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JUZGADO DE PAZ HASEMKAMP. CONTINUIDAD ALQUILER. AUTORIZACION

Resol. Trib. Sup. Nº 61 /17.-

“JUZGADO DE PAZ – HASENKAMP – S ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 31-12-2016) S/ ALQUILER DE INMUEBLE” Nº 39991.-

///-RANA, 18 de abril de 2017.-

VISTO:
Que las presentes Actuaciones se inician en virtud del vencimiento del contrato de locación del inmueble, que operó el 31 de Diciembre de 2016, donde se aloja el Juzgado de Paz de Hasenkamp;
Y CONSIDERANDO:
Que, el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial tomó intervención en las presentes a -fs. 3-, informando que el inmueble donde funciona actualmente el Juzgado de Paz, es de propiedad de la Municipalidad de Hasenkamp, consiste en un local ubicado dentro del Centro Cívico de esa ciudad, que es de una superficie aproximada de 34 m2, siendo la misma suficiente para el personal que desarrolla tareas del organismo. Señala que ante problemas que han surgido en el ámbito que ocupa dicho juzgado, los mismos han sido resueltos por la Municipalidad satisfactoriamente.- Agrega que el inmueble se encuentra en buenas condiciones y no requiere reparaciones, que la construcción es de buena calidad y tiene una antigüedad de 30 años.-
Dada intervención a la Oficina de Compras, informa a fs. 5/15 y agrega la “propuesta de renovación” por parte de la Municipalidad de Hasenkamp por el término de 2 (dos) años, con un valor pretendido para el primer año de $1.488,00, más $ 384,00 en concepto de expensas, en tanto el valor para el segundo año se determinará de conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza Impositiva vigente, aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de esa ciudad
Resalta la Oficina de Compras a fs.15 vto., la dificultad y complejidad que presenta la disponibilidad de inmuebles en condiciones de alquilar en las jurisdicciones del interior de la provincia como así también que el traslado a otro inmueble generaría gastos de magnitud correspondientes a reformas y/o adecuación edilicia, eléctrica, equipamiento de refrigeración, cableados de red y teléfonos, etc.-
Por su parte a fs. 17 la Contaduría del Poder Judicial realiza un análisis de la situación, encuadra las opciones desde el punto de vista legal y se expide sobre la opción de continuar en el actual inmueble (Art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto Nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios).-
Que, a fs. 18 y vta. toma intervención la Comisión de Locaciones y recomienda “… requerir al municipio oferente, precise el valor locativo pretendido para el segundo año del contrato”.-
A fs.20/27, por medio de la Oficina de Compras se gestiona ante la Municipalidad de Hasenkamp, se fije el valor para el segundo año, a lo que a fs. 28 la Municipalidad de Hasenkamp responde que “… el valor de alquiler y expensas de las oficinas ubicadas en el Centro Cívico Municipal, donde funciona el Juzgado de Paz local, se fija en base a los que dispone la ordenanza impositiva que aprueba anualmente el Honorable Consejo Deliberante, conforme a la variación inflacionaria, por lo que resulta imposible fijarlo.-
Vuelven las actuaciones de una nueva intervención dada a la Comisión de Locaciones, y sugiere proceder a la celebración de un nuevo contrato de locación, conforme al plazo mínimo previsto en la nueva legislación Civil y Comercial, fijándose como canon mensual la suma indicada en autos para el año actual, el que se reajustará para el segundo año según surja de la ordenanza impositiva correspondiente.-
Por ello;
SE RESUELVE:
1º) Continuar con la locación del inmueble donde funciona actualmente el Juzgado de Paz de Hasenkamp, de propiedad de la Municipalidad de dicha ciudad, consistente en un local ubicado dentro del Centro Cívico de esa ciudad, de una superficie aproximada de 34 m2, por el término de 2 (dos) años, con un valor pretendido para el primer año de $1.488,00, más $ 384,00 en concepto de expensas, en tanto el valor para el segundo año se determinará de conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza Impositiva vigente, aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de esa ciudad.-
2º) Autorizar al Sr. Juez de Paz de Hasenkamp, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre con el Presidente Municipal de la ciudad de Hasenkamp, señor Juan Carlos Kloss, el correspondiente contrato de Locación.-
3º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial, a invertir mensualmente la suma de PESOS: UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($1.488,000), mas expensas por la suma mensual de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($384,00), pagaderos por mes vencido, a partir del día 1º de Enero de 2017, hasta el 31 de Diciembre de mismo año.-
4º) Registrar y notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial y a la Oficina de Compras.-
FDO: DRES. CLAUDIA M. MIZAWAK – BERNARDO IGNACIO RAMÓN SALDUNA – EMILIO AROLDO EDUARDO CASTRILLÓN – DANIEL OMAR CARUBIA. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-