Resol. Trib. Sup. Nº 114/2021.-
“JUZGADO DE PAZ S REUBICACIÓN POR CREACIÓN JDO.DE FAMILIA Y MENORES – LEY 10336 – FEDERAL- ACDO.GRAL.6 17, PTO. 2º) S ALQUILER DE INMUEBLE . VTO. 10-07-2021.- S/ ALQUILER DE INMUEBLE” Nº46050-SSE3409/20.-
///RANA, 23 de agosto de 2021
VISTO:
El estado de las presentes actuaciones iniciadas en virtud del vencimiento del contrato de locación del inmueble de calle Hipolito Irigoyen Nº 1282 de la ciudad de Federal, en el cual funciona el Juzgado de Paz de esa ciudad;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4 el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio del S.T.J. brinda informe aconsejando, desde le punto de vista técnico, continuar con la locación atento a que el inmueble se encuentra en perfectas condiciones, no habiendo surgido inconvenientes luego de ciertas reparaciones realizadas por la propietaria, y destacando, en relación a la funcionalidad del mismo, que resulta suficiente y adecuada, posee una buena ventilación de ambientes con ventanas al frente, a un patio interior y a otro posterior, situación valorada expresamente en la actualidad en el marco de las necesidades derivadas de la emergencia sanitaria.
Que a fs. 5/12 la Oficina de Compras realiza un amplio informe en relación a las gestiones realizadas tendientes a la renovación del actual contrato, habiendo la actual propietaria adjuntado la propuesta de renovación (confr. fs.11), por el plazo de tres (3) años, con un importe inicial de $ 24.000,00 para el primer año, $ 34.500,00 para el 2º año y $ 48.000 para el tercer año, significando dicha propuesta un incremento inicial del 50%.
Informa además la Oficina de Compras sobre la dificultad que implica el traslado a otro inmueble, como así también la generación de gastos de magnitud correspondientes a reformas y/o adecuación edilicia, eléctrica, equipamiento de refrigeración, cableados de red y teléfonos, etc..
La Contaduría del Poder Judicial se expidió a fs.14 respecto al encuadre legal para el caso de interesarse la locación de un nuevo inmueble (art. 118 bis del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P. y modificatorios), como así también para el caso de optarse por la renovación del actual contrato (el art. 118 Quater del mismo reglamento), sugiriendo solicitar una mejora de la oferta acompañada que no supere el 35% inicial.
A fs. 17 y 20 se da intervención a la Comisión de Locaciones del S.T.J., que dictamina en consonancia con las consideraciones efectuadas por la Contaduría precedentemente.
A fs. 26 se recibe nueva propuesta de la propietaria María Lucrecia Jacob por la suma de $ 22.400,00 mensuales para el 1º año, $ 32.240,00 para el 2º y $ 40.800,00 para el 3º, la que nuevamente es considerada elevada por la Contaduría General, sugiriendo una contrapropuesta de $ 21.600,00, $ 29.160,00 y $ 39.366,00 para el 1º, 2º y 3º año, respecto de la cual toma intervención la Comisión de Locaciones a fs. 31/34 dictaminando que en caso de no aceptación por parte de la propietaria se inicie de inmediato la gestión para conseguir nuevo inmueble a través del mecanismo de solicitud de cotización.
A fs. 40 obra agregada la conformidad de la propietaria, aceptando la contrapropuesta del Poder Judicial, respecto a lo cual a fs. 43 la Contaduría General se expide manifestando que presupuestariamente es viable atender el gasto.
Por ello, de conformidad a los considerandos precedentes;
SE RESUELVE:
1º) Continuar con la locación del inmueble de calle Hipolito Irigoyen Nº 1.282 de la ciudad de Federal, de propiedad de la Sra. María Lucrecia Jacob, para el funcionamiento del Juzgado de Paz de esa ciudad, por el plazo de TRES (3) años, a partir del 11 de Julio de 2.021.-
2º) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a invertir hasta la suma total de PESOS UN MILLÓN OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS DOCE ($1.081.512,00), con un canon locativo mensual de PESOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS ($ 21.600,00) para el primer año; PESOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SESENTA ($ 29.160,00) para el segundo año y PESOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 39.366,00) para el tercer año, pagaderos por mes vencido.-
3º) Autorizar a la señora Jueza a cargo de la Superintendencia de Federal, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre el contrato de locación con la propietaria, señora María Lucrecia Jacob, recordándole al Magistrado que debe recabar de la propietaria al momento de la suscripción del contrato el sellado fiscal a reponer por la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS SIETE CON CINCUENTA Y SEIS ($ 5.407,56); más el importe por cada copia, correspondiente al 50% del total que asciende a la suma de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON DOCE CENTAVOS ($10.815,12), resultando el Poder Judicial exento por el cincuenta por ciento (50%) restante.-
4º) Hacer saber a la señora Jueza a cargo de la Superintendencia de Federal que al momento de la suscripción del contrato pertinente deberá requerir la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos de la propiedad; Documento Nacional de Identidad; Condición fiscal ante la AFIP, la de ATER, la constancia de libre deuda y fotos que ilustren el estado del inmueble; debiendo elevarla en copia certificada, junto con el contrato debidamente sellado e imputado.-
5º) Remitir, vía correo electrónico, el modelo de Contrato de Locación aprobado por Acuerdo General N 11/18, del 24-04-18.-
6º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial y oportunamente pasar a la Oficina de Compras a sus efectos.- FDO: DRES. MARTIN F. CARBONELL – MIGUEL ANGEL GIORGIO – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – JUAN R. SMALDONE. ANTE MI: ESTEBAN SIMON
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