La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, resolvió rechazar el recurso de queja articulado por los abogados José C. Pérez y Raúl E. Barrandeguy, en carácter de defensores técnicos de Juan José Canosa. La resolución fue en el marco de la causa”CANOSA, Juan José – Negociaciones Incompatibles con la Función Pública S/RECURSO DE QUEJA”.
El fallo de la Sala Penal, conformada por Miguel Ángel Giorgio, Claudia Mizawak y Martín Carbonell, confirma la resolución de la Cámara de Casación Penal, que denegó la IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA oportunamente deducida contra la resolución del mismo Tribunal que rechazó el Recurso de Casación interpuesto contra la sentencia del 12 de setiembre de 2018 dictada por el Tribunal de juicio y Apelaciones, integrado por los vocales Alejandro Grippo, Alejandro Cánepa y Gustavo Pimentel.
Canosa fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento condicional con más inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública.
Fundamentos de sentencia
En el análisis del planteo realizado por la defensa de Canosa, el vocal Miguel Ángel Giorgio concluyó que “la decisión contra la cual se deduce el recurso cuya denegatoria se intenta revertir, resulta ajustada a la norma de rito específica que establece las condiciones de admisibilidad del recurso intentado, por lo que se constata así correctamente denegada la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa. Por consiguiente, la queja articulada se revela como manifiestamente improcedente y debe ser rechazada”.
En su voto, Mizawak entendió que los abogados de Canosa “ no formulan una crítica de aquellos fundamentos en que se apoya el pronunciamiento denegatorio de la impugnación extraordinaria que se pretende revertir y se limitan a exponer sus propias convicciones acerca de cómo debió resolverse la cuestión y reiteran los planteos que sustentan su teoría del caso, pero no aportan argumentos susceptibles de descalificar las razones invocadas por la Cámara de Casación para decidir, demostrando el error de la denegatoria en crisis, lo que implica un insalvable obstáculo para abordarla por esta Alzada”.
En tanto Martín Carbonell manifestó su adhesión a la solución propuesta por Giorgio y Mizawak.
12 de febrero de 2021
SIC-STJER