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Oficio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9

 

Al Servicio de Información y Comunicación del STJ:

 

En los autos caratulados: “SOCIEDAD ANONIMA ENTRE RIOS S- PEDIDO DE CONCURSO PREVENTIVO S/ CONCURSO PREVENTIVO (Proceso Tipo A)”, Expte. Nº 3366, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9 -CONCURSOS Y QUIEBRAS- de esta ciudad, del Dr. Ángel Luis Moia, Secretaría Nº 2 del Dr. Luciano José Tochetti, en el día de ayer dictó una resolución en los autos de referencia, la cual se adjunta para la publicación íntegra, como asimismo de las providencias de fechas 17/11/2023 en sus párrafos 2 y 3 y del 24/11/2023 párrafo 4, relacionadas con el trámite otorgado en el Organismo a la distribución y aprobación de las respectivas órdenes de pago correspondientes a las acreencias por pronto pagos laborales en las actuaciones de referencia, tanto en la página web del Poder Judicial así como en el Facebook del Poder Judicial, conforme lo allí dispuesto.

 

A continuación se transcriben las piezas pertinentes de las providencias referenciadas en el párrafo precedente, a saber:

 

-“PARANA, 17 de noviembre de 2023.- (…) Por devueltas las presentes, téngase presente lo dictaminado por el OMTC de este Juzgado y Secretaría y encontrándose vencido el plazo de puesta de manifiesto ordenado en fecha 08/11/2023, apruébase la planilla de distribución del 12° pago de créditos prontopagables confeccionada por la sindicatura en fecha 08/11/2023; 8:26 hs.

Atento la naturaleza alimentaria de los créditos reconocidos como prontopagables, excepcionalmente, requiérase a la sindicatura que genere las respectivas Ordenes de Pago Electrónicas de la planilla aprobada en el párrafo precedente, debiendo solicitar su aprobación con el detalle respectivo, mediante presentación en estos actuados. (…)

Fdo. Ángel Luis Moia -Juez-“.

 

-“PARANÁ, 24 de noviembre de 2023. (…) Proveyendo presentación electrónica de fecha 22/11/2023; 11:02 hs.: Atento lo interesado por la sindicatura, lo informado precedentemente por el actuario, estado y constancias de autos; efectuados los controles de rigor, corresponde aprobar las órdenes de pago electrónicas ingresadas y referenciadas en el informe actuarial que antecede, correspondientes a la Duodécima Planilla de créditos prontopagables aprobada oportunamente en autos; con las excepciones que se disponen en los párrafos siguientes.(…)

Fdo. Ángel Luis Moia -Juez-“.

 

-“PARANÁ, 27  de noviembre de 2023 Advirtiendo que en la resolución dictada en el día de la fecha que dispone sacar los autos de despacho por error de tipeo se consignó comunicar al SIC a los fines de la publicación de la providencia “…del 24/11/2023 párrafo 3…”, aclárese la misma haciendo saber que corresponde disponer la comunicación de la providencia “…del 24/11/2023 párrafo 4…”, por ser lo correcto. Regístrese.

En consecuencia, líbrese oficio al Centro de Información y Comunicación del Excmo S.T.J., a los fines de la publicación tanto en la página web del Poder Judicial así como en el Facebook del Poder Judicial, y conforme lo ordenado en el Pto. 2.- del Resolutorio del día de la fecha y la presente. Confección por Secretaría y diligenciamiento vía correo electrónico. Fecho vuelvan las presentes a Despacho para resolver.

Firmado Ángel Luis Moia -Juez-“.

 

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28 de noviembre de 2023

SIC-STJER

 

 

Parte de prensa N° 531

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