Mesa

Información
permanente

0800 4446372

Atención 24hs.

Guía

Judicial

Teléfonos

de consultas

Sentencias

y Expedientes

Juicio

por jurados

OGA

Fuero Penal

Res. Trib. Sup. n.° 140/2022-AAA.- “JDO DE FAM.Y MEN.DE VILLAGUAY S.SOLICITUD PAGO HON DRA. SILVINA MOLINA TUTORA AD LITEM -ABOGADA DEL NIÑO.- S. HONORARIOS REGULADOS (AUTOS “IGLESIAS RAMON ALBERTO C/ MOLINA SILVINA…).- S/ SOLICITA”.- n.º 47746-SSE 1073/22

Res. Trib. Sup. n.° 140/2022-AAA.-
“JDO DE FAM.Y MEN.DE VILLAGUAY S.SOLICITUD PAGO HON DRA. SILVINA MOLINA TUTORA AD LITEM -ABOGADA DEL NIÑO.- S. HONORARIOS REGULADOS (AUTOS “IGLESIAS RAMON ALBERTO C/ MOLINA SILVINA…).- S/ SOLICITA”.- n.º 47746-SSE 1073/22

PARANÁ, 1° de agosto de 2022.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones tienen inicio en virtud de lo resuelto mediante sentencia de fecha 16/03/2022, dictada por la señora Jueza a cargo del Juzgado de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de la ciudad de Villaguay, Dra. Fátima Anahí Polizzi, en la cual se regularon honorarios a favor de la Dra. Silvina Mabel Molina por su actuación como Abogada de Niño, en el marco de los autos caratulados: “IGLESIAS RAMÓN ALBERTO C/MOLINA SILVINA MABEL S/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA”-Expte. n.°5124.-
Que conforme lo dispone el Punto 3) de la mencionada sentencia, las costas del proceso se impusieron por su orden y respecto a los honorarios de la Abogada del Niño, en un 70% a cargo de los progenitores y en un 30% a cargo del Estado.
Que los honorarios regulados a la Dra. Silvina Molina, ascienden a la suma total PESOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($65.250,00), quedando a cargo del Estado Provincial, la suma de PESOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 19.575,00).
Que se trata de una resolución firme y consentida, notificada a las partes, a la mencionada profesional y a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos-conf. fs. 18-.
Que la Contaduría General del Poder Judicial -a fs. 20- informó que la solicitud de pago de honorarios regulados a la Dra. Molina, por su intervención como Abogada del Niño, en la causa referida, se ajusta a lo dispuesto en el Capítulo V de la Retribución, Art. 20 del Reglamento de la Ley Procesal de Familia n.° 10.668, aprobado por Acuerdo General del S.T.J., Nº 27/19, del 10-09-19, y que es presupuestariamente es viable efectivizar el mismo.
Que por ello;
SE RESUELVE:
1º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a remesar al habilitado del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de la localidad de Villaguay, cuando las disponibilidades de caja lo permitan, la suma total de PESOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 19.575,00), para el pago de los honorarios regulados a favor de la Dra. Silvina Mabel Molina como Abogada del Niño en el marco de los autos caratulados: “IGLESIAS RAMÓN ALBERTO C/MOLINA SILVINA MABEL S/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA”-Expte. n.°5124, en trámite ante el organismo mencionado.-
2º) Disponer que por Tesorería General del Poder Judicial y de corresponder, se efectúen las retenciones impositivas pertinentes.
3º) Imputar la erogación con cargo al crédito de la cuenta DA 953 – C1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 17 – SP 00 – PY 000 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 4 – PA 9 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del Presupuesto 2022.
4º) Registrar y pasar las actuaciones a la Tesorería, a sus efectos. FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA – CLAUDIA M. MIZAWAK – MARTIN F. CARBONELL-GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO- ANTE MI: ELENA SALOMON.-

ES COPIA

 

DRA. ELENA SALOMON
SECRETARIA
Sup. Trib. Just. E.R.