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Res.Trib.Sup. N° 59/2022 -A.A.A.- “JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 9 -PARANA- ALQUILER DE INMUEBLE – (VENCIMIENTO 31.05.22).” N° 46905 –

Res.Trib.Sup. N° 59/2022 -A.A.A.-
“JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 9 -PARANA- ALQUILER DE INMUEBLE – (VENCIMIENTO 31.05.22).” N° 46905 –

///RANA, 29 de abril de 2022.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician en virtud del vencimiento del contrato de locación (previsto para el día 31 de mayo de 2022), del inmueble ubicado en calle Santiago del Estero n° 382 de esta ciudad, propiedad del señor Iván Federico Gebhart (DNI n.° 26.789.170), autorizado mediante resolución n° 63/19 del Tribunal de Superintendencia de fecha 08.05.2019.-
Que habiendo tomado intervención la Dirección de Arquitectura Judicial del Poder Judicial informó que la propiedad se encuentra en buenas condiciones generales de mantenimiento y que el propietario ha atendido los distintos reclamos o inconvenientes que se han presentado con posterioridad. En relación a las condiciones edilicias del organismo, comunican las situaciones que se encuentran pendientes de atención y en relación a la disponibilidad de superficie para albergar al personal y expedientes, indican que es adecuada a las necesidades actuales, requiriendo reconsideración si éstas cambiarán. Por último aconsejan desde el punto de vista técnico, continuar con la locación del inmueble, notificando sin embargo al propietario respecto de las situaciones edilicias planteadas, interesando su atención (cfr. fs. 6/vta.).-
Que la Oficina de Compras y Asesoramiento del Poder Judicial realiza un amplio informe en relación a las gestiones realizadas tendientes a la renovación del actual contrato vigente (cfr. fs. 12/18).
Que en tal sentido, hacen saber que en fecha 18/02/22 se recibió la propuesta de renovación del propietario del inmueble, por el término de tres (3) años, con un importe inicial de $120.000,00, indicando que el canon mensual resultará ajustado a razón del 40% anual para el segundo y tercer período quedando los montos del segundo año por $168.000,00 mensuales y tercer año por $235.200,00 mensuales e informan que se propone como alternativa de ajuste anual el ICL – índice de contratos de locación publicado por el B.C.R.A. (cfr. fs. 16).-
Que, asimismo, se informa que actualmente se abona la suma de $85.448,00, significando el importe pretendido, un incremento inicial del 40,12% e indican que el traslado a otro inmueble generaría gastos correspondientes a reformas y/o adecuaciones edilicias, eléctricas, equipamiento de refrigeración, cableados de red, cableados telefónicos, mudanza, etc..-
Que la Contaduría General del Poder Judicial emite informe de su competencia comunicando que la propuesta de renovación del contrato de alquiler agregada a fs. 16 resulta razonable respecto a los valores que este Poder Judicial maneja para el presente ejercicio y siguientes. Asimismo, informan respecto del sellado fiscal correspondiente y realizan la imputación del crédito presupuestario (cfr. fs. 20).-
Que ha tomado intervención la Comisión de Locaciones del S.T.J.E.R. expresando que, en virtud de lo dictaminado por la Contaduría General del Poder Judicial y conforme lo informado por la Oficina de Compras y Asesoramiento, correspondería aceptar la propuesta de renovación en dicho inmueble y celebrar el nuevo contrato (cfr. fs. 22 y 24).-
Que la señora Directora de la Dirección de Arquitectura Judicial, Arq. Diana Zilli, expresa lo siguiente: “Tomando nueva intervención en las presentes se comunica que procedió a establecer contacto con el Juzgado, a través del Secretario N° 2, a los efectos de constatar si persisten los inconvenientes citados en informe de fs. 6. Al respecto se menciona que fue ratificada la persistencia de todos los puntos señalados con la salvedad de que el inconveniente con el abastecimiento de agua desde red (pto. 5) sólo se presentó en una oportunidad, en febrero. A partir de lo expresado, se estableció contacto telefónico con el propietario, Sr. Iván Gebhart, para informarle respecto de esas situaciones y solicitarle su atención a la mayor brevedad posible, obteniendo respuesta afirmativa…” (cfr. fs. 27).-
Que el Area de Asuntos Administrativos del S.T.J.E.R. mediante correo electrónico solicitó al propietario del inmueble, que a la mayor brevedad posible realice las acciones necesarias para la atención de los problemas pendientes de solución del inmueble y/o se expida en relación a los mismos. En relación a ello, en fecha 08.04.2022 el señor Ivan F. Gebhart respondió al mismo expresando que “se programarán los trabajos de adecuación y mantenimiento que correspondan en oportunidad conveniente para el funcionamiento del Juzgado y disponibilidad operaria.” (cfr. fs. 29/30).-
Que la celebración del contrato se suscribirá entre la Presidenta del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, en representación del Alto Cuerpo, en carácter de locatario, y el propietario del inmueble ubicado en calle Santiago del Estero n° 382 de Paraná, Iván Federico Gebhart (DNI n.° 26.789.170), en carácter de locador, conforme al modelo de contrato de locación aprobado por Acuerdo General Nº 11/18 del 24-04-18, estipulándose un canon locativo mensual de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,00) para el primer año; de PESOS CIENTO SESENTA y OCHO MIL ($168.000,00) para el segundo año y de PESOS DOSCIENTOS TREINTA y CINCO MIL DOSCIENTOS ($235.200,00) para el tercer año.
Que asimismo en dicho contrato, se deberá incorporar en la cláusula Novena de “reparaciones”, los inconvenientes edilicios informados por la Dirección de Arquitectura Judicial, a saber: ingreso de agua por parte inferior de puerta de ambiente posterior y de oficina de Secretaría N°1, acumulación de agua de lluvia en cubierta del mismo sector y en piso de patio, existencia de baldosas sueltas en interior del inmueble y en escalones del patio e inconvenientes con el abastecimiento de agua desde la red (por falta de presión), acordándose que el locador efectúe los trabajos necesarios a fin de dar solución a los mismos, sin costo alguno para este Poder Judicial, y conforme al compromiso asumido oportunamente por el señor Iván Federico Gebhart (cfr. fs. 30).-
Que la presente contratación se encuadra en el art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios.
Por ello, y en virtud de los considerandos precedentes;
SE RESUELVE:
1º) Autorizar la renovación del alquiler del inmueble ubicado en calle Santiago del Estero nº 382 de Paraná de titularidad del señor Ivan Federico Gebhart (DNI n.° 26.789.170), conforme lo dispuesto en el art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios, por el plazo de tres (3) años, a partir del 1° de junio de 2022 hasta el día 31 de mayo de 2025.-
2º) Autorizar a la Tesorería General del Poder Judicial a invertir hasta la suma total de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($6.278.400,00), con un canon locativo mensual de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,00) para el primer año; de PESOS CIENTO SESENTA y OCHO MIL ($168.000,00) para el segundo año y de PESOS DOSCIENTOS TREINTA y CINCO MIL DOSCIENTOS ($235.200,00) para el tercer año, haciéndole saber que dichas sumas se pagarán a mes vencido.-
3º) Hacer saber al señor Iván Federico Gebhart, propietario del inmueble de calle Santiago del Estero Nº 382 de esta ciudad de Paraná, que al momento de la suscripción del contrato pertinente deberá presentar la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos de la propiedad; Documento Nacional de Identidad; Condición fiscal ante la AFIP, constancia de libre deuda de ATER, debiendo elevarla en copia certificada, junto con el contrato debidamente sellado e imputado, y fotografías que den cuenta del estado del Edificio. Asimismo una vez suscripto deberá reponer en concepto de sellado fiscal la suma de PESOS TREINTA y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA y DOS ($31.392,00), correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del total, más el importe por cada copia del contrato; quedando el Poder Judicial exento por el 50% restante (art. 245 inc. “a” del Código Fiscal to. 2018 – Decreto N° 3564/18 M.E.O.S.P.).-
4°) Imputar la erogación con cargo al crédito de la partida: DA 953 – C 1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del presupuesto 2022 y siguientes, conforme excepción prevista en el art. N° 17 inc. b) de la Ley N° 5.140 (TO Dto. N° 404/95 MEOPS).-
5°) Incorporar en la cláusula Novena de “reparaciones” del modelo de contrato de locación aprobado por Acuerdo General nº 11/18 del 24-04-18, los inconvenientes edilicios informados por la Dirección de Arquitectura Judicial a fs. 6, estipulándose que el locador efectúe los trabajos necesarios a fin de dar solución a los mismos, sin costo alguno para este Poder Judicial.
6º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería General del Poder Judicial y oportunamente pasar a la Oficina de Compras a sus efectos.-FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – CLAUDIA M. MIZAWAK – MARTIN F. CARBONELL.- ANTE MI: ESTEBAN SIMON

ES COPIA

DR. ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.