Mesa

Información
permanente

0800 4446372

Atención 24hs.

Guía

Judicial

Teléfonos

de consultas

Sentencias

y Expedientes

Juicio

por jurados

OGA

Fuero Penal

JUZGADO DE PAZ, DEFENSORÍA Y MEDIACIÓN PENAL – SAN JOSÉ DE FELICIANO- S ALQUILER INMUEBLE -VENCIMIENTO: 31.08.22.- S/ ALQUILER DE INMUEBLE” Expte. n.º 47316-SSE 3681/21

JUZGADO DE PAZ, DEFENSORÍA Y MEDIACIÓN PENAL – SAN JOSÉ DE FELICIANO- S ALQUILER INMUEBLE -VENCIMIENTO: 31.08.22.- S/ ALQUILER DE INMUEBLE” Expte. n.º 47316-SSE 3681/21

Puesto a despacho de Secretaría, hoy 29 de julio de 2022.-

 

DRA. ANDREA C. NASSIVERA
Jefa a/c
Área Asuntos Administrativos STJER

 

Puesto seguidamente a despacho de Presidencia, hoy 29 de julio de 2022.-

ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.

 

PARANA, 02 de agosto de 2022.-
Res.Trib.Sup. N° 159/2022 -AAA-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician en virtud del vencimiento (31.08.2022) del contrato de locación del inmueble ubicado en calle Adelito Fernandez N.° 129 de la ciudad de San José de Feliciano de Entre Ríos, propiedad del señor Federico Enrique Noya, DNI N.° 7.665.929, aprobado por Resolución N° 177/19 del Tribunal de Superintendencia de fecha 27.08.2019.-
Que la Dirección de Arquitectura Judicial del STJER, informó que el inmueble cuenta con una superficie total aproximada de 206 m2, distribuida en tres unidades funcionales que son ocupadas según el siguiente detalle: una unidad de dos dormitorios ubicada en planta baja, por el Juzgado de Paz (superficie cubierta aproximada 61m2), una unidad de dos dormitorios ubicada en planta baja por la Defensoría y el Médico Forense (superficie cubierta aproximada 61m2) y una unidad de un dormitorio ubicada en planta alta, por la Oficina de Mediación Penal (superficie cubierta aproximada 41m2).-
Que, asimismo, hace saber que el Poder Judicial ha invertido para la adecuación del inmueble, realizando las instalaciones necesarias para el tendido eléctrico e informático para los puestos de trabajo, conexión al data center local, provisión y colocación de artefactos de iluminación aptos para oficinas y de equipos de aire acondicionado (cfr. fs. 5/vta.).-
Que, por último, la Dirección de Arquitectura Judicial del STJER informó que la propiedad se encuentra en buenas condiciones generales de mantenimiento y que el propietario responde adecuadamente en tiempo y forma ante cualquier requerimiento de atención que se le efectúa.
Que en las actuaciones caratuladas: “JUZGADO DE PAZ, DEFENSORÍA Y MEDIACIÓN PENAL -SAN JOSÉ DE FELICIANO- S. ALQUILER INMUEBLE -VENCIMIENTO: 31.08.19.- n.° 43282 – SSE 934/2018, que obran por cuerda agregadas a las presentes actuaciones, la Dirección de Arquitectura Judicial brindó detalle en relación a los espacios ocupados por los organismos, indicando que el referido inmueble es ocupado en un 81% por este Poder Judicial y en un 19% por el Ministerio Público de la Defensa (fs. 8).
Que obra intervención de la Oficina de Compras y Asesoramiento del Poder Judicial, quien realizó un amplio informe en relación a las gestiones realizadas tendientes a la renovación del actual contrato vigente.
Que, en tal sentido, hacen saber que se recibió la propuesta de renovación del propietario del inmueble, Sr. Federico Enrique Noya, por el plazo de tres (3) años, con un importe inicial de $63.670,00 mensuales para el primer año (con un incremento del 40%), de $82.770,00 mensuales para el segundo año (con un incremento del 30%) y de $107.600,00 mensuales para el tercer año (con un incremento del 30%), indicando que dichos valores se encuentran por debajo de los índices de actualización de referencia en el mercado (I.P.C., RIPTE, Indice de la Construcción, etc.), como así también del promedio de porcentajes de aumentos solicitados para las recientes renovaciones de contratos (cfr. fs. 13/13 vta.).
Que, asimismo, se informa que actualmente se abona la suma de $45.480,00 por mes, valor que implica un importe de $220,77/m2 y con el nuevo valor $63.670,00 el importe por metro cuadrado sería de $309,07/m2, atendiendo que la superficie cubierta del inmueble es de 206 m2 aproximadamente.
Que la Contaduría General del Poder Judicial emite informe de su competencia, comunicando que la propuesta de renovación del contrato de alquiler agregada a fs. 11 resulta presupuestariamente viable respecto a los valores que este Poder Judicial puede afrontar para el presente ejercicio y siguientes (cfr. fs. 16).-
Que el Area Contable del Ministerio Público, emitió informe de su competencia manifestandose a favor de aceptar la propuesta recibida. De igual manera, informa que en cuanto a la incidencia presupuestaria y considerando la proporcionalidad resultante del informe elaborado por la Dirección de Arquitectura, representaría para el Ministerio Público de la Defensa el 18,71% del total, por lo que la proporción imputable a ese Ministerio (19%) ascendería a PESOS QUINIENTOS SETENTA y NUEVE MIL DOSCIENTOS ONCE CON VEINTE CENTAVOS ($579.211,20), realizando la correspondiente imputación presupuestaria (cfr. fs. 21/ 21 vta.).-
Que, asimismo, obra intervención de la Dra. Lorena Cecilia Cali, Secretaria del MInisterio Publico de la Defensa.-
Que mediante nueva intervención la Contaduría General del Poder Judicial, dictaminó respecto del sellado fiscal y realizó la imputación del crédito correspondiente (cfr. fs. 24).
Que, la presente contratación se encuadra en el Art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto N° 4290/13 M.E.H.F. y complementarios y Art. 17 inc. b) de la Ley Nº5.140 (TO. Decreto 404/95 M.E.O.S.P.).
Por ello, y en virtud de los considerandos precedentes;
SE RESUELVE:
1º) Autorizar la renovación del alquiler del inmueble ubicado en calle Adelito Fernandez N.° 129 de la ciudad de San José de Feliciano de Entre Ríos, propiedad del señor Federico Enrique Noya, DNI N.° 7.665.929, conforme lo dispuesto en el Art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 MEOSP, modificado por el Decreto Nº4290/13 MEHF y complementarios y Art. 17 inc. b) de la Ley Nº5.140 (TO. Decreto 404/95 M.E.O.S.P.), por el plazo de tres (3) años, a partir del 1° de septiembre de 2022 hasta el día 31 de agosto de 2025.-
2º) Autorizar a la Tesorería General del Poder Judicial a invertir hasta la suma total de PESOS TRES MILLONES CUARENTA y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($3.048.480,00), con un canon locativo mensual de PESOS SESENTA y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA ($63.670,00) para el primer año; de PESOS OCHENTA y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA ($82.770,00) para el segundo año y de PESOS CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS ($107.600,00) para el tercer año, haciéndole saber que dichas sumas se pagarán a mes vencido.-
3º) Autorizar al Sr. Juez de Garantías y Transición de San José de Feliciano, a cargo de la Superintendencia, Dr. Emir Gabriel Artero, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre con el Sr. Federico Enrique Noya, el correspondiente contrato de locación del inmueble sito en calle Adelito Fernández Nº 129 de San José de Feliciano, el cual consta de dos departamentos ubicados en la planta baja y uno en planta alta del mismo, respectivamente.
4°) Hacer saber al Sr. Juez de Garantías y Transición de San José de Feliciano, a cargo de la Superintendencia, Dr. Emir Gabriel Artero, que al momento de la suscripción del contrato pertinente, el señor Federico Enrique Noya, propietario del inmueble, deberá presentar la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos de la propiedad; Documento Nacional de Identidad; Condición fiscal ante la AFIP, constancia de libre deuda de ATER, debiendo elevarla en copia certificada, junto con el contrato debidamente sellado e imputado, y fotografías que den cuenta del estado del Edificio. Asimismo, comunicar al propietario del inmueble que una vez suscripto el instrumento pertinente, deberá realizar ante ATER el trámite que corresponda a fin de reponer en concepto de sellado fiscal correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del total, más el importe por cada copia del contrato; quedando el Poder Judicial exento por el 50% restante (art. 245 inc. “a” del Código Fiscal to. 2018 – Decreto N° 3564/18 M.E.O.S.P.).-
5°) Imputar la erogación con cargo al crédito de las siguientes partidas:
-2.469.268,80.- (81%) DA 953 – C 1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 01 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del presupuesto 2022 y siguientes, conforme excepción prevista en el art. N° 17 inc. b) de la Ley N° 5.140 (TO Dto. N° 404/95 MEOPS).-
-579.211,20.-(19%) DA 953 – C 1 – J 02 – SJ 00 – ENT 000 – PG 23 – SP 00 – PY 00 – AC 01 – OB 00 – F 1 – FU 20 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR 2 – PA 1 – SPA 0000 – DTO 99 – UG 99 del presupuesto 2022 y siguientes, conforme excepción prevista en el art. N° 17 inc. b) de la Ley N° 5.140 (TO Dto. N° 404/95 MEOPS).-
6º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería General del Poder Judicial, al Ministerio de la Defensa y a la Superintendencia de Feliciano, y oportunamente pasar a la Oficina de Compras a sus efectos.-FDO: DRES. SUSANA E. MEDINA – CLAUDIA M. MIZAWAK – MARTIN F. CARBONELL-GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO-.- ANTE MI: ESTEBAN SIMON

ES COPIA

DR. ESTEBAN SIMON
SECRETARIO
Sup. Trib. Just. E.R.