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Documento del Procurador General sobre la denominada Causa “Senor”

El Procurador General del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos, Dr. Jorge Amilcar Luciano García, dio a conocer el siguiente documento en relación a manifestaciones publicadas en medios locales sobre la causa penal caratulada “Senor Ricardo Javier, Senor Ricardo Vicente, Scravaglieri Sergio Eduardo y Boll Carlos Ariel S/ Estafa en Perjuicio de la Administración Pública”.

        Ante manifestaciones publicadas en medios locales sobre la causa penal caratulada “Senor Ricardo Javier, Senor Ricardo Vicente, Scravaglieri Sergio Eduardo y Boll Carlos Ariel S/ Estafa en Perjuicio de la Administración Pública”, -referida allí como “causa Senor” o “Grandes Máquinas”, que no se ajustan a la realidad de los hechos investigados, la Procuración General del Poder Judicial de Entre Ríos desea aclarar lo siguiente:
       a)En la referida causa, se atribuyó a las personas arriba mencionadas que “en su calidad de socios e integrantes del Directorio de la firma “B.S.V. S.A.”, Empresa del grupo “SENOR”, y aparentando contar con solvencia económica y técnica solicitaron al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, asistencia financiera para la instalación de la empresa “Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay S.A.”, creada en fecha 23/12/10, destinada a fabricar máquinas cosechadoras e implementos agrícolas. Dicha asistencia económica fue otorgada mediante la celebración de los mutuos plasmados en los Decretos: – Nº 4432/09 GOB, de fecha 30/11/2009, por medio del cual se otorgó un crédito a favor de la firma “B.S.V. S.A.”, por la suma de pesos quinientos setenta y cuatro mil quinientos ($574.500), suma de dinero que fue cedida a la empresa “Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay S.A.”; – Nº 96/11 MEHF, de fecha 02/06/2011, que dispuso el crédito en favor de la firma “Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay”, la suma de pesos cuatro millones ($4.000.000), desembolsados en cuatro etapas; – Nº 529/12 MEHF, por la suma de pesos seiscientos mil ($600.000) y cuatrocientos mil (400.0000), acreditados en fecha 27/03/2012 y 30/03/2012, en la cuenta corriente Banco Macro Nº 3-322-0940722588-1.- Ello así, en posible connivencia con funcionarios competentes y terceros, aparentando cumplir con los avances correspondientes según plan de negocios, como con los requisitos tanto edilicios como contables que se les exigiera en las inspecciones realizadas por el FINVER y el Ministerio de la Producción de la Provincia, lograron con dicha simulación obtener los sucesivos desembolsos de dinero por parte del estado provincial, en fecha 30/11/09; 02/06/11; 19/08/11; 18/10/11; 27/12/11; 11/01/12; 27/03/12 y 30/03/12.- Las sumas dinerarias obtenidas mediante diversas maniobras ardidosas no tuvo egreso con destino a la instalación y puesta en marcha de la empresa “Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay S.A. sino que, fueron finalmente apropiadas o transferidas a terceros causando un perjuicio a la Administración Pública Provincial que asciende a la suma total aproximada de pesos cinco millones quinientos setenta y cuatro mil quinientos ($5.574.500).- Finalmente, en fecha 18/09/12, y en concreción de las maniobras ardidosas, la empresa se presentó en concurso preventivo habiéndose dictado la quiebra de “Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay” en fecha 14 de marzo de 2014 ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de Concepción del Uruguay, garantizando con ello la no devolución de las sumas adeudadas a la Provincia”
        En dicha causa, -un grave delito en perjuicio de la administración pública-, que se tramita por el sistema procesal anteriormente vigente, el Ministerio Fiscal se halla avocado desde el inicio en su investigación junto al Juzgado de Instrucción, sin dilación alguna, salvo las que derivan de la complejidad del caso en vista del concurso y ulterior quiebra de la empresa, lo que agregaría eventualmente la figura de Quiebra Fraudulenta, habiéndose indagado a los encartados mencionados, con petición de su Defensa de ampliación pendiente de producción.-
        b)Asimismo se atribuyó a los funcionarios, el Coordinador General de Gestión del Ministerio de Producción del Gobierno de Entre Ríos , y a la Coordinadora Ejecutiva del Fondo de Inversiones de la Provincia de Entre Ríos (FINVER) ,que “consintieron y apoyaron, actuando sin probidad, realizando con su conducta un aporte necesario sin el cual los integrantes de “Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay S.A.”, no habrían podido concretar su maniobra delictiva antes descripta.-
        Solo el primero de ellos, -Leandro Rodríguez-, ha prestado declaración indagatoria, restando lo efectúe la segunda, Teresita Mabel López, pues a pedido de su defensor se reprogramó la audiencia para el próximo 02/12/2015.-
        También resta pendiente de producción pericial contable en base a los puntos de pericia propuestos por las partes, a causa de la licencia oportunamente solicitada de nuestro entrañable colega recientemente fallecido Perito Contador del STJER Nicolás COZZI, habiéndose excusado los peritos sorteados de la lista.-
        Asimismo resta recibir testimonio a los empleados de la empresa y de algunos proveedores que mantuvieron relaciones con la Empresa Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay S.A., además de prueba instada por la defensa de Teresita Mabel LOPEZ, en orden a la contratación del seguro de caución ante e IAPSER.-
        Fácil es advertir entonces , que la causa se halla en pleno trámite, garantizándose en todo momento la amplitud de derecho de Defensa de los acusados, con la finalidad de llevar a juicio oral y público a todos los responsables de este grave ilícito, ya sea a los nombrados o a los funcionarios competentes que hubieren quebrantado su deber positivo de evitar el resultado defraudatorio, en tanto las probanzas que se aporten lo permitan y tal como nuestra trayectoria de muchos años en el Poder Judicial lo garantiza.-

Dr. Jorge Amilcar Luciano García
Procurador General
Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos

   Información SIC Nº 24/15 – 13 de noviembre de 2015.

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