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Condenan a tres policías por acudir al lugar de un robo y no tomar ninguna intervención

-Un oficial y dos suboficiales de la Policía de Entre Ríos fueron condenados a penas de cumplimiento condicional más reglas de conducta e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la pena, por Violación de los Deberes de Funcionario Público. Los acusaron de haber acudido a una vivienda de Avenida Ramírez Sur donde había ocurrido un robo, y retirarse del lugar sin tomar ninguna de las medidas que les exigen el Reglamento General de Policía y el Código Procesal Penal de Entre Ríos, entre ellas, no iniciar las actuaciones de rigor ni preservar la escena del crimen.-

        La Jueza del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, Dra. Elisa Zilli, declaró al oficial de Policía Fidel Barón, autor del delito de Violación de los Deberes de Funcionario Público, y lo condenó a la pena de 1 año de prisión de cumplimiento condicional, más la realización por dos años de las reglas de conducta que disponga la Oficina de Medios Alternativos, y la inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena. Del mismo modo, encontró autores del mismo delito a los subificiales Roberto Daniel Ramírez y Matías Alejandro Iselli, a quienes condenó a 5 meses de prisión de cumplimiento condicional, más 2 años de pautas de conducta e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la pena.
         Los policías fueron acusados en Juicio Oral y Público por las ficales, Dras. Carolina Castagno y Paola Farinó, de haber acudido el 19 de octubre de 2014 a las 23.40 a una vivienda de Avenida Ramírez al 4.200, ante la alerta del Sistema 911, por un aviso de robo, y no tomar ninguna de las medidas que les imponen las normas que regulan la actividad de los integrantes de la fuerza de seguridad. El Ministerio Público Fiscal pidió en el debate una pena de 1 año y dos meses de prisión para el Oficial Barón, y 8 meses para cada uno de los suboficiales.
         Por su parte, los defensores de Ramírez e Iselli (los Dres. Marcelo Franco y Víctor Rodríguez Montiel), sostuvieron que los suboficiales cumplieron con los deberes correspondientes a su jerarquía, y que en los procedimientos es el oficial el responsable de elaborar los partes de novedades y comunicarse con los fiscales. Además, añadieron que ambos acudieron al lugar en apoyo, puesto que prestaban servicio en una jurisdicción diferente de la del lugar del robo.
         Por su parte, la defensa del oficial Barón, a cargo del Dr. Bartolomé Gaggero, aseguró que su cliente nunca se enteró que a la vivienda en cuestión habían ingresado ladrones, por lo que no tuvo conocimiento de ningún delito.
         Luego de analizar las teorías del caso de cada parte y evaluar las pruebas que se produjeron en el plenario, la Jueza Elisa Zilli consideró que quedó en claro que Barón tommó conocimiento de la existencia del ilícito y que no inició, como era su deber, las actuaciones de rigor. En tanto, respecto de los suboficiales, la magistrada sostuvo que no observaron el deber de custodia que les imponía el Código Procesal Penal de la Provincia. Es decir, no se ocuparon de cuidar los rastros materiales del delito, para que se conserven hasta la llegada al lugar del Fiscal, que debe disponer el levantamiento de dichas evidencias.
         La Jueza explicó que dichos deberes, respecto de los tres imputados, derivan del denominado “estado policial”, establecida por el Reglamento General de Policía, y que es un conjunto de deberes y derechos que corresponden a todos los policías, más allá de su jerarquía, que es permanente y no está limitado al destino o departamento donde presten funciones.

        Información SIC Nº 171/16 – 8 de agosto de 2016.-

 

 

 

 

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER
sic.jusentrerios@gmail.com
prensatribunales@jusentrerios.gov.ar

 

 

 

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