El vocal de feria del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Germán Carlomagno y las vocales de feria Claudia Mizawak y Gisela Schumacher resolvieron, en ese orden, las actuaciones caratuladas “Reggiardo Carlos Guillermo c/ municipalidad de Victoria s/ acción de amparo, Expte. Nº 26068.
El magistrado y las magistradas declararon la nulidad del punto 4º) del fallo del 15/12/2022 y rechazaron el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia del 15/12/2022, la que, por los fundamentos de la presente, se confirma; rectificándose en su punto 2º) el término “especies arbóreas” por el de “ejemplares arbóreos”.
El vocal Carlomagno y las vocales Mizawak y Schumacher impusieron las costas de esta instancia a la accionada vencida (art. 20 LPC) y resolvieron, en disidencia, no regular honorarios profesionales a los apoderados de la demandada -art. 15 del Dec.-Ley Nº 7046, rat. Ley 7503.
13 de enero de 2023
SIC STJER