Resol. Trib. Sup. Nº332/2017.-
“JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES -GUALEGUAYCHU- SOLICITA DECLARACION DE INHABIL -DIAS 14 Y 15 DE DICIEMBRE 2017-“.-ACTU-STJ:563/2017.-
///-RANA, 27 de noviembre de 2017.-
VISTOS Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº230/17 remitido por el Superintendente Subrogante de Gualeguaychú, Dr. Alberto Adrián Welp; elevando la solicitud efectuada por el señor Juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes, Dr. Héctor Vasallo, interesando la declaración de inhábiles los próximos dos días 14 y 15 de diciembre de 2017 para realizar la mudanza de ese organismo como también se disponga un Juzgado de Primera Instancia Subrogante a fin de intervenir en trámites y medidas urgentes.-
Que, además se adjuntó un presupuesto de la Empresa de Transporte “Mosto” para que se lleve a cabo el traslado de los muebles y expedientes a la nueva propiedad, por lo que se procedió a remitirlo a la Oficina de Compras y Asesoramientos del Superior Tribunal de Justicia para que le impriman en trámite correspondiente.-
Que, por Acuerdo General Nº31/17, Punto Tercero, se dispuso la relocalización del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes al inmueble sito en calle Luis N. Palma Nº788 de Gualeguaychú.-
Que, por ello;
SE RESUELVE:
1º) Declarar Inhábil Judicial para los próximos días 14 y 15 de diciembre de 2017, para el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Gualeguaychú a cargo del Dr. Héctor Vasallo, a fin de que dicho organismo proceda a realizar las tareas de mudanza y ordenamiento desde su ubicación actual hacia la propiedad sita en calle Luis N. Palma Nº788 de esa ciudad.-
2º) Hacer saber que las subrogaciones están contempladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, Nº 6.902, artículo 63.-
3º) Registrar. Comunicar, con copia de la presente, al Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Gualeguaychú, a sus efectos. Notificar a los siguientes organismos judiciales a saber: Juzgados de Primera Instancia y Cámara en lo Civil y Comercial de Gualeguaychú; Procuración General de la Provincia; Defensoría General de la Provincia; Sala Nº2 en lo Civil y Comercial del S.T.J.; Presidente de la Cámara Segunda de Paraná; Áreas de Informática, Personal y Planeamiento; Oficina de Compras; S.I.C.; M.I.P. y M.U.I, a los fines pertinentes.-
4º) Hacer saber al Colegio de Abogados de Entre Ríos y a la Seccional Gualeguaychú del C.A.E.R., a sus efectos.- FDO: DRES. CLAUDIA M. MIZAWAK – BERNARDO I. SALDUNA – EMILIO A. CASTRILLON – MIGUEL A. GIORGIO. ANTE MI: ELENA SALOMON.-