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La Sala Penal del STJ confirmó la condena a Raúl Taleb con modificaciones

La Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal Superior Tribunal de Justicia integrada por Daniel Carubia, Claudia Mónica Mizawak y Emilio Aroldo Eduardo Castrillon, resolvió hacer lugar parcialmente a la impugnación extraordinaria deducida por el abogado Julio Federik, defensor técnico del encausado Raúl Abraham Taleb, contra la dictada por la Sala Nº 1 de la Cámara de Casación Penal de esta Capital . La modificación del fallo de primera instancia está vinculado a las penas de inhabilitación absoluta perpetua a ocupar cargos públicos y la multa. La condena a 3 años de prisión de cumplimiento condicional por enriquecimiento ilícito contra el ex funcionario público no fue modificada y deberá cumplirla.

La resolución firmada hoy deja sin efecto el punto 1 de la parte resolutiva de la sentencia dictada por la Excma. Cámara Primera, Sala Primera de esta ciudad, sólo en cuanto dispuso la inhabilitación absoluta perpetua y la multa de pesos cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos setenta y siete ($442.507,00), confirmándola en todo lo demás.
La Sala Penal le impuso a Taleb la pena de inhabilitación absoluta por el término de cinco (5) años – art. 268 (2), del Código Penal, texto según Ley 16.648-.
Los fundamentos del fallo serán dados a conocer el 12 de septiembre próximo a las 12:30 hs.

Antecedentes.
El 18 de abril de 2016, por unanimidad, el Tribunal integrado por Elvio Osir Garzón, Miguel Ángel Giorgio y Daniel Malatesta declaró a Raúl Abraham Taleb autor material y responsable del delito de enriquecimiento Ilícito de funcionario público. Fue condenado a la pena de 3 años de prisión condicional con más la de Inhabilitación absoluta perpetua y multa de cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos setenta y siete ($ 442.577) -arts.5, 40, 41, 45 y 268 (2) del Código Penal, según texto Ley Nº 25.188.
Además se le fijó las siguientes reglas de conducta a cumplir por el condenado por el término de Tres Años: a) Constituir domicilio, el que no podrá variar sin autorización del Tribunal y b) Realizar trabajos no remunerados en favor de una institución de bien público de la localidad de Diamante, a determinar por la O.M.A una vez firme la sentencia, a razón de cuatro horas semanales -art.28 del C.P.
También se dispuso el decomiso de un inmueble sito en calle Buenos Aires de la ciudad de Paraná, que quedará a disposición del Estado provincial una vez firme la sentencia.
El 23 de noviembre de 2017 la Cámara de Casación Penal rechazó el recurso de Casación interpuesto por la defensa de Taleb y se confirmó la sentencia.

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        13 de agosto 2019
Martin Fabre
Jefe SIC-STJER
 

 

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