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Resol. Trib. Sup. Nº 11 /2022.- “JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY-ALQUILER DE INMUEBLE.

Resol. Trib. Sup. Nº 11 /2022.-
“JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY-ALQUILER DE INMUEBLE. 45907 -002518/2020 SSE.-

///RANA, 14 de febrero de 2022.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 135/21 del Tribunal de Superintendencia del STJ se resolvió autorizar la continuidad de la locación del inmueble en el que funciona el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de la localidad de Concepción del Uruguay, por el término de cuatro (4) meses, a partir del 23/09/2021 hasta el día 22/01/2022, por un canon locativo mensual de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($160.000,00), obrante a fs.49/50.-
Que se encuentra en trámite el procedimiento de solicitud de cotización para la locación de un nuevo inmueble mediante Expediente Nº 47534 – 003425/2021 SSE. En el mismo, en fecha 07 de enero de 2022 se dictó Resolución Nº 3/2022 del Tribunal de Superintendencia, resolviéndose “….Art. 2) Adjudicar la contratación del alquiler del inmueble ubicado en calle Galarza N° 320, con una Superficie cubierta de 342 m2, de titularidad del Obispado y Diócesis de Gualeguaychú, por el plazo de treinta y seis (36) meses a partir del 24 de enero de 2022, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL ($10.464.000,00)…” (conf. fs. fs. 78/80).-
Que el vencimiento de la locación del inmueble donde funciona aún el Juzgado de Familia y Penal Nº 2 de Concepción del Uruguay se efectivizó el día 22/01/2022, durante la feria judicial, tornandose de compleja ejecución el traslado de personal, muebles y realización de obras para la puesta en funcionamiento del nuevo inmueble adjudicado mediante la resolución ut supra referida.-
Que a fs. 77 la Contaduría del Poder Judicial informa que presupuestariamente es viable atender la erogación que interesa por el período comprendido entre los días 23/01/2022 y 21/02/2022, por la suma de $ 160.000,00.-
Que, éste Superior Tribunal de Justicia continuó con la tenencia del inmueble donde funciona el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de la localidad de Concepción del Uruguay en los términos establecidos en el artículo 1.218 del Código Civil y Comercial de la Nación, por haberse extinguido el plazo inicial y por haber existido voluntad de las partes en la continuidad de la ocupación, manifestada por actos inequívocos, que permitieron inferir que seguian ejecutando el contrato en los mismos términos que los iniciales.-
Que obra a fs. 83/85 antecedentes de la Resolución Nº 267/16 de Tribunal de Superintendencia, dictada en fecha 31/05/2016, en la cual se resuelve “… 1º) Autorizar la continuidad del pago en concepto de canon locativo, para los casos futuros donde se configuren los presupuestos previstos legalmente en el artículo 1.218, previo informe de la Contaduría del Poder Judicial sobre la viabilidad presupuestaria de atender los mismos…”.-
Que la presente gestión se encuadra en lo dispuesto en la Resolución Nº 267/16 del Tribunal de Superintendencia del STJER y Art. 1.218 del CCyCN.-
Que en virtud de lo expresado, es procedente acceder a lo solicitado en autos;
Por ello;

SE RESUELVE:
1º) Téngase presente.-
2º) Reconózcase y abonáse a la Sra. Pilar Maria Gondell, DNI Nº 36.493.933, la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($160.000,00), en concepto de pago del alquiler del inmueble sito en calle 25 de Mayo Nº 79 de la ciudad de Concepción del Uruguay, en el cual funciona el el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de la jurisdicción, durante el período 23/01/2022 hasta el 21/02/2022, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes.-
3º) Impútese el monto de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($160.000,00) a: DA 953- C 1- J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1- SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 – UG 99 del presupuesto 2022.-
4º) Autorizase a la Tesorería del Poder Judicial, a hacer efectivo el pago del importe reconocido en el Art. 1º, previa presentación de Factura, Certificado de libre deuda expedido por ATER y demás documentación pertinente.-
4º) Registrar y notificar con copia de la presente a la Contaduría y Tesorería del Poder Judicial.- FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA BERNARDO I. R. SALDUNA – CLAUDIA M. MIZAWAK – JUAN R. SMALDONE.- ANTE MI: ESTEBAN SIMON

ES COPIA

DR. ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.