momento de generar los respectivos procesos asocien a los mismos a dichos entes, si correspondiere, conforme la clave institucional autorizada. Asimismo se hizo saber a los entes mencionados que el otorgamiento de la clave institucional requiere, en forma previa, la declaración de una casilla de correo electrónico a los fines de las notificaciones correspondientes, debiendo comunicar asimismo los datos personales de la/las personas que serán responsables del uso de la clave y se recordó a los peticionantes que se encuentra vigente, con plenos efectos procesales, el Reglamento de Notificación Electrónica aprobado por Acuerdo General Nº 15/18 del 29.05.18, Punto 3º) y que el otorgamiento del “usuario institucional” interesado en nada afecta sus disposiciones y eficacia.
Pasadas las actuaciones al Área de Informática del STJ se informó que, desde lo técnico, es factible realizar lo solicitado y que se debe proceder tal como se ha efectuado con el resto de los organismos gubernamentales que han presentado la solicitud, y que de hacerse lugar al pedido deberá indicarse quién será la persona responsable para efectuar el registro en el SNE con esta modalidad e iniciar el proceso de registración.
Que en la misma línea de lo dispuesto oportunamente y teniendo en cuenta que las medidas interesadas redundarán en un mejoramiento en el servicio de justicia, de conformidad a los motivos expresados, corresponde hacer lugar a lo requerido.
Que por ello;
SE RESUELVE:
1º) Autorizar el otorgamiento de una clave institucional de acceso a la Mesa Virtual al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas del Gobierno de Entre Ríos, conforme lo interesado por dicho organismo.
2º) Hacer saber a los organismos del Poder Judicial de toda la Provincia el correo electrónico comunicado por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas del Gobierno de Entre Ríos como el único habilitado para recibir todo tipo de comunicaciones u órdenes judiciales, a saber: legal_mehf@entrerios.gov.ar.
3º) Autorizar el otorgamiento de una clave institucional de acceso a la Mesa Virtual a la Policía de Entre Rios – Dirección Asuntos Internos, conforme lo interesado por dicho organismo.
4º) Comunicar a todos los organismos judiciales a fin de que asocien en los respectivos procesos a los entes mencionados en los artículo 1º) y 3º, si correspondiere, conforme con la clave institucional autorizada.
5º) Hacer saber al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas del Gobierno de Entre Ríos y a la Policía de Entre Rios – Dirección Asuntos Internos, que el otorgamiento de la clave institucional requiere, en forma previa, la declaración de una casilla de correo electrónico a los fines de las notificaciones correspondientes, debiendo comunicar asimismo los datos personales de la/las personas que serán responsables del uso de la clave y finalmente su registración en la Oficina de Registro de Notificaciones Electrónicas, sita en el edificio de Tribunales de calle Laprida Nº 251 de esta ciudad.
6º) Recordar a los peticionantes que se encuentra vigente, con plenos efectos procesales, el Reglamento de Notificación Electrónica aprobado por Acuerdo General Nº 15/18 del 29.05.18, punto 3º) y que el otorgamiento del “usuario institucional” interesado en nada afecta sus disposiciones y eficacia.
7º) Registrar y notificar a los peticionantes, al Área de Informática del STJ, a la Oficina de Notificaciones Electrónicas al correo electrónico “online@jusentrerios.gov.ar”, a los integrantes de la Comisión de Seguimiento de Notificaciones Electrónicas y al Ministerio Público.-FDO: DRES. MARTIN F. CARBONELL – MIGUEL ANGEL GIORGIO – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – EMILIO A.E. CASTRILLON. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-