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ADJUDICACION DE CAUSAS DE SUBROGACION -JURISDICCION GUALEGUAY-

Resol.Trib.Sup. Nº 201/17.-
“JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 -GUALEGUAY- DR. MORAHAN S/ ADJUDICACION CAUSAS DE SUBROGACION M.U.I.”. Nº 40802

///RANA, 31 de julio de 2017
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones tienen inicio, en virtud de la presentación realizada por el señor Juez Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, Dr. Fabian Morahan, en la cual solicita, se reconsidere el tema relacionado con el orden de las subrogaciones, previsto y reglamentado por la Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 6902, dando como fundamento de su petición, que conforme los arts. 69, 72 y 75 de dicha Ley, y Acordadas vigentes en la materia, es subrogante del Juzgado de Trabajo, del Juzgado de Familia y de los Juzgados de Garantías y Transición Nº 1 y Nº 2 de esa ciudad, y en caso de excusación, ausencia u otro impedimento de los Magistrados de dichos organismos.-
Que el orden de subrogación, prevé a los Jueces en lo Civil y Comercial “en orden númerico”, por lo cual en todos los casos, indefectiblemente, las causas terminan siendo asignadas al Magistrado, por ser titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Gualeguay, siendo que desde el año 2009 dicha jurisdicción cuenta con el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 -a cargo de la Dra. Teresita Inés Ferreyra-, por lo cual, y habiéndose puesto en funcionamiento, la Mesa Única de Información Permanente -en fecha 22-10-2015-, interesa se disponga la adjudicación de las causas en materia laboral, de familia, y las que provengan de los Juzgado de Garantías Nº 1 y Nº 2, a través del sistema de sorteo aleatorio a realizar por la MUI.-
Que habiéndose dado intervención a la Comisión de Planeamiento -fs. 6-, y a la Sala Nº 3 del Trabajo del S.T.J.E.R. -fs. 8-, ambas se expidieron en el mismo sentido, manifestando que la solución propuesta por el señor Juez Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, Dr. Fabian Morahan, en base a los antecedentes positivos que cita, y los agregados a las presentes -fs. 2/5-, propician la admisión de su petición.-
Por todo ello, y en concordancia con lo dictaminado por la Comisión de Planemiento -fs. 6 y vta.-, y lo dictaminado por la Sala Nº 3 del Trabajo del S.T.J.E.R. -fs. 10-,
SE RESUELVE:
1º) Hacer lugar a lo peticionado por el señor Juez Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, Dr. Fabian Morahan -fs. 1-, y en consecuencia incorporar al sorteo aleatorio que realiza la M.U.I. de la ciudad de Gualeguay, las causas en materia laboral, de familia, y las que provengan de los Juzgado de Garantías Nº 1 y Nº 2, y adjudicarlas conforme a dicho sistema.-
2º) Hacer saber, con copia de la presente, al señor Juez Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Gualeguay, Dr. Fabian Morahan, a la Mesa de Información Permanente de Gualeguay, y a todos los organismos involucrados.-
3º) Registrar, notificar, y en estado, archivar.-
FDO: DRES. BERNARDO IGNACIO RAMÓN SALDUNA-DANIEL OMAR CARUBIA- EMILIO AROLDO EDUARDO CASTRILLÓN – SUSANA MEDINA DE RIZZO. ANTE MI: ELENA SALOMON.-