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Establecidas en Ley Orgánica Nº 6902 artículo 126º y en el Acuerdo General Nº3/19 del 27-02-18.

  • Elaborar el anteproyecto de Presupuesto del Poder Judicial, proponer y controlar sus modificaciones.
  • Proyectar la distribución de los créditos presupuestarios para cada dependencia.
  • Controlar y evaluar la ejecución presupuestaria y proponer las medidas correctivas.
  • Cumplira la normativa contable y financiera y mantener vigente los sistemas de registración, efectuando las adecuaciones pertinentes de acuerdo a las necesidades del Poder Judicial.
  • Dictaminar sobre el procedimiento a seguir en las compras y/o contrataciones en concordancia con las normas vigentes e intervenir preventivamente en toda adquisición y contratación.
  • Exigir y controlar mensualmente las Rendiciones de cuentas para su presentación a los organismos de contralor provincial.
  • Intervenir preventivamente en todos los actos que generen libramiento de pago con cargos a fondos previstos en el presupuesto u otras leyes.
  • Mantener actualizado el registro de Declaraciones Juradas Patrimoniales.
  • Practicar y controlar las liquidaciones de haberes y realizar el pago correspondiente al personal del Poder Judicial.
  • Expedirse sobre la factibilidad presupuestaria en materia de personal cuando impliquen modificaciones de cargos o incrementos de gastos.