Dada la situación epidemiológica por la que transita la provincia de Entre Ríos y considerando la curva ascendente de casos de Covid-19 que se replica hacia adentro del sistema judicial, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia resolvió ayer, en Acuerdo Especial, disponer a partir del martes 20 y hasta el 30 de abril, inclusive, una nueva modalidad de trabajo. La medida podrá ser prorrogada si las circunstancias lo ameritan.
Se suspenden las audiencias programadas del fuero penal que prevean la presencia de más de 10 personas, debiendo realizarse de manera telemática aquellas que puedan efectuarse de ese modo. También la realización de los juicios por jurado programados durante el lapso alcanzado por la medida.
Vista la situación epidemiológica por la que transita la provincia de Entre Ríos y considerando la curva ascendente de casos de Covid-19 que se replica hacia adentro del sistema judicial, el STJ ha venido trabajando hace tiempo en la digitalización de expedientes y demás trámites, así como en el desarrollo de sistemas y de una infraestructura de puestos de teletrabajo que posibilitan que la presencialidad puede ser exceptuada en situaciones especiales, más aun cuando ello no supone una disminución de la capacidad de respuesta del servicio.
En tal sentido, desde la Dirección de Gestión Humana del STJ se presentó una propuesta, a fin de reducir la presencialidad y la circulación por la vía pública.
Entre las mismas se detallan:
Teletrabajo: deberán utilizar esta modalidad un tercio (mínimo obligatorio) del personal técnico y administrativo. Las autoridades del organismo deberán asistir de manera presencial, a excepción de aquellas que son de riesgo.
Doble turno: en caso de que el personal que se desempeña de manera presencial supere la cantidad aprobada por el Área de Salud Ocupacional, el mismo deberá distribuirse en turno mañana (7 a 13 horas) y turno tarde (14 a 20 horas).
Todos los actos deberán realizarse de manera telemática: audiencias, entrevistas, etc., salvo que ello resulte de imposible cumplimiento.
Restricción en el acceso de personas ajenas al Poder Judicial a los edificios de Tribunales, respetando el sistema de turnos, audiencias programadas u otras citaciones.
Cumplimiento de los protocolos sanitarios: se deberán reiterar los protocolos sanitarios aprobados; realizar rondas médicas semanales; encomendar a las autoridades de cada organismo el control activo del cumplimiento de los protocolos y utilización de elementos de bioseguridad.
19 de abril de 2020
SIC-STJER