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NO HA LUGAR AL PEDIDO DE PRÓRROGA PARA LA CARGA DE ESTADÍSTICAS DE LA JURISDICCIÓN CONCORDIA

 

Resol. Trib. Sup. Nº427/17.-

“AREA DE ESTADISTICAS DEL STJ S/FUNCIONAMIENTO Y MODERNIZACION”.-

//-RANA, 22 de diciembre de 2017.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, el señor Director del Área de Planificación, Gestión y Estadística del Superior Tribunal de Justicia, Lic. Sebastián Castillo, eleva a este Superior Tribunal de Justicia, para conocimiento y consideración, la presentación efectuada por los Dres. Raul E. Tomaselli y Rodolfo Jauregui en el marco de la implementación del nuevo sistema estadístico provincial.-
Que, obra agregada, resolución de los señores Magistrados en la que disponen elevar al Área de Planificación, Gestión y Estadísticas del S.T.J.E.R., la solicitud de concesión de prórroga para la carga de las estadísticas y capacitación del personal.-
Que, además obra informe y pedido de prórroga suscripto por personal de la jurisdicción de Concordia en relación a la carga de las nuevas estadísticas, manifestando la imposibilidad de su cumplimiento en tiempo y forma en virtud de la cantidad de causas que tiene trámite a diario, además de las audiencias que se llevan a cabo en dicho marco. Manifiestan que no fueron instruidos al respecto y que de la lectura de la guía le resultan infinidades de inquietudes.-
Que, obra agregado como anexo intercambios de correos electrónicos efectuados entre el Lic. Sebastián Castillo y el Juzgado de Familia de Concordia, en la cual se le solicita información en relación a si el registro de estadística debe ser utilizado también para las causas penales de menores, constatando que dicha inquietud fue evacuada correctamente inclusive con cuadros ilustrativos al respecto.-
Que, por ello el Lic. Sebastián Castillo, elevó a la Sala en lo Civil y Comercial del S.T.J. la presentación recibida e informó al Presidente de la misma sobre las siguientes consideraciones generales a saber: que el nuevo sistema estadístico mide las dimensiones o atributos relevantes del servicio de justicia; que sólo incorpora tres operaciones nuevas a las preexistentes en Familia de las cuales solamente dos requieren un registro específico de Lex-Doctor ya que la restante se produce por listado automático sin carga adicional; que dichas tareas se apoyan íntegramente sobre el Lex-Doctor 9 y que; el nuevo sistema estadístico reedita muchas de las buenas prácticas estadísticas preexistentes y está explicado a través de guías en lenguaje no técnico; además de efectuar las siguientes consideraciones particulares relativas a que se formularon dos preguntas las cuales se contestaron de manera inmediata; que la carga de registración aludida por los presentantes se concentra fundamentalmente en el caso de las audiencias y duración de procesos, por lo que se podría exceputar a los organismos de la cargo del registro de duración de procesos para mantener el resto de los indicadores conforme a lo previsto dada la criticidad de los mismos y que la prórroga se remitió recién en fecha 07.11.17.-
Que, pasados a opinión del señor Presidente de la Sala Nº2 en lo Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Emilio A. E. Castrillon, se expidió en el sentido de que no correspondería hacer lugar a la prórroga peticionada.-
Que, por todo ello;
SE RESUELVE:
1º) No hacer lugar a la prórroga interesada por los señores Magistrados, Dres. Raul E. Tomaselli y Rodolfo Jauregui en el marco de la implementación del nuevo sistema estadístico provincial.
2º) Hacer saber, con copia de la presente, a los señores Jueces antes mencionados.-
3º) Notificar, registrar y registrar.- FDO: DRES. CLAUDIA M. MIZAWAK – DANIEL OMAR CARUBIA EMILIO A. CASTRILLON. ANTE MI: ELENA SALOMON.-