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ACEPTACION OFERTA NUEVO ALQUILER GUALEGUAYCHU

Resol. Trib. Sup. Nº40/17.-

“SUPERINTENDENCIA DE GUALEGUAYCHU -NECESIDADES EDILICIAS-“. Nº40629.-

//-RANA, 21 de marzo de 2017.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las presentes Actuaciones tienen inicio en virtud del oficio Nº70/16 del 24.05.16 suscripto por el señor Superintendente de la Jurisdicción de Gualeguaychú, Dr. Vicente Martín Romero, junto a los Dres. Adrián Alberto Welp, Fabián Arturo Ronconi, Ana Clara Pauletti, Gustavo A. Britos, Guillermo O. Delrieux y Carlos A. Rossi, interesando el alquiler del inmueble que se ubica en calle Mitre Nº25/27 de esa ciudad en virtud de la creación de una Sala Laboral a la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral -Ley Nº10.274-.-
Que de conformidad a lo manifestado el inmueble propuesto reuniría las condiciones necesarias para el funcionamiento de la Cámara, además de la cercanía que tendría con el edificio central y que el propietario del bien pretendía un canon locativo mensual de Pesos Cuarenta Mil ($40.000,00.-).-
Que, los suscriptores sugirieron, como una buena posibilidad, que el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad se mude a la propiedad sita en calle Luis N. Palma Nº788, donde actualmente funciona la Cámara y ésta al inmueble cuyo alquiler se interesa.-
Que, ante el Área de Asuntos Administrativos tramitan las Actuaciones Nº33278, caratuladas: “JUZGADO DE EJECUCION DE PENAS Y M. DE SEGURIDAD -GUALEGUAYCHÚ- S/ ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 31/01/2014)” y las Nº40247, caratuladas: “JUZGADO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE GUALEGUAYCHU S/ ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 31/01/2017)”.-
Que, el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio Judicial informó -cfr. fs.10- que el inmueble propuesto fue ofrecido con anterioridad durante el año 2014 e inspeccionado mediante una comisión a tal efecto. Que posee una superficie cubierta de 472,40 m2. Que, el inmueble presenta planta baja y dos pisos, no posee ascensor y cuenta con suficientes ambientes para alojar las dos Salas, la MUI y los Técnicos Informáticos, tal como funcionan hoy en el inmueble de calle Luis N. Palma Nº788. En relación a la propuesta de intercambios de inmuebles con el Juzgado de Ejecución de Penas la considera conveniente.-
Que, la Contaduría del Poder Judicial -cfr. fs.12- manifestó que de hacerse lugar a lo interesado correspondería autorizar a la Oficina de Compras y Asesoramientos a la contratación por el procedimiento de Solicitud de Cotización, conforme lo dispuesto en el artículo 118 Bis del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº795/96 M.E.O.S.P., modificado pro Decreto Nº4290/13 M.E.H.F. y complementarios.-
Que, en una nueva comisión de servicios el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio informó respecto de las dos ofertas presentadas ante la Oficina de Compras y Asesoramientos que, -cfr. fs.88- una sita en calle 25 de mayo Nº835 y otra en calle Bartolomé Mitre Nº25/27; de cuya comparación surge que el precio de la locación de esta última es menor.-
Que, la Oficina de Compras y Asesoramientos remitió Informe de Adjudicación Nº288/16, Renglón 1 correspondiente a “Horacio V. Carraza” por la suma total de Pesos Dos Millones Trescientos Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Veinte ($2.358.720,00.-) por ser el menor precio de las dos recibidas, ajustándose a las características mínimas requeridas (cantidad de ambientes, superficies, etc.) para el funcionamiento de las Salas Civil y del Trabajo en la ciudad de Gualeguaychú de acuerdo al informe técnico del Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio de fs.88/90 y además el canon requerido se adecua a los valores corrientes de plaza (Art. 59º, Inc. a) del Dec 795/96 MEOSP).-
Que la Contaduría del Poder Judicial en un nuevo informe manifestó en relación al Informe de Adjudicación Nº288 del 21.11.16 que de aprobarse el mismo el sellado fiscal total ascendería a la suma de Pesos Veintitrés Mil Quinientos Ochenta y Siete con Veinte Centavos ($23.587,20.-) según Ley Nº9.622, Título IV Capítulo I, Art. 12, inc. 9 (modificado por el Art. 15º de la Ley Nº10.270), quedando exento el Poder Judicial por el Cincuenta por ciento (50%) de conformidad a lo establecido en Art. 245, inc. “A” del Código Fiscal T.O. 2014 – Decreto Nº2.554/14 M.E.O.S.P.), debiendo reponer el propietario el Cincuenta por ciento (50%) restante por la suma de Pesos Once Mil Setecientos Noventa y Tres con Sesenta Centavos ($11.793,60.-) más importe por cada copia del contrato.-
Que pasados a dictamen de la Comisión de Locaciones, en relación al inmueble sito en calle Mitre Nº25 de la ciudad de Gualeguaychú, el Dr. Germán Carlomango, se expidió en el sentido de la conveniencia de la contratación de la propiedad, mientras que el Dr. Daniel Carubia consideró la necesidad de intentar una contra-oferta a valores más razonables y acordes al incremento presupuestario del Poder Judicial.-
Que la Oficina de Compras y Asesoramientos solicitó al propietario en virtud de lo dictaminado por la Comisión referenciada, una reconsideración en el precio, arribando la negociación al monto total por la suma total de Pesos Dos Millones Doscientos Setenta y Un Mil Trescientos Sesenta ($2.271.360,00.-), ascendiendo a la suma de Pesos Cincuenta y Dos Mil ($52.000,00.-) para el primer ejercicio, Pesos Sesenta y Dos Mil Cuatrocientos (62.400,00.-) para el segundo año y Pesos Setenta y Cuatro Mil Ochocientos Ochenta ($74.880,00.-) para el último.-
Que, nuevamente se expidió la Comisión de Locaciones -cfr. fs.100 vto.- sobre la admisibilidad de la locación en virtud de la mejora en la propuesta por parte del propietario.-
Que, finalmente la Contaduría del Poder Judicial informó sobre los importes y que el sellado fiscal total a reponer, de aprobarse, sería por al suma de Pesos Veintidós Mil Setecientos Trece con Sesenta Centavos ($22.713,60.-), debiendo reponer el propietario el cincuenta por ciento (50%) correspondiendo a tal efecto la suma de Pesos Once Mil Trescientos Cincuenta y Seis con Ochenta Centavos ($11.356,80.-) más el importe por cada copia del contrato.-
Que, por ello;
SE RESUELVE:
1º) Aceptar la nueva oferta presentada por el Sr. Horacio V. Carraza, correspondiente al inmueble sito en calle Mitre Nº25/27 de Gualeguaychú, para el funcionamiento de la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral, conforme lo dispuesto en el artículo 118 Bis del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº795/96 M.E.O.S.P., modificado pro Decreto Nº4290/13 M.E.H.F. y complementarios.-
2º) Establecer que el contrato de locación será por el plazo de treinta y seis meses, comenzando a regir a partir del 01.04.17.-
3º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a invertir hasta la suma total de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA ($2.271.360,00.-), con un canon locativo mensual de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL ($52.000,00.-) para el primer ejercicio, PESOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS (62.400,00.-) para el segundo año y PESOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($74.880,00.-) para el último, haciéndole saber que dichas sumas se pagarán a mes vencido.-
4º) Autorizar al señor Vocal a cargo de la Superintendencia de Gualeguaychú, Dr. Vicente Martín Romero, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre el contrato de locación con el Horacio V. Carraza, recordándole al Magistrado que debe recabar del propietario al momento de la suscripción del contrato la suma de PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($11.356,80.-) correspondiente al cincuenta por ciento (50%) en concepto de sellado fiscal, más el importe por cada copia.-
5º) Hacer saber al señor Vocal a cargo de la Superintendencia de Gualeguaychú, Dr. Vicente Martín Romero, que al momento de la suscripción del contrato pertinente deberá requerir la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos del mismo; Documento Nacional de Identidad; Condición fiscal ante la AFIP, la de ATER y la constancia de libre deuda; debiendo elevarla en copia certificada, junto con el contrato debidamente sellado e imputado.-
6º) Remitir el modelo de Contrato de Locación vía correo electrónico.-
7º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial y a la Oficina de Compras a sus efectos.-FDO: DRES. CLAUDIA M. MIZAWAK – EMILIO AROLDO EDUARDO CASTRILLÓN – BERNARDO IGNACIO RAMÓN SALDUNA. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-