El Superior Tribunal de Justicia hizo saber que los amparos y procedimientos constitucionales quedan expresamente excluidos de la medida de suspensión de plazos, tanto en Paraná como en Gualeguaychú.
1 de septiembre de 2020.
SIC-STJER
El Superior Tribunal de Justicia hizo saber que los amparos y procedimientos constitucionales quedan expresamente excluidos de la medida de suspensión de plazos, tanto en Paraná como en Gualeguaychú.
1 de septiembre de 2020.
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