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JUZGADO DE TRANSICIÓN EN JUICIO- PARANÁ. REGULACIÓN DE HONORARIOS DEL DR. YAUCK

RESOLUCION TRIBUNAL DE SUP. N.º 121/18

JUZGADO TRANSICIÓN EN JUICIO -PARANA- S/ REGULACION DE HONORARIOS DR. WALTER GERMAN YAUCK -QUERELLANTE PARTICULAR AD HOC” -ACTU-STJ 2120/18.-

///-RANA, 3 de julio de 2018.-

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones que tienen su origen en la solicitud del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Sala Primera, OGA, de esta ciudad de Paraná, en relación al pago de honorarios regulados al Dr. Walter Germán Yauck, por su actuación como querellante particular ad-hoc en la causa “MAMANI, ARIEL GUSTAVO S/ PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD AGRAVADA POR COMETERSE CON VIOLENCIA FÍSICA, EN CONCURSO IDEAL CON LESIONES GRAVES Y PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO SIN AUTORIZACIÓN NI REGISTRO EN CONCURSO REAL CON AQUEL -DOS HECHOS”, según lo informado a fs.1 y copia de la resolución obrante a fs.3.-

La Contaduría del Poder Judicial informa a fojas 6, manifestando que lo interesado se enmarca dentro de las disposiciones del art.95 inciso octavo de la Ley 4843 y el art. 132 de la Ley 6902, Orgánica de Tribunales.-

Respecto a la disponibilidad de fondos para hacer frente al gasto, la Contaduría expresa que resulta presupuestariamente viable hacer frente al mismo, por lo que correspondería su aprobación y autorizar a la Tesorería para que proceda a la remisión de los fondos solicitados, recordando que en oportunidad de efectuarse el pago, deberá exigirse la factura con los requisitos fiscales vigentes y retener el 2% en concepto de Profesiones Liberales.-

Manifiesta por último el Señor Contador, que regulaciones de honorarios como la presente afectan considerablemente el crédito de la partida respectiva, disminuyendo la posibilidad de atender gastos indispensables para este Poder Judicial, por lo cual interesa se ponga en conocimiento del Juzgado.-

Por ello y de conformidad a los considerandos precedentes;

SE RESUELVE:

1º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a pagar, con cargo de oportuna rendición de cuentas y cuando las disponibilidades de caja lo permitan, la suma total de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 9.300), a fin de que se efectivicen los honorarios profesionales regulados al Dr. Walter Germán Yauck, por su intervención en la causa “MAMANI, ARIEL GUSTAVO S/ PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD AGRAVADA POR COMETERSE CON VIOLENCIA FÍSICA, EN CONCURSO IDEAL CON LESIONES GRAVES Y PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO SIN AUTORIZACIÓN NI REGISTRO EN CONCURSO REAL CON AQUEL -DOS HECHOS”, según oficio Nº 86/18 (confr.fs.1).-

2º) En oportunidad de efectuarse el pago, deberá exigirse la factura con los requisitos fiscales vigentes, retener el 2% en concepto de Profesiones Liberales.-

3º) Imputan la erogación con cargo al crédito de la cuenta DA 953 – C1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 16 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 9 – PA 9 – SPA 0000 -DTO 99 – UG 99 del presupuesto 2017.-

4º) Registrar y pasar las actuaciones a la Tesorería, a sus efectos.-

FDO. DRES. .EMILIO A. CASTRILLON. DANIEL O.CARUBIA.LEONOR PAÑEDA. SUSANA E.MEDINA DE RIZZO. ANTE MI: ELENA SALOMON. SECRETARIA