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AUTORIZACIÓN A CONTADURÍA PARA IMPUTAR DEPÓSITOS AL PAGO DE FORMULARIOS GENERADOS

RESOL.TRIB.SUP. Nº 67 /18.-

“JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº3 – CONCEPCIÓN DEL URUGUAY – INFORMA PAGO DE TASA DE JUSTICIA TRANSFERENCIA BANCARIA”

ACTU Nº475/18.-

///-RANA, 13 de abril 2018.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que se inician las las presentes actuaciones con la presentación del Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de Concepción del Uruguay, solicitando a la Contaduría del Poder Judicial la imputación de determinados depósitos bancarios cuyos comprobantes acompaña al pago de los formularios de Tasa de Justicia Nº 000214948/000214951/000214952 y 000214953 generados en el marco de los autos caratulados “FRIGORIFICO ENTRERRIANO DE PRODUCTORES AVÍCOLAS S.A. S/CONCURSO PREVENTIVO”, Nº 1663/C, Fº43, L.V AÑO 2013, en razón de haber incurrido el obligado al pago del tributo en un error.-

Que la Contaduría del Poder Judicial informa que, de acuerdo a los registros obrantes en su poder, los montos depositados se encuentran acreditados en la cuenta corriente Nº6037615. Aclara que la metodología de pago utilizada no es la convenida con las entidades recaudadoras de Tasa de Justicia, ya que de no procederse a la lectura del código de barras del formulario abonado no es posible vincular electrónicamente el pago, el cual se remite vía archivo por el Nuevo Banco de Entre Ríos o la Caja Forense, actualizando entonces el sistema de Tasa de Justicia, por lo que los Formularios mencionados (Nº 000214948/000214951/000214952 y 000214953) generados por el Juzgado por la suma de $ 793.183,27 cada uno, figuran en el sistema como impagos. Por todo lo cual, manifiesta la COntaduría que correspondería autorizar aquellos depósitos al pago de los formularios generados.-

Por ello, y de conformidad a lo manifestado y razones invocadas por la Contaduría del Poder Judicial en los considerandos precedentes;

SE RESUELVE:

1º) Autorizar a la Contaduría General del Poder Judicial a imputar los depósitos efectuados al pago de los Formularios de Tasa de Justicia Nº 000214948, por la suma de $ 793.183,27, Nº 000214951, por la suma de $ 793.183,27, Nº 000214952, por la suma de $ 793.183,27 y Nº 000214953, por la suma de $ 793.183,27, generados para pagar la Tasa de Justicia en los autos caratulados “FRIGORIFICO ENTRERRIANO DE PRODUCTORES AVÍCOLAS S.A. S/CONCURSO PREVENTIVO”, Nº 1663/C, Fº43, L.V AÑO 2013, en trámite ante el Juzgado Civil y Comercial Nº3 de Concepción del Uruguay.-

2º) Comunicar al Juzgado que debe utilizar la metodología implementada para el pago de Tasa de Justicia mediante el pago por ventanilla y lectura del código de barras a fin de mantener el sistema actualizado.-

3º) Registrar, notificar y en estado archivar.- FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – LEONOR PAÑEDA – ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-