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Resol.Trib. Sup. Nº 193/2022 -AAA- “JUZGADOS DE PAZ Nº 1 Y Nº 2 Y TURNO VOLUNTARIO S/ ALQUILER INMUEBLE (VENCIMIENTO 31.08.2022)” – Expte. Nº 47305 – SSE 3626/21.-

Resol.Trib. Sup. Nº 193/2022 -AAA-
“JUZGADOS DE PAZ Nº 1 Y Nº 2 Y TURNO VOLUNTARIO S/ ALQUILER INMUEBLE (VENCIMIENTO 31.08.2022)” – Expte. Nº 47305 – SSE 3626/21.-

///RANA, 21 de septiembre de 2022.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
El estado de las presentes actuaciones, iniciadas en virtud del vencimiento (31/08/2022) del contrato de locación del inmueble de calle San Martín N° 355 de la ciudad de Paraná, donde actualmente funcionan los Juzgados de Paz N° 1 y 2 y Turno Voluntario de esta localidad.
Que a fs. 6 la Dirección de Arquitectura Judicial del STJER realizó un amplio informe, expresando que el inmueble cuenta con una superficie cubierta de 435 m2, con desarrollo en dos niveles donde se localizan los Juzgados y una construcción posterior donde se localiza el Turno Voluntario.
Que continúan informando que consultado a los Juzgados y a la Secretaria del Turno Voluntario, en relación al funcionamiento y estado general de conservación, se refirieron respecto a necesidades vinculadas al acceso al sector posterior del inmueble, que al ser un paso descubierto, presenta incomodidad en los días lluviosos, y asimismo el Turno Voluntario manifestó que sería deseable poder contar con otro sanitario para su uso exclusivo.
Que el inmueble presenta un buen estado general de conservación y no se han presentado inconvenientes derivados de filtraciones u otros similares, destacando que el propietario responde de manera inmediata a cualquier inconveniente que se le reclama.
Que desde la Oficina de Compras del STJER se solicitó al propietario una propuesta de renovación del contrato de alquiler, ante lo cual se recibió un ofrecimiento por el plazo de tres (3) o dos (2) años, con una pretensión de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000) mensuales, con cláusula de indexación del alquiler cada seis meses.
Que la Contaduría General del STJER se expidió respecto a la disponibilidad financiera para hacer frente al gasto, como así también con relación al encuadre legal para proceder a la contratación de un nuevo inmueble, la cual correspondería llevarse a cabo mediante el procedimiento de “Solicitud de Cotización”, de conformidad a lo dispuesto en el art. 118 bis del Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 795/96 M.E.O.S.P., modificatorios y complementarios. De optarse por la renovación o continuidad del alquiler, la contratación deberá ser encuadrada en el Art. 118° Quater de dicho reglamento.
Que además hacen saber que la propuesta de renovación efectuada por el Dr. José Arias resulta muy elevada en relación a los valores que se manejan presupuestariamente considerando que las partidas para este tipo de inversiones se han incrementado solo en un 40/45% respecto al ejercicio anterior, por lo que interesan una mejora de oferta con un tope del 50% de incremento respecto del canon anual.
Que el Superior Tribunal de Justicia mediante Acuerdo General Nº 23/22, del 02.08.22, Punto 7°) dispuso “(…) hacer saber al Ministerio Público Fiscal que deberá desocupar todas las dependencias que ocupe en el Edificio Central (…)” y asimismo “(…) instalar el 1 de septiembre, en el edificio del STJ –sito en calle Laprida N° 255 de esta capital-, los Juzgados de Paz, el Turno Voluntario y la Sala de Audiencias para el fuero del trabajo; fecho, proceder a la rescisión del contrato de alquiler del inmueble de calle San Martin N° 355, por cuestiones presupuestarias (…)”.
Que por instrucciones de la Presidencia del STJER se requirió al propietario del inmueble una prórroga del contrato de locación por el plazo de cuatro (4) meses, hasta el día 31/12/22, a fin de que el Ministerio Público Fiscal cuente con un lapso de tiempo considerable para desalojar el espacio donde se instalarán los Juzgados de Paz y Turno Voluntario de esta ciudad.
Que en relación a ello el señor Secretario de Superintendencia N° 2, Dr. Esteban Simon, efectuó las gestiones pertinentes ante el propietario del inmueble a fin de obtener una prórroga del contrato, dejando constancia mediante informe actuarial de fs. 29, que “el Dr. José Arias expresó su conformidad respecto a la prórroga del contrato de locación del inmueble de su propiedad, hasta el día 31.12.22 inclusive, por un valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($250.000,00) mensuales.”.-
Que obra nueva intervención de la Contaduría General del STJER manifestando que resulta presupuestariamente viable atender la erogación que se interesa respecto a la prórroga del contrato, por la suma de $250.000 mensuales, por el término de 4 meses, ascendiendo a la suma total de $1.000.000,00, hasta el 31.12.2022 -cfr. fs. 30-.
Que la prórroga del contrato de locación se encuadra legalmente en lo dispuesto en la Cláusula Tercera del contrato suscripto el día 06/09/19 y la Resolución del Tribunal de Superintendencia N° 189/19 del 06/09/2019.-
Que por ello, de conformidad a los considerandos precedentes,
SE RESUELVE:
1º) Autorizar la prórroga del contrato de locación del inmueble de calle San Martín N° 355 de la ciudad de Paraná, donde actualmente funcionan los Juzgados de Paz N° 1 y 2 y Turno Voluntario de esta localidad, por el plazo de cuatro (4) meses a partir del 01/09/2022 hasta el 31/12/2022, por la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000,00), significando un importe mensual de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000,00).-
2º) Autorizar a la Tesorería General del Poder Judicial a invertir hasta la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000,00), con un canon locativo mensual de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000,00).-
3º) Hacer saber al Dr. José Arias, propietario del inmueble de calle San Martín N° 355 de esta ciudad de Paraná, que luego de la suscripción del contrato pertinente, deberá reponer el cincuenta por ciento (50%) del sellado fiscal correspondiente, más el importe por cada copia del contrato; quedando el Poder Judicial exento por el 50% restante (art. 245 inc. “a” del Código Fiscal to. 2018 – Decreto N° 3564/18 M.E.O.S.P.), presentando oportunamente el contrato debidamente sellado e imputado.-
4º) Imputar la erogación con cargo al crédito de la partida: DA 953 – C 1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del presupuesto 2022 y siguientes, conforme excepción prevista en el art. N° 17 inc. b) de la Ley N° 5.140 (TO Dto. N° 404/95 MEOPS).-
5º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería General del STJER y oportunamente pasar a la Oficina de Compras del STJER a sus efectos.-FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA- CLAUDIA M. MIZAWAK – MARTIN F. CARBONELL-GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO-.ANTE MI: ESTEBAN SIMON.

ES COPIA

ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.