Mesa

Información
permanente

0800 4446372

Atención 24hs.

Guía

Judicial

Teléfonos

de consultas

Sentencias

y Expedientes

Juicio

por jurados

OGA

Fuero Penal

POLICÍA DE ENTRE RIOS -DIRECCIÓN DE OPERACIONES Y SEGURIDAD -DTOR. ESCALANTE SOLICITA DEJAR SIN EFECTO COBERTURA DEL SERVICIO ORDINARIO EN SECCIÓN DEPOSITO DE EFECTOS SECUESTRADOS DEL S.T.J.

Resol.Trib.Sup Nº 58 /21.-
“POLICÍA DE ENTRE RIOS -DIRECCIÓN DE OPERACIONES Y SEGURIDAD -DTOR. ESCALANTE SOLICITA DEJAR SIN EFECTO COBERTURA DEL SERVICIO ORDINARIO EN SECCIÓN DEPOSITO DE EFECTOS SECUESTRADOS DEL S.T.J. “.-

//-RANA, 10 de mayo de 2021.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
La presentación de fs. 22 de estas actuaciones, mediante la cual el Jefe de División de Seguridad Urbana y Bancaria de la Policía de Entre Ríos, Hernán Walter Góngora, solicita la desafectación del Funcionario Policial dependiente de dicha División, que cubre la consigna de seguridad en el Sector de Depósitos del Subsuelo de Tribunales, en relación a lo dispuesto en el marco de los autos “VITALE ANTONIO MARIA DANIEL S/PECULADO EN CONCURSO IDEAL INFRACCIÓN AL ART. 255 DEL C.P., INFRACCIÓN AL ART. 189 BIS INC.4º DEL CÓDIGO PENAL”.-
Que a fs. 1, obra presentación de igual tenor, a la que oportunamente no se hizo lugar, por no encontrarse firme la sentencia dictada en la causa que originara dicha medida (confr. informe OGA fs. 20).-
Que a fs. 24, interviene la señora Directora de la Oficina de Gestión de Audiencia, Dra. Nancy Guadalupe Bizai, informando que la Sentencia de Condena dictada en la referida causa, en fecha 06-04-2018 por el Tribunal integrado por los Dres. María Carolina Castagno, José María Chemez y Cristina Van Dembroucke, se encuentra firme, con cómputo de pena aprobado.-
A fs. 25, el Lic. Héctor Peralta a cargo de la Sección Efectos Secuestrados del S.T.J. informa que la custodia a que refieren las presentes fue dispuesta oportunamente por el señor Juez de Garantías, Dr. José Eduardo Rhul, en el Legajo de Fiscalía Nº 28.560, “INFRACCIÓN AL ARTÍCULO 189 BIS DEL CP S/ACTUACIONES DE OFICIO”, y agrega que los efectos, armas de fuego y municiones que habían sido secuestradas por fiscalía, encontrados en el ex laboratorio balístico dependiente de la Oficina Pericial, finalizado el juicio fueron entregados a esa Sección, a disposición de las Magistraturas intervinientes, y ubicados en el depósito Nº 6 (sector subsuelo) el que cuenta con diversas medidas de seguridad: dos cámaras de video, puerta con apertura mediante acceso biométrico, sumado el personal policial que se encuentra de custodia en el edificio de Tribunales -dependiente de la División Alcaidía- las veinticuatro horas y otras medidas de seguridad dispuesta por el Excmo. S.T.J.E.R., como ser detector de metales, diversas cámaras de seguridad ubicadas en puntos estratégicos, por lo que salvo mejor criterio, considera que no es necesaria la permanencia del efectivo policial en el sector subsuelo del Edificio de Tribunales.-
Que a fs. 27, el Procurador General de la Pcia. de Entre Ríos, Dr. Jorge A. L. García, manifestó que atento a los medios de seguridad tecnológicos que se han implementado no resulta necesaria la permanencia del efectivo policial en el sector de Efectos Secuestrados del subsuelo del Edificio de Tribunales.
Por ello, y en razón de lo manifestado en los considerandos precedentes;
SE RESUELVE:
Disponer la desafectación del Funcionario Policial dependiente de la División de Seguridad Urbana y Bancaria que cubre la consigna de seguridad en el Sector de Depósitos del subsuelo de Tribunales.-
Registrar. Notificar y oportunamente archivar.- FDO: DRES. MARTIN F. CARBONELL – MIGUEL ANGEL GIORGIO – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – JUAN R. SMALDONE. ANTE MI: ESTEBAN SIMON

ES COPIA