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JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE COLON INFORMA PAGO DE TASA DE JUSTICIA

RESOL.TRIB.SUP. Nº 947 /18.-

“JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 -COLON- INFORMA PAGO DE TASA DE JUSTICIA MEDIANTE DEPOSITO BANCARIO” (OFICIO Nº 43)
ACTU-947/18.-

PARANA, 30 de julio de 2018.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Lo manifestado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº2 de la ciudad de Colón a fs.1, quien conforme lo ordenado a los autos caratulados “CERUTTI JORGE LUIS C/SUCESORES DE MIRTA ESTRELLA GRANTON S/ORDINARIO”, Nº 12596, solicita autorización para imputar el importe depositado en la cuenta corriente Nº6037615, al Formulario Nº 000200948, asignado a las presentes, y adjunta copia del Formulario emitido y ticket de depósito, por la suma de $28.995,91 (confr.fs.2/3).-
Que a fs. 4 la Contaduría del Poder Judicial informa que de acuerdo a los registros obrantes en su poder, se encuentra acreditada la suma $28.995,91, mediante depósito en efectivo Nº1340800247, de fecha 10-11-2017, y a nombre de Cerutti Jorge Luis, tal como fuera informado mediante oficio Nº43 (confr.fs.1), por el referido organismo.-
Informa asimismo la Contaduría, que la metodología aplicada en esta oportunidad para el pago de Tasa de Justicia no resulta conforme a la convenida con las entidades recaudadoras, ya que de no procederse a la lectura del Código de Barras, el formulario abonado no es posible vincular electrónicamente el pago, el cual se remite vía archivo por el Nuevo Bersa de Entre Ríos o las Caja Forense, actualizando entonces el Sistema de Tasa de Justicia.- Respecto al Expediente Nº 12592/2015, caratulados “CERUTTI JORGE LUIS C/SUCESORIO DE MIRTA ESTRELLA GRANTON S/ORDINARIO”, informa que posee emitidos los Formularios Nº0000125815, por la suma de $ 75,47 (pagado el 01-12-2015) y Nº 000200948 por la suma de $ 28.995,91. (impago a la fecha) con vencimiento el 15-11-2017.-
Por ello, atento lo informado por la Contaduría del Poder Judicial y los antecedentes obrantes en la materia;
SE RESUELVE:
1º) Autorizar a la Contaduría General del Poder Judicial a imputar el depósito de la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($28.995,91), al pago del Formulario de Tasa de Justicia Nº000200948, conforme lo sugerido por el area contable.-
2º) Hacer saber al Juzgado Civil y Comercial Nº2 de Colón, que debe utilizar la metodología implementada para abonar la Tasa de Justicia, mediante el pago por ventanilla y lectura del código de barras a fin de mantener actualizado el sistema.-
3º) Registrar, notificar y en estado archivar. FDO: DRES. CASTRILLON – PRESIDENTE- CARUBIA- PAÑEDA – MEDINA. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-