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ALQUILER DE INMUEBLE -JUZGADO DE FAMILIA Y ADOL. DE VICTORIA

RESOL. TRIB. SUP. Nº 213/17.-

“JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE VICTORIA S/ ALQUILER DE INMUEBLE”. Nº 42.513.-

///-RANA, 28 de agosto de 2017.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
El estado de las presentes Actuaciones, lo dispuesto por Acuerdo General Nº 14/17 de fecha 23.05.17, Punto 2º) donde se ordenó dar intervención a la Oficina de Compras, a fin de que inicie un nuevo procedimiento de selección de inmueble para el funcionamiento del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de la ciudad de Victoria, contemplando la posibilidad de que el mismo, albergue además al Juzgado Civil y Comercial; y en consideración a lo dictaminado a fs. 33/vta. por los Dres. Daniel O. Carubia y Germán Carlomagno, integrantes de la Comisión de Locaciones, los cuales sugieren proceder de inmediato e iniciar el procedimiento de Solicitud de Cotización para el alquiler interesado.-
Que, obra agregado lo actuado por la Oficina de Compras y Asesoramientos a fs.35/73 en relación a la solicitud de cotización Nº 197/17.-
Que a fs. 75, el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial informa sobre las dos (2) ofertas de inmuebles presentadas. Respecto al ofrecimiento realizado, de propiedad del Dr. Albornoz, ubicado en calle Bartolomé Mitre Nº575/81, manifiesta que es apto para alojar a ambos organismos judiciales, contando con una superficie cubierta de 532 m2, restando convenir con el propietario tres temas: el cierre del patio interior, construcción de un nuevo grupo sanitario y trabajo de pintura en fachada e interiores del inmueble; en tanto la oferta del inmueble de propiedad de la Sra. María Fabiana Beltramino, no se considera apto para alojar ambos organismos de referencia, ya que cuenta con una superficie y distribución insuficiente, y requiere reparaciones de escala.-
Que a fs. 76, obra “Informe de Adjudicación” Nº 200/17, en el cual se expresa haber solicitado ofertas a las inmobiliarias de la localidad de Victoria, como así también se efectuaron las publicaciones correspondientes en el Boletín Oficial y en el “Paralelo 32” de esa localidad, sugiriendo la adjudicación a la firma “Guillermo Francisco Albornoz” atento a que se ajusta a las características requeridas para el funcionamiento de ambos organismos judiciales conforme lo informado por el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial a fs. 75, y además su precio se adecua a los valores corrientes de plaza, en términos de metros cuadrados.-
Que pasadas nuevamente a dictamen de la Comisión de Locaciones, se expidió en el sentido de que, resultando del procedimiento de Solicitud de Cotización llevado a cabo, una única oferta de inmueble en alquiler que réune aptitud para alojar tanto al Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescente como al Civil y Comercial, y comprobada la carencia de alternativas en la jurisdicción, debería aceptarse la oferta formulada y celebrarse el contrato pertinente, consignando en el mismo la realización de las adaptaciones indicadas por el Area de Planeamiento e Infraestrutura Edilicio Judicial que logren convenirse con el propietario, al igual que la habitual cláusula de rescisión a favor del STJ con sólo un mes de preaviso.-
Que atento a lo solicitado por la Oficina de Compras y Dto. Patrimonio a fs. 79, en relación a los trabajos convenidos oportunamente con el propietario, la Inmobiliaria Risso, en nombre del propietario, manifiesta que se han realizado las adaptaciones y mejoras indicadas por el Area de Planeamiento, a excepción del cerramiento del patio interior.-
Por ello;
SE RESUELVE:
1º) Aprobar la oferta presentada y adjudicar a la firma “GUILLERMO FRANCISCO ALBORNOZ”, el alquiler de un (1) inmueble para albergar a los Juzgados de Familia y Penal de Niños y Adolescentes y al Civil y Comercial de la localidad de Victoria, sito en “JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE VICTORIA S/ ALQUILER DE INMUEBLE”. Nº 42.513.-

calle Bartolomé Mitre Nº 575/81, con una superficie de 532 m2, y un valor mensual para el primer año de la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHENTA ($ 58.080.00.-), para el segundo año la suma mensual de PESOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS ($ 72.600,00.-), y para el último año la suma mensual de PESOS NOVENTA MIL SETENCIENTOS CINCUENTA ($90.750,00.-), cuyo total asciende a PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA ($2.657.160,00.-); que si bien no es el menor precio en valores totales, se ajusta a las características edilicias generales requeridas (ambientes, servicios, superficie, localización, etc.), de acuerdo al informe técnico del Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial que obra a fs. 75, y además su precio se adecua a los valores corrientes de plaza, en términos de metros cuadrados (Art. 59º inc b), del Dec. 795/96 MEOSP.- Se deberá imputar el crédito a la partida: DA 953 – C 1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del Presupuesto 2017 y de los presupuestos siguientes en el marco de lo previsto en el artículo 17º, inciso b), de la Ley 5140 (t.o. decreto 404/95 M.E.O.S.P.).-
2º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a abonar el primer año la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHENTA ($58.080.00.-), para el segundo año la suma mensual de PESOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS ($72.600,00.-), y para el tercer año la suma mensual de PESOS NOVENTA MIL SETENCIENTOS CINCUENTA ($90.750,00.-).-
3º) Autorizar al señor Juez a cargo de la Superintendencia de Victoria, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre el contrato de locación con el propietario, Dr. Guillermo Francisco Albornoz, recórdandole al señor Magistrado que debe recabar del propietario al momento de la suscripción del contrato, el cincuenta por ciento (50%) en concepto de sellado fiscal a reponer, por la suma de PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 13.285,80.-), más el importe por cada copia del contrato.-
4º) Hacer saber al señor Juez a cargo de la Superintendencia de Victoria, que al momento de la suscripción del contrato pertinente deberá requerir la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos del mismo; Documento Nacional de Identidad; Condición fiscal ante la AFIP, la de ATER y la constancia de libre deuda; debiendo elevarla en copia certificada, junto con el contrato debidamente sellado e imputado.-
5º) Remitir el modelo de Contrato de Locación vía correo electrónico, junto a la presente resolución, disponiéndose que se incorpore como Anexo los trabajos a cargo del propietario a saber: el cierre del patio interior de manera de dejarlo cubierto para optimizar las circulaciones interiores, debiendo previamente convenirlo con el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial.-
6º) Tomar razón en las actuaciones Nº 35.384 caratuladas: “JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE VICTORIA S/ ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO EL 26/09/14)”, agregándose copia de la presente resolución.-
7º) Registrar y notificar.- FDO: DRES. CLAUDIA M. MIZAWAK – DANIEL OMAR CARUBIA – EMILIO AROLDO EDUARDO CASTRILLÓN – BERNARDO IGNACIO RAMÓN SALDUNA. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-