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Resl. Tribu. N° 237 /22 AAA “JUICIO POR JURADOS S. ADMINISTRACIÓN DE CAJA -REGLAMENTACIÓN” (Expte. n.º 47863 – 1824/2022).-

Resl. Tribu. N° 237 /22 AAA
“JUICIO POR JURADOS S. ADMINISTRACIÓN DE CAJA -REGLAMENTACIÓN” (Expte. n.º 47863 – 1824/2022).-

//-RANA,  10 de noviembre de 2022-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo General n°27/22 de fecha 30.08.22, Punto 3º), se aprobó el “Fondo Jurisdiccional para Juicio por Jurado” que tiene por finalidad la implementación de un mecanismo de descentralización operativa financiera, basado en los principios de descentralización administrativa, delegación y transparencia. Además, dispuso que el artículo 3° del Reglamento de Administración del Fondo para Juicios por Jurados del STJER, consigne como suma del fondo permanente, la de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) para las jurisdicciones que cuentan con Tribunal de Juicios y Apelaciones (Concepción del Uruguay, Concordia, Gualeguaychú, Gualeguay y Paraná) y de PESOS QUINCE MIL ($15.000) para el resto de las localidades dependientes de tales jurisdicciones (conf. fs. 38).-
Que, asimismo, determinó que la administración de los fondos permanentes asignado a las distintas jurisdicciones, será administrado directamente por el Coordinador Provincial de Juicios por Jurados.-
Que el señor Coordinador Provincial de Juicio por Jurados de este Poder Judicial de Entre Ríos, Dr. Fermín Bilbao, en virtud de lo dispuesto por Acuerdo General, solicitó la apertura de una única cuenta bancaria en la que se incluyan los fondos asignados a todas las localidades, con su administración directa -o su subrogante- y responsables por localidades y un esquema de firmas conjunta con los responsables de cada una de las Jurisdicciones de la Provincia de Entre Ríos (conf. fs. 40).-
Que la Contaduría General del STJER, dictaminó que conforme lo dispuesto por Acuerdo General n.º 27/22 del 30.08.2022 y las reuniones mantenidas entre el Coordinador Provincial de Juicios por Jurados, Dr. Bilbao y el señor Tesorero General del STJER; Cr. Pablo Dayub,, se autorice la apertura de la cuenta corriente “Fondo Jurisdiccional para Juicio por Jurado” con firma conjunta del Coordinador Provincial y de cada uno de los responsables de Juicios por Jurados en las diferentes localidades de la Provincia de Entre Ríos.-
Que lo solicitado se funda en la necesidad de simplificar las tareas estrictamente administrativas de los organismos jurisdiccionales mediante el uso eficiente de los recursos humanos y materiales que permitan atender los gastos de los Juicios por Jurados de las Jurisdicciones de la Provincia de Entre Ríos.-
Por ello, y conforme a las razones invocadas en los considerandos  precedentes;
SE RESUELVE:
1) AUTORIZAR la apertura de una cuenta corriente bancaria en el Nuevo Bersa -Sucursal Tribunales- con la denominación “Fondo Jurisdiccional para Juicio por Jurado”, la que será administrada directamente por el señor Coordinador Provincial de Juicio por Jurados de este Poder Judicial -o su subrogante- con un esquema de firmas conjunta con la del coordinador provincial y los responsables de cada una de las Jurisdicciones de la Provincia de Entre Ríos que se detallan en anexo que se aprueba y forma parte de la presente Resolución.-
2) AUTORIZAR Nuevo Banco de Entre Ríos SA para que, en oportunidad de cambiar los responsable de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Fondo Jurisdiccional para Juicio por Jurado, proceda a actualizar los titulares firmantes con la sola comunicación de los organismos detallados en anexo que se aprueba y forma parte de la presente Resolución.-
3) ENCOMENDAR al Coordinador Provincial de Juicio por Jurados de este Poder Judicial de Entre Ríos, Dr. Fermín Bilbao, que arbitre las medidas administrativas necesarias para su correcta registración y control de los gastos de reserva de cada jurisdicción.-
4) REGISTRAR. NOTIFICAR.-FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO -CLAUDIA M. MIZAWAK – MARTIN F. CARBONELL- ANTE MI: ELENA SALOMON.-