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JUZGADO DE PAZ – COLÓN – S/ ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 28.02.2021)

Resol.Sup. Nº 18 /21.-
JUZGADO DE PAZ – COLÓN S ALQUILER DE INMUEBLE (VENCIMIENTO 28.02.2021).- S/ ALQUILER DE INMUEBLE”.- Nº 45478-SSE 461/20

///RANA, 18 de marzo de 2021.-

VISTOS:
El estado de las presentes actuaciones, iniciadas en virtud del vencimiento del contrato de locación del inmueble de calle Bolivar 505 de la ciudad de Colón, de propiedad de los señores Sergio Leonardo Girard y Gladys Susana Noguera, donde actualmente funciona el Juzgado de Paz de esa ciudad, cuyo vencimiento operó el pasado 28/02/2021;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4, el Área de Planeamiento e Infraestructura Edilicio realizó un informe, analizando las condiciones generales de mantenimiento del inmueble, donde manifiesta que está en buen estado, que no requiere reparaciones, y que cumple con las condiciones necesarias para alojar al Juzgado de Paz .-
Que a fs. 6/11 obran agregadas las constancias de las gestiones realizadas por la Oficina de Compras y Asesoramiento del STJ con el Magistrado a cargo de la Superintendencia de esa jurisdicción- en función a lo expresado por el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio del S.T.J.- quien le requirió al propietario del inmueble que efectúe una propuesta de renovación por tres (3) años, con las actualizaciones previstas para cada ejercicio, debiendo remitir dicha propuesta a la Oficina de Compras y Asesoramiento. A fs. 12 se agregó la misma por el plazo solicitado con un importe mensual fijo de $32.000,00 para el primer año, $42.000,00 para el segundo período y para el tercero la suma de $52.000,00.
Destaca la Oficina de Compras -a fs. 14 y vta- que el traslado a otro inmueble generaría gastos correspondientes a reformas y/o adecuaciones edilicias, eléctricas, equipamiento de refrigeración, cableado de red y telefónicos como así también de mudanzas, etc.., teniendo en cuenta las restricciones presupuestarias y financieras actuales que fueron oportunamente informadas por las Áreas Contables del STJ en Acuerdo Especial del 30/03/2020- Punto 5°). Asimismo subraya que en el interior de la provincia se torna dificultoso conseguir inmuebles que concentren todos los requisitos exigidos para el Poder Judicial.-
Que la Contaduría del Poder Judicial, efectúa a fs. 16 el análisis de la propuesta de renovación y se expide además en relación al encuadre legal de las opciones de “renovar el actual contrato”, o en su caso de llevar a cabo una nueva contratación mediante el procedimiento de “Solicitud de Cotización”. Entiende que los valores pretendidos en la propuesta de fs. 12- especialmente los del primer año de alquiler- son elevados para las pautas presupuestarias previstas y proyectadas, por lo que sugiere solicitar al propietario una mejora de la oferta acompañada.
A fs. 19/20 toma intervención la Comisión de Locaciones del STJ, que aconseja requerir una reducción del monto pretendido.-
A fs. 30 obra agregada la nueva oferta del propietario por el término de tres (3) años, con un importe pretendido de $ 27.845,00 para el primer año; $37.590,00 para el segundo año y $ 50.746,00 , para el tercer año.
A fs. 32 la Contaduría efectúa un análisis de la nueva propuesta de renovación, entendiendo que es viable atender a la erogación pretendida que significa un incremento para el 1er año del 37%; y un incremento para el segundo año y tercer año del 35% respectivamente.
A fs. 34 y 37 la Comisión de Locaciones del S.T.J., aconseja aceptar la nueva propuesta de los propietarios, y proceder a la renovación del contrato de locación para el Juzgado de Paz de la ciudad de Colón.-
Que por ello; de conformidad a los considerandos precedentes, habiéndose logrado una propuesta presupuestariamente viable y de conformidad a lo sugerido por la Comisión de Locaciones;

SE RESUELVE:
1º) Continuar con la locación del inmueble de calle Bolivar 505 de la ciudad de Colón, que actualmente ocupa el Juzgado de Paz de esa ciudad,-Art. 118 Quater del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por el Decreto Nº 4290/13 M.E.H.F. y complementarios- por el término de tres (3) años, pagaderos por mes vencido a partir del día 1° de marzo de 2021, con vencimiento el día 28 de febrero de 2024.-
2º) Autorizar al señor Juez de Paz, de la ciudad de Colón, Dr. Roberto Javier Simón, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre el contrato de locación con los propietarios, Sres. Sergio Leonardo Girard y Gladys Susana Noguera, recordándole al Magistrado que debe recabar del propietario al momento de la suscripción del contrato el cincuenta por ciento (50%) del total determinado en concepto de sellado fiscal a reponer que asciende a la suma PESOS TRES MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($3.485,43), más el importe por cada copia, de conformidad a las disposiciones legales vigentes (Ley 9.622 Título IV Capítulo I, Art. 12, inc.9, modificado por el Art. 15º de la Ley 10.270 y Art. 245 inc. a) del Código Fiscal t.o. 2014, Decreto Nº 2554/14, M.E.O.S.P.).-
3°) Autorizar a la Tesorería del Poder Judicial a invertir hasta la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y DOS ($ 1.394.172,00), con un canon locativo mensual de PESOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 27.845,00) para el primer año; DE PESOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 37.590,00) para el segundo año y de PESOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 50.746,00) para el tercer año año, sumas pagaderas por mes vencido.-
4º) Hacer saber al señor Juez de Paz, Dr. Roberto Daniel Simón, que en el momento de la suscripción del contrato pertinente deberá requerir la siguiente documentación: Escritura del Inmueble; Planos del mismo; Documento Nacional de Identidad; Condición fiscal ante la AFIP y la ATER; debiendo elevarla en copia certificada, junto con el contrato debidamente sellado e imputado y fotografías que den cuenta del estado del edificio.-
5º) Imputar la erogación con cargo a la cuenta detallada por la Contaduría del Poder Judicial a saber: DA 953- C 1- J 02- SJ 00- ENT 000- PG 01- SP 00- PY 00- AC 01- OB 00- F 1- FU 20- FF 11- SF 0001- I 3- PR 2- PA 1- SPA 0000- DPTO 99- UG 99 del Presupuesto 2021 y de los presupuestos siguientes en el marco de lo previsto en el Art.17º, inciso b), Ley Nro. 5140 (t.o. Decreto 404/95 M.E.O.S.P.).-
6º) Remitir el modelo de Contrato de Locación vía correo electrónico.-
7º) Registrar y notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial y a la Oficina de Compras.-FDO: DRES. MARTIN F. CARBONELL – MIGUEL ANGEL GIORGIO – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – JUAN R. SMALDONE. ANTE MI:ESTEBAN SIMÓN

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