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Resolu. Trib. Sup. n.° 75 /2022 AAA “COMPRAS Y PATRIMONIO-SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-PARANÁ S ALQILER INMUEBLE P/ ALOJAR JDO. DE PAZ VILLA MANTERO S/ ALQUILER DE INMUEBLE” n.º 47828-SSE 793/22

Resolu. Trib. Sup. n.° 75 /2022 AAA
“COMPRAS Y PATRIMONIO-SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-PARANÁ S ALQILER INMUEBLE P/ ALOJAR JDO. DE PAZ VILLA MANTERO S/ ALQUILER DE INMUEBLE” n.º 47828-SSE 793/22

///-RANA, 19 de mayo de 2022.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las presentes Actuaciones se inician en virtud de la resolución N° 21/22 de fecha 25.02.22, dictada por el Tribunal de Superintendencia STJER (conf. fs. 1/2) que autoriza a la Oficina de Compras y Asesoramiento del STJ a realizar, mediante procedimiento de solicitud de cotización, los trámites pertinentes para la contratación de un espacio físico para el funcionamiento del Juzgado de Paz de la ciudad de Villa Mantero.
Que a fs. 4/41 obran constancias del trámite de la solicitud de cotización N° 98/22, mediante la cual se procedió a la búsqueda de un inmueble en la ciudad de Villa Mantero, con las características técnicas señaladas por la Dirección de Arquitectura a fs. 3.
Que a fs. 34 obra acta de apertura de sobres presentados en la solicitud de cotización, de la cual surge la presentación de una sola oferta por la locación de un inmueble sito en calle Juan Seró S/N, de titularidad del Sr. Clemente Heidenreich, asimismo obra cuadro comparativo con las características de la oferta a fs. 42.
Que a fs. 44/45 la Dirección de Arquitectura realizó el análisis técnico del inmueble ofertado, informando que se encuentra ubicado en calle Juan M. Seró s/n, propiedad del Sr. Clemente Heidenreich, consta de 116 m2, que el mismo se encuentra en buenas condiciones generales, por su estado edilicio, ubicación, distribución general y superficie total se considera apropiado para el funcionamiento del organismo que se interesa instalar. Por otra parte señala que debe considerarse construir un divisorio para generar mínimamente el despacho del magistrado y se propone cambiar el color del frente. Indica además que la propiedad presenta una adecuada distribución de ambientes por lo que el divisorio propuesto generaría un despacho con baño y acceso propios, quedando el segundo baño para uso del público. El acceso principal resulta apto para personas con discapacidad motriz.
Que a fs. 46 la Oficina de Compras informa que la propuesta económica es de $336.000,00 para el primer año, $537.000,00 para el segundo año, $860.160,00 para el tercer año, representando un salto anual del 60% para cada período.
Que a fs. 47 interviene la Contaduría General informando que resulta presupuestariamente viable atender la erogación que importa dicha oferta, correspondiendo imputarse al crédito de la partida DA 953 – C 1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del Presupuesto 2022 y de los presupuestos siguientes en el marco de lo previsto en el artículo 17º, inciso b), Ley Nº 5.140 (to. Decreto 404/95 M.E.O.S.P.).
Asimismo, informa que en este caso el sellado fiscal total, de corresponder por parte de ATER, ascendería a la suma de $17.337,60 según Ley n.°10.949 – Art. 12 inc.2 (que sustituye el art. 12° de la ley 9622 y modificatorias -T.O. 2018), quedando el Poder Judicial exento por el 50% (Artículo 245 inc. “a” del Código Fiscal to.2018 – Decreto n.° 3564/18 M.E.O.S.P.), y debiendo reponer el propietario el 50% restante de esa suma, es decir el importe de $ 8.668,80, más importe por cada copia del contrato.
Que a fs. 48 obra dictamen de la Comisión de Locaciones del STJER manifestando que “Analizados los informes de la Dirección de Arquitectura (fs. 44/45), de la Oficina de Compras y Asesoramiento (fs. 46) y lo dictaminado por la ContadurÍa General a fs. 47; por resultar la única oferta presentada, sumado a la opinión favorable de las áreas involucradas en relación a la aptitud del inmueble para el uso de oficina judicial y la viabilidad presupuestaria para afrontar la erogación; correspondería avanzar en la adjudicación y celebración del contrato de locación.”
Que el contrato se suscribirá entre el señor Juez de Paz subrogante de la ciudad de Villa Mantero, Dr. Juan Carlos Cabrera, en representación del Superior Tribunal de Justicia, en carácter de locatario; y, el locador, el Sr. Clemente Heidenreich, CUIT 20-05830282-2, conforme el modelo de contrato de locación aprobado por Acuerdo General Nº 11/18 del 24-04-18.
Que la presente contratación deberá encuadrarse en el Art. 17º, Inc. b) y Art. 26º Inc b) de la Ley 5.140 – texto único y ordenado por Decreto Nº 404/95 MEOSP -, Art. 118º Bis y Ter del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto N° 4290/13 M.E.H.F. y complementarios.
Por ello y en razón de lo manifestado en los considerandos precedentes;

SE RESUELVE:
1°) Aprobar la solicitud de cotización Nº 98/22, cuya fecha de apertura tuvo lugar el dia 07 de abril de 2.022, para la contratación de un (1) inmueble para alojar el Juzgado de Paz de la ciudad de Villa Mantero, de conformidad con lo expresado en los considerandos precedentes.
2º) Adjudicar la propuesta por la locación del inmueble ubicado en calle Juan M. Seró s/n, con una Superficie cubierta de 116 m2, de titularidad del Sr. Clemente Heidenreich CUIT 20-05830282-2 , por el plazo de treinta y seis (36) meses a partir de la suscripción del contrato por la suma total de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($1.733.760,00) siendo el primer año un canon de PESOS VEINTIOCHO MIL ($28.000,00) mensuales, segundo año PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($44.800,00) mensuales, y para el último año PESOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($71.680,00) mensuales, por ser oferta válida ajustándose a las bases y condiciones de la solicitud de cotización y especificaciones edilicias requeridas por la Dirección de Arquitectura Judicial del STJ y por ser su valor conveniente a los intereses del Poder Judicial conforme lo dictaminado por la Comisión Edilicia y de Locaciones del STJ.
3º) Facultar al señor Juez de Paz de la ciudad de Villa Mantero Dr. Juan Carlos Cabrera, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre contrato de locación con el Sr. Clemente Heidenreich CUIT 20-05830282-2, conforme el modelo de contrato aprobado por Acuerdo General Nº 11/18 del 24-04-18, debiendo recabar el sellado fiscal correspondiente o en caso de estar exento, requerir la norma que así lo disponga.
4º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial, a invertir la suma total de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($1.733.760,00) significado para el primer año la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL ($28.000,00) mensuales, segundo año PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($44.800,00) mensuales, y para el último año PESOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($71.680,00) mensuales, pagaderos por mes vencido a partir de la fecha de suscripción del contrato.
5°) Tomar razón de la presente en las actuaciones caratuladas “DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA JUDICIAL-PARANÁ – S/ SITUACION EDILICIA INMUEBLE JUZGADO DE PAZ VILLA MANTERO”.- n.º 47533-4750/21sse.
6º) Imputar la erogación con cargo a la cuenta detallada por la Contaduría del Poder Judicial a saber: DA 953 – C 1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del Presupuesto 2022 y de los presupuestos siguientes en el marco de lo previsto en el artículo 17º, inciso b), Ley Nº 5.140 (to. Decreto 404/95 M.E.O.S.P.)
7º) Registrar y notificar con copia de la presente al oferente, al Area de Arquitectura Judicial, Contaduría General, Tesorería del Poder Judicial y a la Oficina de Compras. FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO -CLAUDIA M. MIZAWAK -MARTIN F. CARBONELL – ANTE MI: ESTEBAN SIMON

ES COPIA

DR. ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.