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CONTINUIDAD DE LOCACIÓN DE INMUEBLE CALLE CERVANTES Nº 211 -CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- PARANÁ

Resol.Sup. Nº 100 /18.-

“CAMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO -PARANA- S ALQUILER DE INMUEBLE S/ ALQUILER DE INMUEBLE VENCIMIENTO 14/2/2018)”

///RANA, 13 de junio 2.018.-

VISTOS:

El estado de las presentes actuaciones, iniciadas en virtud del vencimiento del contrato de locación del inmueble de calle Cervantes 211, donde actualmente funciona la Cámara Contencioso Administrativa de esta ciudad de Paraná, cuyo vencimiento operó el pasado 14.02.2018 ;

Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 5/6, el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio realiza un amplio informe, analizando las condiciones generales de mantenimiento, no requiriendo de intervenciones a la fecha. Que para la puesta en funcionamiento del organismo que allí funciona se invirtió en gastos de instalación eléctrica general para la colocación de los equipos de aire acondicionados, para iluminación y para equipos informáticos, así como un cerramiento para habilitar la Mesa de Entradas de la Cámara, lo que hace a la funcionalidad del inmueble, manifestado por último que el mismo se encuentra en buenas condiciones por lo de decidirse renovar el contrato de alquiler se sugiere incluir una cláusula de rescisión, ya que está previsto que ese organismo sea trasladado al 2º piso de este Edificio de Tribunales (Laprida Nº250), una vez finalizado el proceso de obras que se encuentran en desarrollo en la actualidad.-
A fs.7/10vto., la Oficina de Compras y Asesoramiento, informa que el inmueble se encuentra en buenas condiciones generales de mantenimiento, no requiriendo intervención alguna y a la fecha cuenta con la capacidad y demás características necesarias para alojar a la Cámara Contencioso Administrativo de esta ciudad.-
Acompaña asimismo la propuesta de renovación, recibida de la propietaria, Sra. Yolanda Juana María Darrieux, por el término de 2 años, con un importe de $28.000,00 para el primer año y $38.000,00 para el segundo año. Destaca también la Oficina de Compras la complejidad que presenta la disponibilidad de inmuebles en condiciones de alquilar, sumado a que el traslado a otro inmueble por el tiempo de duración de la obra, generaría gastos de magnitud correspondientes a reformas y adecuaciones edilicias, eléctricas, equipamiento de refrigeración, cableado de red y telefónico, mudanza, etc., los que no podrán ser amortizados en el período de duración del contrato. Considera que los valores pretendidos son elevados, por lo que correspondería realizar una contra-propuesta.-
La Contaduría del Poder Judicial, se expide a fs.12 y encuadra legalmente la propuesta de continuidad del contrato de alquiler, en el Art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto Nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios como así también para el caso de llevar adelante una nueva contratación mediante el “Procedimiento de Solicitud de Cotización”, Art. 118 Bis del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto Nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios, sugiriendo asimismo una mejora de la oferta.-
A fs. 13vto./14, obra dictamen de la Comisión de Locaciones del S.T.J., quien por un lado aconseja una reformulación de la oferta, en tanto se pretende también (a fs.14) que previo a ello, se requiera informe del Area de Planeamiento sobre la posibilidad de que en forma inmediata, el organismo ocupe un lugar (provisorio o definitivo) en este edificio, a lo cual a fs.16 manifiesta que esto podría efectivizarse a mediados del año 2019 y en tanto a fs.5, destacó la importancia de la “Cláusula de Rescisión” para el caso de renovarse el contrato.-
A fs. 19/21, obra una nueva propuesta de renovación, con un incremento para el 1er año del 25%, valor pretendido $24.937,50 y el 20% para el 2do. año, es decir $29.925,00 mensuales, valores sobre los cuales a fs.23 la Contaduría del Poder Judicial realiza un nuevo informe técnico.-
A fs.24vto., la Comisión de Locaciones del S.T.J., desaconseja aceptar la nueva propuesta de la propietaria, por considerarla excesiva en virtud de lo cual a fs. 26/28 se agregan nuevos resultados de la gestión llevada a cabo por la Oficina de Compras, habiéndose acordado el alquiler mensual pretendido y por el término de dos (2) años, por la suma de $ 23.940,00 para el primer año y para el segundo año por la suma de $28.728,00, lo que implica un incremento del 20%, sobre cuyos valores la Contaduría del Poder Judicial informa a fs.30.-
Que por ello; de conformidad a los considerandos precedentes, habiéndose logrado luego de diversas gestiones llevadas adelante para lograr una propuesta presupuestariamente viable y de conformidad a lo sugerido en reiteradas oportunidades por la Comisión de Locaciones;

SE RESUELVE:

1º) Continuar con la locación del inmueble de calle Cervantes Nº 211 que actualmente ocupa la Cámara Contencioso Administrativo de esta ciudad de Paraná -Art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto Nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios-, por el término de dos (2) años, por la suma total de PESOS: SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL DIECISEIS ($632.016,00), con un canon locativo mensual de PESOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA ($23.940,00) para el primer año y la suma PESOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS VENTIOCHO ($28.728,00) para el segundo año, sumas pagaderas por mes vencido, a partir del día 15 de Febrero de 2018, con vencimiento el día 14 de Febrero de 2020.-
2º) Hacer saber a la propietaria del inmueble, señora Yolanda Darriex de Nux, que al momento de la suscripción del contrato deberá presentar la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos del mismo; Documento Nacional de Identidad; Condición Fiscal ante la AFIP, la de ATER y constancia de libre deuda; asimismo una vez suscripto deberá reponer en concepto de sellado fiscal la suma de PESOS TRES MIL CIENTO SESENTA CON OCHO CENTAVOS ($3.160,08) -correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del total- más el importe por cada copia.-
3º) Imputar la erogación con cargo a la cuenta detallada por la Contaduría del Poder Judicial a saber: DA 953 – C 1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del Presupuesto 2018 y de los presupuestos siguientes en el marco de lo previsto en el Art.17º, inciso b), Ley Nro. 5140 (t.o.Decreto 404/95 M.E.O.S.P.).-
4º) Registrar y notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial y a la Oficina de Compras.-
FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – LEONOR PAÑEDA – GERMAN R. F. CARLOMAGNO. ANTE MI: ESTEBAN SIMON .-