Mesa

Información
permanente

0800 4446372

Atención 24hs.

El STJ detalló cuál fue su intervención cuando surgió información sobre presuntos delitos en el área de efectos secuestrados

El Superior Tribunal de Justicia, ante las declaraciones testimoniales brindadas en el día de ayer en el marco de la causa donde se investiga la sustracción de armas en custodia del Poder Judicial, teniendo en consideración que lo difundido sobre las mismas es inexacto y no se condice con lo acreditado en la causa, dio a conocer la siguiente información que da cuenta de su intervención en momentos en que el Ministerio Público Fiscal desarrollaba su investigación.

        El Alto Cuerpo entrerriano dio a conocer su intervención en relación a lo que hoy es la causa caratulada “Vitale, Antonio María Daniel S/Peculado en Concurso Ideal Infracción al Art. Nº 255 del Código Penal, Infracción al Art. 189 Bis Inc. 4º del Código penal” que se juzga en los Tribunales de Paraná, en lo que se refiere a lo difundido de las declaraciones testimoniales que se brindaron en el día de ayer.
        El STJ tomó conocimiento de la investigación que llevaba a cabo el Ministerio Público Fiscal en febrero de 2016 a través de dos vías.
        Por un lado, la información acercada en febrero de 2016 a la Secretaría de Superintendencia N° 1, a cargo de la Dra. Elena Salomón, de un pedido de allanamiento de cuyos fundamentos surgía que se habrían estado sustrayendo armas de los depósitos dependientes de la Sección Efectos Secuestrados. En segundo lugar, por una comunicación -primero verbal y luego escrita a pedido de la funcionaria – que presentara ante la Presidencia del Alto Cuerpo la Secretaria a cargo de la Mesa de Información Permanente de Paraná, Dra. María Isabel Budini, donde surgía la posible comisión de delitos por parte de un empleado de dicha oficina de apellido Almeida Federik.
        La Dra. Budini presentó, en fecha 22 y 23 de febrero de 2016, dos notas a raíz de una serie de informaciones verbales que la funcionaria había manifestado en fecha 19 de febrero de 2016 a la Dra. Salomón.
        La primera de esas notas, ya que la segunda fue en carácter ampliatorio y aclaratorio, fue presentada a pedido de la Secretaria de Superintendencia N° 1, por indicación de la Presidenta del Alto Cuerpo. Dra. Claudia Mónica Mizawak, dado que esa es la vía idónea para brindar adecuado tratamiento a un informe que compromete el accionar de empleados judiciales.
        En el mismo día, sin dilación alguna, el Superior Tribunal de Justicia, por disposición de su Presidenta, Dra. Claudia Mizawak, remitió las actuaciones al Ministerio Público Fiscal. Organismo que en fecha 2 de marzo de 2016 dictó -en consideración a la presentación remitida por el STJER- la ampliación de la apertura de causa y, con ello, la investigación Penal Preparatoria, para investigar la conducta del señor Andrés Almeida Federik y de su hermano Diego Almeida Federik. Indagación que siguió adelante con la incorporación de estos antecedentes y de la que no surgió mérito alguno para vincularlos a la sustracción o venta de armas, según lo informó el Ministerio Público Fiscal al STJ.
        De acuerdo a los requerimientos vinculados al mantenimiento de una investigación penal de esas características, el Superior Tribunal de Justicia actuó de manera diligente, pero asegurando el secreto de la investigación.
        En este orden de ideas, en fecha 9 de marzo de 2016 y tomando los recaudos que la seguridad del secreto investigativo ameritaba, se dispuso por Presidencia el apartamiento del empleado del organismo, reubicándolo en otra dependencia.
        La actuación administrativa del STJ, en la etapa mencionada, estuvo sujeta al expreso requerimiento de secreto de la investigación del Ministerio Público Fiscal, ya que cualquier accionar que alertara a los involucrados podía poner en riesgo medidas de prueba que se producían al momento y el éxito de la investigación misma.
        Más allá de la investigación penal, el Superior Tribunal de Justicia registra en trámite actualmente procesos administrativos disciplinarios que se encuentran en curso y con el proceso legal y reglamentario correspondiente respecto de los involucrados.
        A continuación se puede consultar la documentación que da cuenta de los pasos seguidos por el STJ.

Cargador Cargando...
Logotipo de EAD ¿Tarda demasiado?

Recargar Recargar el documento
| Abrir Abrir en una nueva pestaña

Descargar [178.00 B]

        Información SIC Nº 47/18 – 28 de marzo de 2018.

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER
sic.jusentrerios@gmail.com
prensatribunales@jusentrerios.gov.ar

image_pdfImprimir