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CONTINUACIÓN DE LA LOCACIÓN DEL INMUEBLE SITO EN SANTA ELENA – JUZGADO DE PAZ-.

Resol. Trib. Sup. Nº231 /19.-

“JUZGADO DE PAZ- SANTA ELENA- ALQUILER INMUEBLE (VENCIMIENTO 15.09.19)”.- N° 43877.-

//-RANA, 8 de octubre de 2019.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que las presentes Actuaciones tienen inicio en virtud del vencimiento del contrato de locación del inmueble de calle Supremo Entrerriano N° 865 de la ciudad de Santa Elena, donde actualmente funciona el Juzgado de Paz de esa localidad.-
Que pasadas a informe del Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial a fs. 5 se expidió en el sentido de que la referida propiedad se encuentra en buenas condiciones de mantenimiento, propio de su reciente construcción. Que el propietario ha brindado siempre respuesta ante eventuales reclamos que le ha realizado el organismo y que a la fecha el inmueble no presenta falencias constructivas.-
Que a fs.7/35 obran agregadas las constancias de las reiteradas gestiones efectuadas por la oficina de Compras y Asesoramiento, tendientes a obtener una propuesta de renovación de contrato, la que se agrega a fs.36, sugiriendo dicha oficina que podría solicitarse una mejora de oferta, recordando asimismo que se encuentra en trámite de aprobación la construcción de un inmueble para el Juzgado de Paz, el que estaría previsto finalizar para los primeros meses del próximo año 2020.-
Que fs.39 la Contaduría del Poder Judicial, informa en relación a lo actuado, encuadrando legalmente las opciones de una nueva contratación o renovación del actual contrato, destacando que el valor de la propuesta de renovación de la Sra. Diana Viana de fs.36 importa la suma total de $396.000,00, por los 36 meses, lo que representa un incrementos del 35% respecto al actualmente abonado, considerándose elevado para las pautas presupuestarias previstas y proyectadas.-
A fs. 40/46, obra constancias de las gestiones realizadas para alcanzar la mejora de oferta obrante a fs.45, respecto a la cual, la Contaduría del Poder Judicial se expide a fs.48.-
En tal sentido, la Comisión de Locaciones se expide a fs. 49vto, expresando que la actual reformulación de la propuesta que obra a fs.45, teniendo en cuenta la calidad funcional y ubicación del inmueble ofertado, más la razonabilidad de los incrementos postulados para la renovación del contrato vigente, torna claramente conveniente aceptar la misma y celebrar el correspondiente contrato.-
Que por ello y de conformidad a los considerandos precedentes;
SE RESUELVE:
1º) Continuar con la locación del inmueble ubicado en calle Supremo Entrerriano N° 865 de la ciudad de Santa Elena, de propiedad de la señora Diana Ester Viana, por un plazo de 3 años contados a partir del 16-09-2019, operando en consecuencia el vencimiento el 15-09-22, conforme lo dispuesto en el Art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 MEOSP, modificado por el Decreto Nº 4290/13 MEHF y complementarios.-
2º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a invertir hasta la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 327.600,00), con un canon locativo mensual de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($ 7.500,00.-) para el primer año; un canon locativo mensual de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000,00.-) para el segundo año y un canon locativo mensual de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800,00.-) para el tercer año.-
3º) Hacer saber al señor Juez de Paz de Santa Elena, Dr. Guillermo Vega, que al momento de la suscripción del contrato pertinente deberá requerir la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos de la propiedad; Documento Nacional de Identidad; Condición fiscal ante la AFIP, la de ATER, la constancia de libre deuda y fotos que ilustren el estado del inmueble; debiendo elevarla en copia certificada, junto con el contrato debidamente sellado e imputado.-
4º) Hacer saber al Magistrado que deberá recabar de la propietaria al momento de la suscripción del contrato la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.228,50) en concepto del cincuenta por ciento (50%) del sellado fiscal, más el importe que corresponda por cada copia, resultando el Poder Judicial exento por el cincuenta por ciento (50%) restante.
5º) Remitir el modelo de Contrato de Locación vía correo electrónico.-
6º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial y a la Oficina de Compras, a sus efectos.-
FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – MARTIN F. CARBONELL – SUSANA MEDINA. ANTE MI: ESTEBAN SIMON – SECRETARIO.-