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RESCISIÓN CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE EN GENERAL RAMIREZ

Resol. Trib. Sup. Nº258/18.-

“JUZGADO DE PAZ DE GENERAL RAMIREZ S/ COMODATO (CESIÓN DE TERRENO PARA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO)”. Nº42144.-

//-RANA, 30 de octubre de 2018.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Superior Tribunal de Justicia en Acuerdo General Nº09/17 del 18.04.17, Punto Tercero, dispuso la suscripción del contrato de comodato sobre el terreno sito en calle Avellaneda entre Pasaje Eloy Elsesser y 25 de Mayo de General Ramírez, Departamento Diamante, por el plazo de noventa y nueve años para la construcción de un edificio para el Juzgado de Paz local, de conformidad a los plazos y condiciones establecidos en la Ordenanza Nº2387 del Honorable Consejo Deliberante.-
Que en el marco de las Actuaciones Nº42144, caratuladas: “JUZGADO DE PAZ DE GENERAL RAMIREZ S/ COMODATO (CESIÓN DE TERRENO PARA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO)” el pasado 24.08.17 se suscribió el comodato entre la Municipalidad de General Ramírez y este Superior Tribunal de Justicia.-
Que de conformidad a lo informado por el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial la obra del nuevo inmueble tiene como fecha prevista de finalización, además de la ejecución de los trabajos de tendido de red informática, la última semana del mes de octubre de 2018, sugiriendo además que la mudanza se podría llevar a cabo en los primeros días del mes de noviembre de 2018.-
Que actualmente el juzgado se aloja en el inmueble propiedad del Sr. Heriberto Santiago Leffler, estableciendo el contrato de locación como fecha de vencimiento el próximo día 30.09.19.-
Que por ello,
SE RESUELVE:
1º) Rescindir el contrato de locación del inmueble que ocupa actualmente el Juzgado de Paz de la ciudad de General Ramírez, sito en calle Libertad Nº123, propiedad del Sr. Heriberto Leffler, correspondiendo abonar los cánones locativos hasta la efectiva restitución del inmueble y entrega de llaves del mismo.-
2º) Encomendar al señor Juez de Paz de la ciudad de General Ramírez, que proceda a notificar al propietario de lo dispuesto en el apartado que antecede; debiendo elevar las constancias correspondientes al Área de Asuntos Administrativos.-
3º) Dar inicio a las actuaciones relativas a la “Declaración del Inhábil Judicial”.-
4º) Notificar a la Oficina de Compras, Informática e Intendencia a fin de que tomen los recaudos pertinentes en lo que es materia de su competencia.-
5º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial, al Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial y a la Oficina de Compras, a sus efectos.-FDO: DRES. EMILIO A. E. CASTRILLON – DANIEL O. CARUBIA – MARTIN F. CARBONELL – SUSANA MEDINA. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-

ES COPIA

DR. ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.