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Resol. Trib. Sup. n.º 206/2022 AAA “NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. GESTIONES”.- S/ PROYECTO”. (Expte. n.º 36759-SSE 303/2018).-

Resol. Trib. Sup. n.º 206/2022 AAA
“NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. GESTIONES”.- S/ PROYECTO”. (Expte. n.º 36759-SSE 303/2018).-

//-RANA, 28 de octubre de 2022.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo General n.º 33/22 del 04.10.2022, Punto 6º), se tuvo presente el informe elaborado por la Comisión de Sistema de Notificación Electrónica y Expediente Digital respecto del estado de situación actual del expediente digital en la provincia y las propuestas de avance sugeridas. En tal sentido, entre otras medidas, ordenó establecer la obligatoriedad de la suscripción de los actos con firma digital para toda la magistratura y el funcionariado del Poder Judicial de Entre Ríos, a partir del 1 de noviembre de 2022.-
Que el señor Director del Area de Informática e integrante de la Comisión de Seguimiento de SNE y Expediente Digital, presentó informe relacionado con la dificultad que generaría dicha medida, advirtiendo que para un gran número de organismos jurisdiccionales es casi nulo el uso de la firma digital en la actualidad. Asimismo, que en los Juzgados de Paz de Segunda y Tercera Categoría, el area técnica se encuentra implementado un plan de modernización de los equipos informáticos, tareas que se culminarán a fin del presente período.-
Que, en tal sentido, propone disponer la obligatoriedad de la firma digital obligatoria de la magistratura y funcionariado del Poder Judicial de Entre Ríos a partir del 31.12.2022 para las providencias simples y para el caso de la Justicia de Paz de Segunda y Tercera Categoría se disponga la obligatoria de la firma digital a partir del 31.12.2022 para todos los actos jurisdiccionales.-
Que las señoras y los señores Coordinadores de la Comisión del Sistema de Notificación Electrónica y Expediente Digital, fueros Penal, Civi y Comercial, Laboral y la/os integrantes, Dra. Cecilia Palavecino y Dr. Pablo Cattaneo, ratificaron la propuesta del Area de Informática del SJTER (conf. fs. 751/752).-
Que por ello, conforme las facultades y atribuciones dispuestas por el artículo 204 de la Constitución Provincial y la Ley n.º 6.902;

SE RESUELVE:
1º) Disponer la obligatoriedad de la suscripción de los actos jurisdiccionales con firma digital para toda la magistratura y el funcionariado del Poder Judicial de Entre Ríos, a partir del 1 de noviembre de 2022, con excepción de las providencias simples las cuales deberán suscribirse mediante dicha modalidad a partir del 31.12.2022.-
2º) Establecer la obligatoriedad de la suscripción de todos los actos jurisdiccionales con firma digital para la magistratura y el funcionariado de la la Justicia de Paz de Segunda y Tercera Categoría a partir del 31.12.2022.-
3°) Estése a las demás medidas dispuestas en Acuerdo General n.º 33/22 del 04.10.2022, Punto 6º).-
4º) Registrar, notificar, difundir a través de SIC.-FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA – CLAUDIA M. MIZAWAK – MARTIN F. CARBONELL-GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO- ANTE MI: ELENA SALOMON.-

ES COPIA

DRA. ELENA SALOMON
SECRETARIA
Sup. Trib. Just. E.R.