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AUTORIZACIÓN CONTINUIDAD FUNCIONAMIENTO OF.REG.CIVIL EN INMUEBLE JDO.PAZ. VILLA SAN MARCIAL

Resol. Trib. Sup. Nº 154 / 17
“JUNTA DE GOBIERNO -VILLA SAN MARCIAL- S/CONTINUIDAD DE FUNCIONAMIENTO -OFICINA DE REGISTRO CIVIL EN INMUEBLE DE JUZGADO DE PAZ-” Nº 38507.-
//RANÁ, 23 de junio de 2017
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº288/16 del Tribunal de Superintendencia de fecha 21.06.16 -cfr. fs.59 y 59 vto.-, se autorizó al personal del Registro Civil y Capacidad de las Personas de Villa San Marcial a que desempeñen su labor en el mismo inmueble en el que se aloja al Juzgado de Paz de dicha localidad, estableciendo como plazo de un (1) año.-
Que, el señor Juez a Cargo del Despacho del Juzgado de Paz de Villa San Marcial, Dr. Ignacio Martín Basaldúa, manifestó -fs.65- que el Registro Civil no ha podido conseguir – a la fecha- un espacio físico para desempeñar sus funciones. Además, solicitó se le entregue la llave del Juzgado al Registro Civil para que siga ejerciendo sus funciones en períodos de inactividad del Juzgado -feria judicial- asumiendo el funcionario del Registro la correspondiente responsabilidad de custodia de los bienes y elementos del Organismo Que, a título de colaboración y a fin de que no se resienta el servicio que brinda a favor de la comunidad de esa jurisdicción este Tribunal y teniéndose presente las reiteradas solicitudes para que se obtenga el reintegro de los gastos para el funcionamiento de la oficina – alquiler y gastos de mantenimiento.-
SE RESUELVE:
1º) Prorrogar la autorización para que el personal del Registro Civil y Capacidad de las Personas de Villa San Marcial desempeñe su labor en el mismo inmueble en el que se aloja el Juzgado de Paz, por el plazo de seis (6) meses, haciéndole saber a la señora Directora General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Dra. Vanesa I.Visconti, que deberá adoptar todas las medidas necesarias para el retiro de las oficinas, sin perjuicio de ello y hasta tanto se produzca el mismo, colaborar con el pago del 50% del monto que se abona por el alquiler y el 50% de las partidas por gastos de mantenimiento de inmueble que mensualmente se giran desde la Contaduría General del Poder Judicial.-
2º) Hacer saber al Jefe a cargo del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Villa San Marcial, Lucas Matías Vallejo que podrá continuar en funcionamiento en el período de inactividad del Juzgado -ferias judiciales-, haciéndole entrega de la llave y asumiendo -el funcionario del Registro- la correspondiente responsabilidad de custodia de los bienes y elementos del organismo judicial.
3º ) Agregar copia de la presente Resolución en las actuaciones Nº 39006..-
4º) Notificar y registrar. FDO: DRES. DANIEL OMAR CARUBIA – MIGUEL ANGEL GIORGIO- LEONOR PAÑEDA – SUSNA MEDINA DE RIZZO – . ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-