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AUTORIZACIÓN PARA DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTACIÓN -JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 DE PARANÁ-

Resol. Trib. Sup. Nº76/18.-

“OFICIO Nº 114 JUEZA A/C JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 -PNÁ.- SOLICITA AUTORIZACION PARA DESTRUCCION DE DOCUMENTAL RESERVADA EN CAJA FUERTE Y SECRETARIA -CON CARACTER EXPURGABLE AÑOS 1993 A 2007“. ACTU-STJ: 207/2018.-

//-RANA, 25 de abril de 2018.-

VISTO Y CONSIDERANDO

El oficio Nº 114 suscripto por la señora Jueza en lo Civil y Comercial Nº 3 de esta ciudad, Dra. Norma V. Ceballos, solicitando autorización a este Superior Tribunal de Justicia para la destrucción de la documentación que se encuentra reservada en caja fuerte y Secretaría del organismo a su cargo, relativa a expedientes remitidos al Archivo Judicial, con carácter expurgable, entre los años 1993 a 2007.-

Que además, interesa se autorice el expurgo de la documental perteneciente a expedientes que no cuentan con historia de texto en el Lex Doctor, es decir que no registran movimiento desde el año 2000, año en que fuera implementado dicho sistema informático.-

Que, pasadas al señor Secretario de Jurisprudencia, Legislación, Biblioteca y Archivo Judicial, Dr. Eduardo Rodríguez Vagaría, se expidió en el sentido de que considera conveniente que la documentación cuya destrucción se interesa, sea remitida al Archivo Judicial a los fines de ser incluida en el expurgo que se encuentra tramitando, dándosele así la publicidad que establece la Ley Nº 10.397.-

Que, el señor Procurador General de la Provincia, Dr. Jorge A. L. García, manifestó no tener objeciones que formular a la destrucción interesada, debiéndose proceder como lo interesa precedentemente el señor Secretario de Archivo del S.T.J..-

Que, este Tribunal de Superintendencia de conformidad a lo manifestado con el señor Procurador General de la Provincia; 

RESUELVE

1º) Autorizar la destrucción de la documentación del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3 de esta ciudad, a cargo de la Dra. Norma V. Ceballos, que se encuentra reservada en caja fuerte y en Secretaría, relativa a expedientes remitidos al Archivo Judicial, con carácter expurgable, entre los años 1993 a 2007.-

2º) Hacer saber a la señora Jueza en lo Civil y Comercial Nº 3 de esta ciudad, Dra. Norma V. Ceballos, que deberá remitir la documentación mencionada en el apartado que antecede a la Secretaría de Jurisprudencia, Legislación, Biblioteca y Archivo Judicial, a cargo del Dr. Eduardo Rodríguez Vagaría, a los fines de que la incluya en el expurgo en trámite, dándosele así la publicidad que establece la Ley Nº 10.397.-

3º) Registrar. Notificar y archivar.- FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – LEONOR PAÑEDA – SUSANA MEDINA. ANTE MI: ELENA SALOMON.-