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SUPERINTENDENCIA – GUALEGUAY SOLICITA DECLARACION INHÁBILES JUDICIALES DÍAS 29 Y 30.07.21 PARA JDO DE FAMILIA POR MUDANZA

Resol. Trib. Sup. N°93 /2021.-
“SUPERINTENDENCIA – GUALEGUAY SOLICITA DECLARACION INHÁBILES JUDICIALES DÍAS 29 Y 30.07.21 PARA JDO DE FAMILIA POR MUDANZA.- S/ INHÁBILES”.- Nº 46945-SSE 2154/21
///-RANA, 28 de julio de 2021..-
VISTO Y CONSIDERANDO:
El estado de las presentes actuaciones, que tiene su origen en la solicitud de fs.1, mediante la cual la Superintendencia de la Jurisdicción de Gualeguay interesa la declaración de inhábil de los días 29 y 30 de julio del corriente año, para proceder al traslado del Juzgado de Familia y ETI de la Jurisdicción de Gualeguay, al nuevo domicilio de calle Urquiza Nº 69, conforme lo resuelto por Tribunal de Superintendencia en resoluciones Nº 60/21 y 71/21 (confr.fs.7/9).-
Que en razón de ello, a fs. 3, el Área de Planeamiento, estima que los trabajos de adecuación del inmueble alquilado en dicha localidad culminen el día 28 de julio, a fin de posibilitar el traslado de los Organismos para los días 29 y 30 de julio próximo, con personal de la Intendencia o Mayordomía de esta ciudad -trasladandose esos días a dicha localidad-, con colaboración de los organismos.
Que a fs. 6, obra constancia en la cual el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio del S.T.J., informó que han sido culminados los trabajos de adecuación del inmueble alquilado en dicha localidad, y que se encuentran en desarrollo los trabajos de recolocación de los equipos de aire acondicionados e instalación de la red informática, contratados mediante Exptes. de la Oficina de Compras Nº.1764/21, 1765/21 y 1734/21, todo según el cronograma previsto, por lo que ratifican las fechas de traslado previstas para los días 29 y 30 de Julio próximo.-
Por ello, y atento lo manifestado en los considerandos precedentes;
SE RESUELVE:
1º) Declarar INHÁBIL JUDICIAL para los días 29 y 30 de julio próximos para el Juzgado de Familia y el ETI de la Jurisdicción de Gualeguay, a fin de realizar los trabajos de mudanza desde el inmueble de calle Rivadavia N° 32 al nuevo inmueble locado de de calle Urquiza N° 69, ambos de la ciudad de Gualeguay, procediendo oportunamente a realizar los trabajos de ordenamiento en el nuevo inmueble.-
2º) Disponer que los trabajos de mudanza de los organismos referidos sean realizados por personal del mismo, con colaboración de la Intendencia de esta ciudad de Paraná, con la asistencia de su personal y los dos camiones del S.T.J. para el traslado del mobiliario.-

3°)  Encomendar al Superintendente de dicha jurisdicción, Dr. Roberto Javier Cadenas, la coordinación del personal de maestranza bajo su jurisdicción, para la colaboración en los trabajos de mudanza dispuestos en los artículos anteriores.-

4º) Dar intervención a las Oficinas de Compras y Patrimonio, Informática e Intendencia a fin de que, conforme lo sugiere el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio del S.T.J, tomen los recaudos pertinentes en lo que es materia de su competencia.-
5º) Publicar la declaración de inhábil judicial para los días 29 y 30 de Julio próximo, para el Juzgado de Familia y ETI de la ciudad de Gualeguay, a través de SIC..-
6º) Notificar de la declaración de inhábil judicial a todos los organismos judiciales de la jurisdicción de Gualeguay por Superintendencia; al Colegio de Abogados Central y a la Sección Gualeguay.-
7º) Registrar.-
FDO: DRES. MARTIN F. CARBONELL – MIGUEL ANGEL GIORGIO – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – JUAN R. SMALDONE. ANTE MI: ESTEBAN SIMON – SECRETARIO.-

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