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RESOL.TRIB.SUP.n.º203 /22.-AAA “OFICINA DE VIOLENCIA DE GENERO S.T.J. – CONSULTA POR COMPETENCIA LEY 26485 – MODIFICADA POR LEY 27501 (ACOSO CALLEJERO)”.- n.º 44922-SSE 5351/2019.

RESOL.TRIB.SUP.n.º203 /22.-AAA

“OFICINA DE VIOLENCIA DE GENERO S.T.J. – CONSULTA POR COMPETENCIA LEY 26485 – MODIFICADA POR LEY 27501 (ACOSO CALLEJERO)”.- n.º 44922-SSE 5351/2019.

///RANA, 03 de octubre de 2022.-

VISTO Y CONSIDERANDO:
Que en Acuerdo General 03/22 del 15.02.22 Punto 6°) se aprobó la “Guia de buenas prácticas para causas de violencia contra la mujer en sus modalidades institucional, contra la libertad reproductiva, obstétrica, mediática y en espacio público” elevada por la señora Directora de la Oficina de Violencia de Género, Dra. Yanina Yzet.
Que en fecha 19.04.22 se sancionó la Ley Provincial n.° 10956- B.O. 19.04.22 “Nuevo Régimen de Prevención, Asistencia y Protección de la Violencia por razones de Género”, que dispuso pautas específicas de competencia para los distintos tipos de violencia.
Que la Directora de la Oficina de Violencia de Género, Dra. Yanina Yzet, por solicitud de la Sala Civil y Comercial STJER, acompañó un proyecto actualizado de la “GUIA DE BUENAS PRACTICAS PARA CAUSAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LA MUJER “Violencia contra la Mujer – Fuero Civil ( art. 6 ley 26485, arts. 35, 37-40 ley 10956)” MODALIDADES INSTITUCIONAL, CONTRA LA LIBERTAD REPRODUCTIVA, OBSTÉTRICA, MEDIÁTICA, EN EL ESPACIO PÚBLICO. (Acuerdo General 03/22 del 15/02/22)” conforme las disposiciones de la ley 10956.
Que por Acuerdo general 24/22 del 09.08.22 Punto 5°) se aprobó el Anexo para la “GUIA DE BUENAS PRACTICAS PARA CAUSAS DE VIOLENCIA DE GENERO CONTRA LA MUJER “Violencia contra la Mujer-Fuero Civil (Arts. 35,37-40 ley 10956) MODALIDADES INSTITUCIONAL, CONTRA LA LIBERTAD REPRODUCTIVA, OBSTETRICA, MEDIATICA, EN EL ESPACIO PUBLICO Y PUBLICA POLITICA (Acuerdo General 03/22 del 15.02.22)-cfr. fs 70.-
Que obra intervención de la Sala 1 en lo Civil y Comercial STJER, quien se expidió respecto de consulta elevada por la señora Secretaria de la Mesa de Información Permanente, Dra. Fernanda Baima en referencia a la nota que le remitiera el señor Juez Civil y Comercial n.° 7 de Paraná, Dr. Martín Luis Furman para que se le indique si corresponde eximir a ese organismo de la asignación de causas de violencia contra la mujer-Fuero Civil- con motivo de dos denuncias de ese tipo recibidas por el Juzgado (una de manera verbal en una audiencia y otra mediante presentaciones electrónicas en el marco de juicio en trámite) -cfr. fs. 112/117-.
Que, en tal sentido, la Sala Civil y Comercial STJER manifestó que “las nuevas denuncias que por cualquier otro medio sean recepcionadas por los juzgados civiles y comerciales deben ser computadas a los fines de la asignación de turno, por lo tanto, se deben agregar a la citada Guía de Buenas Prácticas para Causas de Violencia de Género Contra la Mujer -Fuero Civil (art. 6 ley 26485)” que en tal sentido sugiere incorporar a la GUIA DE BUENAS PRACTICAS PARA CAUSAS DE VIOLENCIA DE GENERO CONTRA LA MUJER (…) lo siguiente: “Corresponde eximir de la asignación del turno al juzgado que por cualquier otro medio recepciones una nueva denuncia por violencia de género contra la mujer bajo alguna de las modalidades correspondientes al fuero civil. A tal fin, el juzgado deberá informar inmediatamente a la MIP o al órgano que cumpla esa función del inicio del trámite de la causa, partes intervinientes, modalidad y tipo de violencia”.
Por ello, y de conformidad a las razones invocadas en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo n.º 204 de la Constitución de Entre Ríos y artículo n.º 37 de la Ley n.º 6.902;

SE RESUELVE:
1) MODIFICAR parcialmente el Art. 4 del Anexo para la “GUIA DE BUENAS PRACTICAS PARA CAUSAS DE VIOLENCIA DE GENERO CONTRA LA MUJER “Violencia contra la Mujer-Fuero Civil (Arts. 35,37-40 ley 10956) MODALIDADES INSTITUCIONAL, CONTRA LA LIBERTAD REPRODUCTIVA, OBSTETRICA, MEDIATICA, EN EL ESPACIO PUBLICO Y PUBLICA POLITICA” aprobado por Acuerdo general 24/22 del 09.08.22 Punto 5°), el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 4- Turnos: Disponer que la Mesa de Información Permanente (MIP) de cada jurisdicción asigne los turnos de intervención entre los juzgados civiles y comerciales (excluidos los juzgados especializados de ejecuciones y concursos y quiebras), a razón de una causa por organismo consecutivamente. Establecer que en aquellos lugares donde no haya MIP, se realice la asignación de igual modo (uno cada uno consecutivamente) entre los juzgados civiles y comerciales de la jurisdicción que corresponda, a razón de una causa por organismo. Corresponde eximir de la asignación de turno al Juzgado que por cualquier otro medio recepciones una nueva denuncia por violencia de género contra la mujer bajo alguna de las modalidades correspondientes al fuero civil. A tal fin, el Juzgado deberá informar inmediatamente a la MIP o al órgano que cumpla esa función, del inicio del trámite de la causa, partes intervinientes, modalidad y tipo de violencia”.
2) APROBAR como texto ordenado 2022, el anexo de la GUIA DE BUENAS PRACTICAS PARA CAUSAS DE VIOLENCIA DE GENERO CONTRA LA MUJER “Violencia contra la Mujer-Fuero Civil (Arts. 35,37-40 ley 10956) MODALIDADES INSTITUCIONAL, CONTRA LA LIBERTAD REPRODUCTIVA, OBSTETRICA, MEDIATICA, EN EL ESPACIO PUBLICO Y PUBLICA POLITICA el que contiene modificaciones introducidas por la presente Resolución.
3) REGISTRAR. NOTIFICAR a los Organismos Judiciales de toda la Provincia.- FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA – CLAUDIA M. MIZAWAK – MARTIN F. CARBONELL-GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO- ANTE MI: ELENA SALOMON.-

ES COPIA

 

DRA. ELENA SALOMON
SECRETARIA
Sup. Trib. Just. E.R.