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ALQUILER NUEVO INMUEBLE SAN SALVADOR. AUTORIZACION

Resol. Trib. Sup. Nº 139/17

“SITUACION EDILICIA. NECESIDAD NUEVO ALQUILER INMUEBLE- SAN SALVADOR”.- 41098.-

//-RANA, 15 de junio de 2017.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº76/17 del 08.05.17 este Tribunal dispuso se inicie un procedimiento de Solicitud de Cotización, conforme lo dispuesto en el artículo 118 Bis del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº795/96 M.E.O.S.P., modificado por Decreto Nº4290/13 M.E.H.F. y complementarios, a fin de buscar una propiedad para alojar al Juzgado de Garantías, la Oficina de Mediación (compartiendo ambientes con el Juzgado en forma rotativa), el Médico Forense y el Equipo Técnico de San Salvador.-
Que el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio informó a fs.92 que ratifica el de fs. 21/25 y que si bien conoce la necesidad de resolver la situación edilicia de la localidad en forma urgente, ya que los edificios actuales no tienen espacio suficiente para asignar a la espera del público y además aloje al Juez de Garantías, Médico Forense, Psicólogo, Psiquiatra, Asistente Social y lugar que se destine para las entrevistas de la Cámara Gesell; existe una única oferta, por lo que propone ubicar al Médico Forense en el inmueble donde se encuentra el Juzgado Civil en virtud del espacio que quedará libre cuando se produzca el traslado del Equipo Técnico al nuevo inmueble. De esa manera este último contará con el espacio suficiente para alojar al resto de las dependencias.-
Que, además recuerda que, el inmueble requiere de reparaciones que deberá efectuar el propietario a su cargo consistentes en: reparación de cubierta y humedad en sector de cocina, reparación de desagüe pluvial y piso en sector patio, puesta a punto del servicio cloacal y sanitarios, reparación y/o reemplazo de cielorraso en depósitos, instalación de servicio de energía trifásica, adaptación del ingreso para el correcto acceso de personas con capacidades diferentes y pintura interior completa. Sugiere en tal sentido que se inicien las actuaciones correspondientes para cubrir las necesidades de adecuación del inmueble que se alquilará para adecuar la mesa de entradas, efectuar la instalación eléctrica de tomas para las computadoras e iluminación, instalación de red informática, adquisición de mobiliario, sistema de telefonía y líneas, equipos de climatización y de protección contra incendios e identificación del inmueble.-
Que, la Solicitud de Cotización estuvo a cargo de la Oficina de Compras y Asesoramientos del Superior Tribunal de Justicia, quien remitió el informe de adjudicación Nº134/17 -cfr. fs.94- a los fines de que se apruebe el renglón Nº1 referente a “Locker Roger – Locker Alan – Locker John”, consistente en la propuesta de alquiler de un inmueble para dependencias judiciales en la ciudad de San Salvador, sita en calle 3 de febrero Nº356, con una superficie de ciento catorce metros cuadrados con dos decímetros cuadrados (114,2 m2).-
Que, en el mismo sentido informa que la propiedad cuenta con servicio de electricidad, agua y gas envasado; posee seis ambientes y dos baños, se encuentra en buen estado de conservación y pintura, la disponibilidad es inmediata -aproximadamente treinta días- y las reparaciones que deben efectuarse consisten en: arreglos de cubierta y humedad en sector de cocina, desagüe pluvial y piso sector patio, puesta a punto de servicio cloacal y sanitarios, reparación y/o reemplazo de cielorraso en depósitos, instalación de servicio de energía trifásica, adaptación del ingreso para correcto acceso de personas con capacidades diferentes y pintura completa del interior, todas a cargo de los propietarios.-
Que el valor mensual del primer año asciende a la suma de Pesos Catorce Mil ($14.000,00.-), la del segundo año asciende a la suma mensual de Pesos Dieciocho Mil ($18.000,00.-) y la del tercer año asciende a la suma mensual de Pesos Veinte tres mil ($23.000,00.-), representando un total de la suma de Pesos Seiscientos sesenta mil ($660.000,00.-).-
Que, si bien es la única oferta, se ajusta a las características edilicias generales mínimas requeridas (ambiente, servicios, superficie, etc.) de acuerdo al informe técnico del Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio de fs. 92 y además su precio se adecua a los valores corrientes en plaza (Art. 57º del Dec. 795/96 MEOSP).-
Que, pasadas nuevamente a dictamen de la Comisión de Locaciones,se expidió en el sentido de que, resultando del Procedimiento de Solicitud de Cotización llevado a cabo, una única oferta de inmueble en alquiler que es la misma que obra en autos (fs.32) con anterioridad al mismo, salvo que ahora los propiestarios/oferentes aceptan hacerse cargo de las reparaciones indicadas por nuestros técnicos, con lo cual, conforme lo señala la Arq. Zilli a fs. 92, después de cierto reordenamiento de ubicación, la propiedad -única ofertada, -se reitera- podría adaptarse mínimamente para alojar parte de los organismos para los cuales se requirió. En consecuencia, comprobada la carencia de alternativas en la jurisdicción debería aceptarse la oferta formulada y celebrarse el contrato pertinente, consignado como condición resolutoria la realización de las reparaciones indicadas por nuestro Dpto. de Planeamiento e Infraestructura Edilicia, a satisfacción de los técnicos del mismo, las cuales se precisarán expresamente en el texto del contrato, al igual que la habitual cláusula de rescisión a favor del S.T.J. con sólo un mes de preaviso, tomando posesión del inmueble y comenzando a correr el plazo de la locación, una vez aprobadas las reparaciones comprometidas.-
Que, por ello;
SE RESUELVE:
1º) Aprobar el renglón Nº1 y adjudicar a “Locker Roger – Locker Alan – Locker John”, consistente en la propuesta de alquiler de un inmueble para dependencias judiciales en la ciudad de San Salvador, sita en calle 3 de febrero Nº356, con una superficie de ciento catorce metros cuadrados con dos decímetros cuadrados (114,2 m2), con un valor mensual para el primer año de la suma de Pesos Catorce Mil ($14.000,00.-), para el segundo año la suma mensual de Pesos Dieciocho Mil ($18.000,00.-) y para el tercer año la suma mensual de Pesos Veinte tres mil ($23.000,00.-), cuyo total asciende a la suma de Pesos Seiscientos sesenta mil ($660.000,00.-).-
2º) Pasar a la Contaduría del Poder Judicial, para informe.-
3º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a abonar la suma mensual para el primer año de la suma de Pesos Catorce Mil ($14.000,00.-), el segundo año la suma mensual de Pesos Dieciocho Mil ($18.000,00.-) y el tercer año la suma mensual de Pesos Veinte tres mil ($23.000,00.-), cuyo total asciende a la suma de Pesos Seiscientos sesenta mil ($660.000,00.-).-
4º) Disponer que la Oficina de Compras y Asesoramientos inicie las actuaciones correspondientes para la adecuación del inmueble.-
5º) Registrar y notificar.- FDO: DRES. BERNARDO IGNACIO RAMÓN SALDUNA – DANIEL OMAR CARUBIA -EMILIO AROLDO EDUARDO CASTRILLÓN – SUSANA MEDINA DE RIZZO . ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-