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AUTORIZACION PAGO HONORARIOS PERITO CONTADORA P.ROBAINA. JDO.GARANTIAS.CHAJARI

Resol. Trib. Sup. Nº195/19.-

“ROBAINA PATRICIA – CONTADORA S- PAGO DE HONORARIOS – JDO. DE GARANTIA Y TRANSICION – CHAJARI S/ SOLICITA”.-4243/19

//-RANA, 11 de septiembre de 2019.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las presentes Actuaciones tienen inicio en virtud del Oficio Nº10/19 -obrante a fs.1-, suscripto por la señora Jueza de Garantías Subrogante de Chajarí, Dra. Griselda Moscatelli, solicitando el pago de la suma de Pesos Doce Mil Quinientos ($12.500,00.-) en concepto de honorarios regulados a la Perito Contadora Patricia Robaina, por su labor en el marco de la causa Nº8624, caratulada: “COCERES, ROBERTO CARLOS, SCATULARO, OSVALDO MARIO, DALZOTTO, MATILDE ROSANA Y DALZOTTO RENE NELSON -ABIGEATO AGRAVADO Y ABIGEATO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA”, en trámite ante el Juzgado de Garantías de Chajarí.-
Que, de acuerdo a lo comunicado por el organismo solicitante, los honorarios regulados a la Perito Contadora Patricia Robaina por la labor desempeñada, han sido declarados a cargo del Fisco Provincial, y la resolución respectiva se encuentra firme y consentida -cfr. fs. 3, en donde luce agregada la cédula de notificación al Fiscal de Estado debidamente diligenciada-. Ello, por cuanto dicha pericia fue dispuesta de oficio en el auto de procesamiento de los imputados DALZOTTO -cfr. informe agregado a fs. 15/17- con motivo de la recomendación efectuada por la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay, en oportunidad del tratamiento del recurso de apelación interpuesto por el imputado SCATULARO, resuelto en fecha 15.02.18.-
Que, como previo, se solicitó al organismo que indique de qué lista seleccionó a la profesional, y en base a qué procedimiento, obrando informe a fs. 13 y vta. que da cuenta de la regularidad de trámite.
En este sentido, mediante oficio Nº30/19 se informó que la Contadora Patricia Robaina se encontraba inscripta como perito contadora para el fuero penal del año 2018 y le correspondió entender en los autos “COCERES, ROBERTO CARLOS y otros-ABIGEATO AGRAVADO Y OTRO-“, Expte. Nº8624/08, por encontrarse primera en el orden de lista de dos inscriptos; adjuntando copias de hojas del cuaderno de peritos del 2018, del informe y resolución de designación.-
Que a fs. 8 la Contaduría General del Poder Judicial informó que presupuestariamente es viable efectivizar el pago.-
Que por ello;
SE RESUELVE:
1º) Hacer lugar a lo interesado y autorizar a la Tesorería General del Poder Judicial a remesar al Juzgado de Garantías de Chajarí, con cargo de oportuna rendición de cuentas y cuando las disponibilidades de caja lo permitan, la suma total de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS ($12.500,00.-), en concepto de pago de honorarios regulados a la Perito Contadora Patricia Robaina por su labor en el marco de la causa Nº8624, caratuladas: “COCERES, ROBERTO CARLOS, SCATULARO, OSVALDO MARIO, DALZOTTO, MATILDE ROSANA Y DALZOTTO RENE NELSON -ABIGEATO AGRAVADO Y ABIGEATO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA”, con trámite ante dicho organismo; debiendo retener el 2% en concepto de Profesiones Liberales e Impuesto a las Ganancias de corresponder, y exigir a la profesional la emisión de factura conforme los requisitos fiscales vigentes.-
2º) Hacer saber al Juzgado de Garantías de Chajarí que, de existir imposición de costas y de corresponder, deberá incluir el gasto dispuesto en la presnete resolución y, eventualmente y en caso de que el condenado en costas no proceda al pago, comunicar a este Superior Tribunal de Justicia para llevar adelante el procedimiento de recupero -art.- 160, inc. 8 C.P.C.C.E.R.-
3º) Imputar la erogación con cargo al crédito de la cuenta DA 953 – C1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 17 – SP 00 – PY 000 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 4 – PA 9 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del Prespuesto 2019.-
4º) Registrar y pasar las actuaciones a la Tesorería, a sus efectos.-FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – MARTIN F. CARBONELL – SUSANA MEDINA. ANTE MI: ELENA SALOMON.-

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