Mesa

Información
permanente

0800 4446372

Atención 24hs.

Guía

Judicial

Teléfonos

de consultas

Sentencias

y Expedientes

Juicio

por jurados

OGA

Fuero Penal

NUEVA SOLICITUD DE COTIZACIÓN -PARA ESPACIO FÍSICO DEL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 10 DE PARANÁ-

RESOL. TRIB. SUP. Nº 327 /17.-

“JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 10 -PARANA- OFICINA DE COMPRAS INFORMA NECESIDAD NUEVO ALQUILER S/ INFORME” – Nº42545.-

///RANA, 31 de Octubre de 2017.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
El estado de las preentes actuaciones, la Resolución del Tribunal de Superintendencia Nº197/17, (confr.fs.66), en la cual se autoriza a la Oficina de Compras y Asesoramiento del S.T.J., para que mediante el Procedimiento de Solicitud de Cotización proceda a la contratación de un espacio físico para el funcionamiento del Juzgado Civil y Comercial Nº10 de esta ciudad de Paraná.-
A fs. 67/221, la Oficina de Compras agrega las constancias del Procedimento de “Solicitud de Cotización Nº 259/17” llevado a cabo junto a las ofertas presentadas por “Celco S.A.”, “Noemí Alicia García”, “Horacio A. Sanchez”, “María Laura Berlari”, “Gastón Camet”, “Silvia M. Bartolini de Quinodoz” y “Metro Cuadrado B.Raíces”, e informa que las mismas deben ser rechazadas.-
Continúa con el análisis de las mismas, manifestando que, teniendo en cuenta el informe técnico elaborado por el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio del S.T.J. obrante a fs.212/214, lo expresado por el Area de Informática a fs.216 y por la señora Juez Civil y Comercai Nº10, Dra. Adriana Acevedo a fs. 219 y vto, las ofertas presentadas por “Celco S.A.”, “Noemí Alicia García”, “Horacio A. Sanchez”, “Gastón Camet”, “Silvia M. Bartolini de Quinodoz” y “Metro Cuadrado B.Raíces”, no reunen las características edilicias requerias, en tanto la oferta presentada por “María Laura Berlari”, si bien cumple con ellas, el inmueble propuesto se encuentra ubicado a una distancia considerable del Palacio de Justicia (12 cuadra), lo que dificultaría la operatoria normal del Juzgado a alojar.-
Que, no resultando funcionales las propiedades ofrecidas, corresponde encuadra el rechazo en lo establecido por el Art. 64º del Dec. Nº795/96 MEOSP…. “que el Poder Ejecutivo o el funcionario autorizado para adjudicar, podrá aceptar la oferta que a su juicio resulte mas conveniente a los intereses del Estado o a rechazarlas a todas, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamo o indemnización alguna”.-
Por ello, conforme las disposiciones legales vigentes, y las razones vertidas en los considerando precedentes;
SE RESUELVE:
1º) RECHAZAR, las ofertas presentadas en la Solicitud de Cotización Nº259/17, por “Celco S.A.”, “Noemí Alicia García”, “Horacio A. Sanchez”, “Gastón Camet”, “Silvia M. Bartolini de Quinodoz” y “Metro Cuadrado B.Raíces”, por no cumplir con las características edilicias requeridas y la presentada por María Laura Berlari”, si bien cumple con ellas, el inmueble propuesto se encuentra ubicado a una distancia considerable del Palacio de Justicia (12 cuadra) lo que dificulta la normal operatoria del Juzgado a alojar.-
2º) AUTORIZAR, a la Oficina de Compras y Asesoramiento del S.T.J.E.R., a realizar los trámites pertinentes para una nueva “Solicitud de Cotización”.-
3º) Registrar, notificar y pasar a la Oficina de Compras y Asesoramiento.-
FDO: DRES. CLAUDIA M. MIZAWAK – DANIEL OMAR CARUBIA.- EMILIO A. CASTRILLON -BERNARDO I. SALDUNA – ANTE MI: ESTEBAN SIMON .-