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Resol.Tribu. N° 2/2022 JUZGADO DE PAZ- BASAVILBASO S ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 31/12/2021).- 46103

Resol.Tribu. N° 2/2022
JUZGADO DE PAZ- BASAVILBASO S ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 31/12/2021).- 46103
///RANA, 5 de enero de 2022.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
El estado de las presentes actuaciones, iniciadas en virtud del vencimiento del contrato de locación del inmueble de calle Ramirez y Barón Hirsch, donde actualmente funciona el Juzgado de Paz de Basavilbaso, cuyo vencimiento operará el próximo 31.12.2021.
Que a fs. 4, el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio del S.T.J., manifestó que el inmueble presenta un buen estado de conservación general y que el propietario responde en forma inmediata cuando se le requiere, sin perjuicio de ello existieron problemas de filtraciones de cubierta que el propietario reparó, y que en la actualidad se encuentran gestionando ante el mismo, los trabajos de pintura interiores necesarios para completar la reparación de las filtraciones, debido que no han surgido nuevos inconvenientes.-
Que a fs. 17, la Oficina de Compras realizó las gestiones tendientes a la localización de nuevas alternativas de inmuebles en alquiler que reúnan las características requeridas para el alojamiento del Juzgado de Paz de Basavilbaso, como también la solicitud al propietario de una propuesta de renovación del actual contrato por el término de (3) tres años, la que se agrega a fs. 10
Que, la Oficina de Compras resalta la dificultad y complejidad que presenta la disponibilidad de inmuebles en condiciones de alquilar en las jurisdicciones del interior de la Provincia; asimismo entiende que el importe pretendido por el propietario en la propuesta de renovación por el término de (3) tres años está muy por encima, en porcentajes, de los valores de renovaciones realizadas.
La Contaduría General informa a fs. 19 que actualmente se abona la suma de Pesos DIECISIETE MIL NOVENTA Y SIETE ($17.097.00) mensuales por el alquiler del inmueble actualmente ocupado, sito en calle Ramirez y Barón Hirsch, con vencimiento el 31.12.21. Que, de interesarse la locación de un nuevo inmueble, correspondería autorizar a la Oficina de Compras y Asesoramiento a su contratación por el procedimiento de Solicitud de Cotización; y que de optarse por la renovación o continuidad del alquiler, la contratación deberá encuadrarse en el Art. 118 Quater del Reglamento de Contratación aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto Nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios. Que en cuanto a la propuesta de renovación agregada a fs.10, el alquiler mensual pretendido por el primer año, es de $30.000,00 mensuales, lo que implica un incremento del 88 %
resultando excesivo respecto a los valores que este Poder Judicial podría afrontar. Por lo que sugiere una mejora de oferta a la propietaria que no supere el 40 % en los incrementos solicitados para los tres (3) años, lo que se ajustaría al que normalmente se pacta en las renovaciones de contratos de alquiler.-
Que, dada intervención a la Comisión de Locaciones dictamina a fs. 22 y 24, solicitar al propietario una mejora de oferta, ajustada a las posibilidades presupuestarias de este Poder Judicial, es decir, que no supere el 40% de incrementos anuales.-
Que debido a ello, se iniciaron gestiones ante el propietario del inmueble ocupado, quien manifestó a fs. 27 y vto, que ratifica la propuesta original del canon locativo presentada oportunamente en fecha 04.10.21 (conf. fs.10).-.
Que a fs. 30, la Comisión de Locaciones dictaminó que ante la intransigente y terminante respuesta negativa del locador a la petición de reformulación del canon locativo pretendido y excediendo sus pretensiones, considera la necesidad de desistir de la idea de renovación del actual contrato de locación próximo a vencer, debiendo gestionar la búsqueda de otro inmueble que se adecue a las necesidades del Juzgado de Paz de Basavilbaso.-
Que, ante la proximidad del vencimiento del contrato vigente, se gestionó ante el propietario una prórroga del vínculo contractual por el término de cuatro (4) meses a los efectos de tramitar el procedimiento de Solicitud de Cotización pertinente sin resentir el normal funcionamiento del Juzgado.-
Que a fs. 31, se agrega la propuesta de prórroga efectuada por el propietario, consistiendo en cuatro (4) meses por un monto de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000) mensuales. (conf. fs. 31).-
Que a fs. 33 la Contaduría General manifestó que es presupuestariamente viable atender la erogación efectuada a fs. 31, por la suma de Pesos VEINTICINCO MIL ($25.000,00) mensuales por el término de (4) cuatro meses; ascendiendo el mismo a la suma total de Pesos CIEN MIL ($100.000,00).- Asimismo indicó que correspondería autorizar a la Oficina de Compras y Asesoramiento a la contratación de un nuevo inmueble, en forma urgente, por el procedimiento de Solicitud de Cotización; que de optarse por la renovación o continuidad del alquiler, la contratación deberá encuadrarse en el Art. 118 Quater del Reglamento de Contratación aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto Nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios.
Que por lo antes expuesto;
SE RESUELVE:
1º) Continuar con la locación del inmueble de calle Ramirez y Barón Hirsch de la localidad de Basavilbaso, para el funcionamiento del Juzgado de Paz, por el término de cuatro (4) meses, a partir del 1 de Enero de 2022.-.-
2º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a invertir hasta la suma total de PESOS CIEN MIL ($100.000,00), con un canon locativo mensual de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00).-
3º) Autorizar al señor Juez de Paz de Basavilbaso, Dr. Abraham Ismael Tolcachier, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre el contrato de locación con la Asociación Israelita Basavilbaso, recordándole al Magistrado que debe recabar de los propietarios al momento de la suscripción del contrato el cincuenta por ciento (50%) en concepto de sellado fiscal a reponer por la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00), más el importe por cada copia.-
4º) Hacer saber al señor Juez de Paz de Basavilbaso, que al momento de la suscripción del contrato pertinente deberá requerir la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos del mismo; Documento Nacional de Identidad; Condición fiscal ante la AFIP, la de ATER y la constancia de libre deuda; debiendo elevar en copia certificada, junto con el contrato debidamente sellado e imputado, y fotografías que den cuenta del estado del Edificio.-
5º) Imputar a la cuenta DA 953 – C1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del presupuesto 2022.-
6°) Remitir, vía correo electrónico, el modelo de Contrato de Locación aprobado por Acuerdo General N 11/18, del 24-04-18.-
7º) Autorizar a la Oficina de Compras y Asesoramiento a realizar los trámites necesarios, para que mediante el “Procedimiento de Solicitud de Cotización” -art. 118 bis del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P. y modificatorios, efectúe la contratación de un espacio físico para el funcionamiento del Juzgado de Paz de la localidad de Basavilbaso, que reúna las características señaladas a fs. 4 por la Dirección de Arquitectura Judicial.-
8º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial y oportunamente pasar a la Oficina de Compras a sus efectos.- FDO. DR. BERNARDO IGNACIO R. SALDUNA – Presidente de Feria – Dr Marcelo Javier BARIDÓN – VOCAL DE FERIA – Dr Andrés Manuel MARFIL – VOCAL DE FERIA . ANTE MI Dra. PATRICIA ALASINO – SECRETARIA DE FERIA -.

Dra. PATRICIA ALASINO
SECRETARIA DE FERIA
Sup. Trib. Just. E.R.

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